¿Cómo puedo tramitar la baja y el alta laboral si tengo covid?

Catalunya automatiza el sistema ante el colapso de la asistencia primaria

ARA
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Una madre y su hija entrando en  una CABEZA de Barcelona.

La sexta oleada del covid ha comportado más contagios que nunca, una saturación de los centros de asistencia primaria y, como consecuencia, un alud de bajas y altas laborales. Para hacerse una idea, en Catalunya hay más de 123.000 trabajadores de baja por covid y los CAP han sufrido un alud de pacientes que van a tramitar su baja o alta laboral. El lunes se batió el récord de visitas en los CAP, con 100.135 visitas, y a pesar de que ha ido bajando, ayer todavía fueron 72.035, una cifra que satura los servicios médicos.

Por eso el Govern decidió, primero, autorizar las bajas por teléfono, internet o en la farmacia, y ahora también ha automatizado el alta. Si no hay síntomas, el alta se tramita automáticamente al séptimo día sin tener que pedirla.

¿Cómo puedo pedir la baja?

La baja se puede tramitar a través de una farmacia adherida al sistema TAR, que notifican el positivo al CatSalut. También se puede pedir la baja a través de la aplicación La Meva Salut, a través de una e-consulta. La última opción, pero la menos recomendada para no saturar todavía más el sistema, es una llamada telefónica al CAP o al 061.

¿Cómo puedo obtener el alta?

El sistema acordado en Catalunya es el alta diferida. Cuando se notifica la baja ya se prepara el alta para tramitarla siete días después, que es el tiempo marcado por las autoridades sanitarias de duración del covid. Pero en caso de persistir el malestar o los síntomas, se tendrá que contactar con el CAP para hacer un diagnóstico y que el médico decida si alarga la baja.

¿Es obligatoria la baja si se es positivo?

No es obligatoria. Pero los trabajadores el estado físico de los cuales no les permita trabajar, o aquellos que tengan que aislarse para no contagiar y sin opciones de teletrabajar, tienen que pedir la baja. El trabajador tendrá que informar a su empresa de que está de baja, pero no hace falta que especifique por qué lo está, puesto que prevalece su derecho a la intimidad. No obstante, decirlo permite un mejor rastreo de los contactos. En el caso de la e-consulta, si se es positivo, se piden los contactos estrechos para poder avisarlos.

¿Qué trabajadores pueden pedir la baja?

Todos los que cotizan por contingencias comunes. Es decir, esto incluye tanto a los empleados por cuenta ajena como a los autónomos. Cuando se está de baja, sin embargo, el sueldo se puede ver disminuido. La prestación el primer día es del 100% de la base reguladora y a partir del segundo día del 75%. Es decir, no entran los pluses. Eso sí, hay empresas que por convenio, o de forma voluntaria, completan la retribución en el caso de incapacidad laboral transitoria (ILT).

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