Inmigración

El Supremo advierte al gobierno español de sanciones si no se hace cargo de los menores no acompañados acogidos en Canarias

El tribunal reprocha al ejecutivo que no haya cumplido su orden dos meses después y urge a facilitar las peticiones de asilo

Un joven subsahariano consultando su móvil con unos compañeros, en el puerto del Gran Tarajal de Fuerteventura.
05/06/2025
3 min

BarcelonaYa hace más de dos meses que el Tribunal Supremo dio 10 días al gobierno español para que se hiciera cargo de un millar de menores inmigrantes no acompañados que son acogidos en las Islas Canarias. Ahora el Supremo ha constatado el "claro incumplimiento" de esta orden y ha dado un nuevo ultimátum al ejecutivo español para que tome medidas de forma urgente respecto a los niños acogidos y que quieren pedir asilo. Esta vez la orden va acompañada de un aviso: de no cumplirse, los dirigentes políticos se exponen a "medidas coercitivas" que pueden incluir sanciones e incluso responsabilidades penales.

"Hasta ahora, más de dos meses después, ninguno de los menores solicitantes de protección internacional, o que hayan manifestado su voluntad de solicitarla, que están bajo tutela y guarda de la comunidad autónoma de Canarias ha sido evaluado individualmente con el fin de poder tener acceso al sistema estatal de acogida de los solicitantes de protección internacional" que ha consultado el ARA y en la que constatan que el ejecutivo español no ha acatado la orden cautelar que el tribunal dictó a finales de marzo a petición del gobierno canario.

Una vez conocida la orden del Supremo, la ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, ha afirmado que habrá "un trabajo exigente de todos los ministerios para encontrar una salida lo antes posible". También ha asegurado que "ya existe un protocolo, que se ha trasladado a Canarias, que permitiría desbloquear la situación con bastante celeridad".

Viendo que la orden no se ha cumplido, ahora el Supremo da un "plazo improrrogable de 30 días" para que las oficinas encargadas de tramitar las solicitudes de protección internacional tengan los medios necesarios para que las peticiones se respondan "en un plazo razonable". También advierte que no podrán pasar más de seis días desde que una persona manifiesta que desea pedir protección internacional hasta que puede formalizar su solicitud. El tribunal urge al ejecutivo estatal a establecer, en un máximo de 15 días, "la forma que resulte más eficaz" de colaborar con el gobierno canario para garantizar que estos menores tienen acceso al sistema de acogida completo que les corresponde como solicitantes de protección internacional.

Junto a esta nueva orden, el tribunal reclama al gobierno español que identifique quiénes son los responsables de las medidas que se tomarán en cada ministerio –si no, se entenderá que es el titular de la cartera– y advierte que si no le comunica que ha tomado las medidas que le ordena, el tribunal podrá tomar "medidas coercitivas" por haber incompleto. La ley que regula estas represalias recoge la posibilidad de multas desde 150 a 1.500 euros, que pueden ser reiteradas; "otras responsabilidades patrimoniales", e incluso la opción de abrir la vía penal.

Solicitantes de protección internacional

Durante estos dos meses, añaden los magistrados, el ejecutivo español "ni siquiera" ha elaborado una lista "completa, detallada y precisa" de los afectados. Por eso, pese a que se sabe que rondan el millar, la administración no tiene una cifra concreta. El Supremo también apunta que un año después de llegar al archipiélago muchos de estos niños todavía no han podido formalizar la petición de asilo para poder acceder al estatuto de solicitante de protección internacional. Además, los jueces añaden que el ejecutivo estatal no se puso en contacto con el gobierno canario para pedir colaboración para completar la documentación individualizada de los menores hasta los días "inmediatamente anteriores" de la vista que se convocó viendo que el ejecutivo estatal no estaba cumpliendo con el orden cautelar.

El Supremo ve evidente que estos menores tienen "pleno derecho" a ser reconocidos como solicitantes de protección internacional, una figura reconocida por el derecho europeo e interno, que "comprende todo un conjunto de derechos, no sólo materiales o asistenciales" que no se están reconociendo a los niños acogidos en Canarias "a pesar de situación" a pesar de tratarse de. Estos derechos incluyen el de permanecer en España mientras se tramita su solicitud; el derecho a asistencia jurídica gratuita ya un intérprete; el derecho a suspender cualquier procedimiento de devolución, expulsión o extradición; y el acceso al sistema educativo oa obtener un permiso de trabajo si tienen edad laboral.

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