Nuevas tecnologías

Las claves de la ley de protección de los menores: eleva de 14 a 16 años la edad para tener cuenta en una red social y crea órdenes de alejamiento digital

El gobierno español plantea que los dispositivos lleven de fábrica el control parental e introducir cambios en los protocolos pediátricos para detectar adicciones

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Uno de cada cuatro niños de 10 años tiene un teléfono móvil para uso particular

MadridEl consejo de ministros de este martes ha aprobado el anteproyecto de ley que hace casi seis meses anunció Pedro Sánchez para proteger a los menores de la pornografía en internet, las adicciones a las redes sociales y el acoso a través de estas plataformas . La norma quiere ser "360 grados" e introduce desde cambios en el Código Penal para tipificar nuevos delitos a medidas en el ámbito sanitario o educativo, así como limitaciones a fabricantes y influencers frente a un fenómeno imparable como son las nuevas tecnologías en los niños y adolescentes. Según destaca el gobierno español, en el Estado la media de edad en la que se tiene el primer móvil son los 11 años, y un 94,8% de los adolescentes lo tienen.

Ahora bien, ¿cómo pretende el ejecutivo español controlar su uso nocivo? Para frenarlo a edades tempranas, el anteproyecto de ley eleva de 14 a 16 años la edad mínima a la que se puede dar consentimiento al tratamiento de datos personales, es decir, en que el menor puede abrirse una cuenta en una red social sin el consentimiento de los padres. También prohíbe el acceso de los menores de edad a mecanismos aleatorios de recompensa en videojuegos y plataformas (las loot boxes). Por otra parte, en el ámbito sanitario se incorporarán a los protocolos de evaluación pediátrica preguntas para detectar si están haciendo un uso problemático del entorno digital y tienen riesgo de adicción. Y en el educativo, la ley establece que deben desarrollarse estrategias de alfabetización digital en las escuelas para que los niños y jóvenes tengan herramientas para hacer un uso equilibrado y seguro de las nuevas tecnologías.

En cuanto a los cambios en el Código Penal, por un lado, la norma regula por primera vez la pena "de alejamiento de los entornos virtuales", que implica la prohibición de que el agresor condenado vuelva a acceder a las redes sociales de la víctima o contacte con ella a través de estos medios. Prevé además la inhabilitación especial para desarrollar actividades en espacios virtuales. El texto también tipifica como delito la difusión de imágenes o voces manipuladas tecnológica y extremadamente realistas cuando, sin la autorización de la persona afectada, se utilice para simular situaciones de contenido sexual o gravemente vejatorias. Es lo que se conoce como deepfake pornográfico. La difusión de material pornográfico de todo tipo a menores también estará tipificada.

El anteproyecto también introduce otro elemento, el llamado grooming, que es el uso de una identidad falsa por parte de un adulto para engañar a un menor. Haber creado una identidad ficticia o haber mentido sobre el sexo o la edad será considerado una circunstancia agravante en distintos delitos contra la libertad sexual de los menores.

Imposiciones a fabricantes e influencers

La nueva ley de protección de los menores en el entorno digital obligará a los fabricantes de dispositivos digitales a incorporar de serie una herramienta de control parental. Deberán tenerlo por defecto tanto los móviles inteligentes como las tabletas, los ordenadores y los televisores con conexión a internet. El sistema deberá estar disponible por defecto en cuanto se encienda el dispositivo, deberá ser gratuito y los padres podrán elegir si quieren activarlo. El texto obliga a etiquetar estos productos con mensajes que adviertan de los riesgos que tiene su uso en un lenguaje accesible a los menores. También fija obligaciones a los influencers, que serán considerados prestadores del servicio de comunicación audiovisual y tendrán que avisar de forma inequívoca de los contenidos que sean potencialmente perjudiciales. Tampoco podrán difundir contenido no recomendado a menores de 18 años entre las 6 hy las 22 h.

Desde el gobierno español remarcan que este anteproyecto es sólo un "punto de partida" y forma parte de una estrategia más amplia con medidas a medio y largo plazo. La aplicación de estas medidas no será inmediata porque la norma apenas comienza ahora su recorrido. Aún tendrá que pasar en una segunda vuelta por el consejo de ministros y después tramitarse en el Congreso. Ahora, un grupo de expertos del ministerio de Juventud e Infancia está desarrollando una serie de recomendaciones para abordar más aspectos, como el tiempo de uso de los dispositivos, y en un plazo de quince días presentará las propuestas para su incorporación a esta estrategia estatal que se prevé que quede aprobada después del verano. El resultado se revisará cada tres años.

El ministro de Presidencia y Justicia, Félix Bolaños, ha sido el encargado de presentar la estrategia este martes en rueda de prensa desde el Palacio de la Moncloa y ha recordado también el horizonte de la Unión Europea. En este sentido, ha dicho, el Ejecutivo español quiere impulsar una "regulación homogénea". En este anteproyecto han trabajado varios ministerios, y desde el de Juventud e Infancia, que encabeza Sira Rego (Sumar), también remarcan que la norma pretende establecer una "red" con "varios mecanismos que se superponen" porque el entorno digital tiene "un montón de puntos de escape".

El artículo 2 de la norma, subrayan, reconoce por primera vez el derecho de los niños y adolescentes a "ser protegidos eficazmente ante contenidos digitales que puedan perjudicar su desarrollo" ya "recibir información suficiente y necesaria" sobre el uso del entorno digital y los "derechos y riesgos asociados". Según datos de Unicef, nueve de cada diez jóvenes se conectan cada día o casi todos los días, y cerca de la mitad utilizan internet más de cinco horas al día los fines de semana.

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