Primera sentencia por la disputa de unos padres sobre la vacunación de los hijos contra el covid

Una juez de familia de Barcelona da la razón a la madre, partidaria de la inmunización de los dos adolescentes

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Una enfermera administrando una vacuna a una menor en una imagen de archivo.

BarcelonaNo es extraño que decisiones relacionadas con la crianza de los hijos lleguen a los juzgados: la escolarización del niño o el traslado de una parte de la familia a otra ciudad son motivo de discrepancia entre padres separados y también, incluso, entre casados. La vacunación contra el coronavirus de los niños de más de 12 años no es una excepción, y en Barcelona ya hay la primera resolución judicial. Un juzgado de familia se ha tenido que pronunciar por la discrepancia de unos padres a la hora de vacunar, e incluso de hacer pruebas PCR, a sus dos hijos de 15 y 16 años. La resolución del juzgado de primera instancia 51 de Barcelona –a la que ha tenido acceso el ARA– da la razón a la madre, partidaria de ambas cosas.

A la hora de resolver, los juzgados de familia siempre priorizan el interés de los menores. La decisión se toma después de haber escuchado los argumentos de los dos progenitores y de valorar la documentación que aportan y la jurisprudencia sobre la cuestión. En algunos casos, el juez también puede pedir la opinión a los menores. En este caso, la resolución judicial considera que lo más “beneficioso” para los intereses de los dos adolescentes es que la madre sea quien tome la decisión.

El padre discrepaba sobre la vacunación de los adolescentes por la “incertidumbre” sobre la eficacia de la vacuna y los efectos adversos que puede tener. Cuando la jueza habló con los dos menores, estos le dijeron que no querían vacunarse porque su padre hacía muchos meses que se documentaba sobre “los efectos negativos” de la vacuna, a pesar de que no supieron concretar cuáles eran. Según el auto del juez, el progenitor no argumenta la oposición a la vacuna “más allá de la información que parece haber recogido a través de internet y las redes sociales”.

En declaraciones al ARA, la jueza del caso, Eva Atarés, deja claro que los jueces no pueden "autorizar" o no la administración de una vacuna. "No es que decidamos vacuna o vacuna no, sino que decidimos cuál de los dos padres tiene la facultad de decidir, teniendo en cuenta el beneficio de los menores". De hecho, a la hora de tomar una decisión, los magistrados tienen que dejar de lado las creencias personales y lo que harían ellos como madres o padres.

La primera resolución dictada en Barcelona pone en la balanza los argumentos y la documentación aportados por el padre y la madre y las evidencias científicas que hay. “La administración de las vacunas no supone un ataque a la integridad física de los menores, y sus beneficios, no solo para la protección de los menores sino también para la sociedad al evitar futuros contagios, son muy superiores a los inconvenientes de su administración”, concluye. En su resolución, la magistrada también reprocha al padre que se oponga a hacer pruebas PCR a los niños, una cosa que considera “incomprensible”, teniendo en cuenta “el riesgo que supone la infección de covid-19”.

Según el dictamen, los dos menores podrán vacunarse contra el coronavirus y hacerse PCRs. En el caso del hijo mayor, sin embargo, será él mismo quien tendrá la última palabra, porque la ley faculta a los adolescentes de entre 16 y 18 años a decidir por si solos en estas cuestiones.

Peleas para elegir la marca

Desde el momento en el que el departamento de Salud autorizó la vacunación de los jóvenes de entre 12 y 18 años, a los despachos de abogados llegaron las primeras consultas de padres que no se ponían de acuerdo, algunas de las cuales han acabado en una demanda en los juzgados. Ha habido casos en los que la discrepancia no era solo sobre si vacunar a un hijo o no, sino por qué laboratorio decantarse si podían elegir. La abogada de familia Cristina Díaz-Malnero, presidenta de la sección de familia del Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB), explica que los letrados siempre intentan la “mediación” entre los progenitores. En el caso de los abogados de familia se aplica “la abogacía preventiva, siempre en beneficio del niño”, explica.

Por eso se deja la presentación de una demanda como última opción; no solo porque siempre es mejor la vía extrajudicial, sino porque un litigio puede tardar mucho en resolverse, seguro que más que una negociación. Eva Atarés explica que la conciliación se intenta hasta el último momento también en la vía judicial, y que se hace un último intento antes de entrar en la sala de vistas. Aún así, algunas veces las diferencias son insalvables. Tanto la jueza como la abogada explican que, si ya de por si la vacunación es motivo de discrepancia entre algunos progenitores, la incertidumbre sobre una vacuna de reciente creación las multiplica. “Nunca tendremos este debate en ninguna otra vacuna por el contexto de pandemia actual”, subraya Díaz-Malnero.

En Barcelona ya se ha dictado una segunda resolución, y a las mesas de los juzgados de familia siguen llegando procedimientos. La titular del juzgado de primera instancia número 51 de Barcelona considera que, si siguen llegando asuntos relacionados con la vacuna del coronavirus, "sería bueno" que la junta de jueces de familia "fijase un criterio" común en este tipo de casos. La presidenta de la sección de familia del ICAB también es partidaria de que se establezca doctrina, para agilizar la tramitación y para evitar diferencias de criterios entre juzgados. 

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