Impuesto sobre las emisiones de CO2: consulta tu cuota y cuándo debes pagarla
Desde el 1 de septiembre se puede consultar la lista definitiva de vehículos del ejercicio 2024 y la cuota a pagar en la web de la Agencia Tributaria de Cataluña
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La Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) ha publicado la lista definitiva correspondiente al ejercicio 2024 de todos los vehículos que tributan por el impuesto sobre las emisiones de CO₂. A partir del 1 de septiembre, las personas titulares de uno o más vehículos pueden consultar sus datos y la cuota que deben pagar en la sede electrónica de la Agencia, a través de Mi espacio ATC, con identificación digital (IdCAT Móvil u otro certificado digital). Para consultar un único vehículo, hay disponible un acceso básico con NIF y matrícula, sin necesidad de identificación digital.
Fechas clave de pago
- Vehículos con el pago domiciliado antes del 15 de julio de 2025: el cargo se realizará el 20 de noviembre de 2025.
- Vehículos que no han domiciliado el pago antes del 15 de julio de 2025: el plazo de pago voluntario sin recargos es del 1 de septiembre al 20 de noviembre de 2025.
¿Cómo pagar?
- A partir del 1 de septiembre de 2025 se puede pagar accediendo a la consulta de la lista de vehículos desde Mi espacio ATC, con identificación digital.
- Si sólo hay que pagar un único vehículo, existe la opción de realizar el pago accediendo con la matrícula y el NIF del titular.
- También se puede con la carta de pago que se enviará al domicilio de todos los titulares de vehículos con cuota a pagar.
Con tarjeta, cargo en cuenta o Bizum
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Por internet
- Mi espacio ATC
- Sede electrónica
- Código QR de la carta de pago
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Por la app
- Aplicación móvil de la ATC
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Por teléfono
- 012 (solo con tarjeta)
- 93 551 51 51, servicio L'ATC us truca
- Oficinas de la ATC
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Presencialmente
- Entidades financieras colaboradoras
- Oficinas de Correos, por giro postal (con coste)
- Oficinas de la ATC
¿Quién debe pagar el impuesto?
Tienen que pagar el impuesto las personas físicas y jurídicas que durante el año 2024 han tenido el domicilio fiscal en Cataluña y han sido titulares de un vehículo (turismo, furgoneta o motocicleta). En concreto, están sujetos los turismos y las motocicletas con unas emisiones de más de 120 g/CO₂ por km y las furgonetas con emisiones de más de 160 g/CO₂ por km.
También están obligadas las personas jurídicas sin residencia fiscal en Cataluña pero que durante el 2024 han tenido un establecimiento, una sucursal o una oficina y han sido titulares de algún vehículo domiciliado en Cataluña.
¿Quién no está sujeto o está exento?
No están sujetos al pago los vehículos 100% eléctricos, ciclomotores, camiones o vehículos de más de 3,5 toneladas, autocares y vehículos autorizados a transportar a más de nueve personas (incluido el conductor).
Están exentos los vehículos adaptados para la conducción de personas con movilidad reducida. Los vehículos con matrícula de vehículo histórico y los vehículos clásicos gozan de una bonificación del 100% de la cuota íntegra y, por tanto, tampoco tributan. Asimismo, no deben pagar el impuesto los titulares de los vehículos que no superen los seis euros de cuota a ingresar.
Cabe destacar que, si se ha domiciliado el pago del impuesto antes del 15 de julio de 2025, se obtiene una bonificación del 2% de la cuota.
¿Dónde va la recaudación?
El impuesto sobre las emisiones de CO₂ de los vehículos es un tributo verde, en línea con la fiscalidad ambiental que se promueve en Europa para luchar contra el cambio climático. Grava las emisiones de CO₂ de turismos, furgonetas y motocicletas por su impacto directo en el efecto invernadero y el calentamiento global y, por tanto, por las consecuencias que puede tener en la salud de las personas.
La recaudación se destina íntegramente al Fondo climático y al Fondo del patrimonio natural, y retorna a la ciudadanía a través de la inversión en acciones para mejorar el medio ambiente, fomentar la movilidad sostenible y la transición energética, hacer frente a la vulnerabilidad en ámbitos como la agricultura y las zonas litorales, e impulsar la investigación y la innovación con ayudas a universidades, entes locales y empresas. La información sobre los proyectos en los que se invierte el año 2025 se puede consultar en la web de la Oficina Catalana del Cambio Climático.
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Sede electrónica de la ATC:
Encontrará toda la información sobre el impuesto y asistente virtual en atc.gencat.cat/impostco2 .
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Mi espacio ATC:
Consulta los datos, la domiciliación, el pago y las alegaciones en atc.gencat.cat/espai-atc .
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Teléfono 012:
Consultas de carácter general y pago automatizado.
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L'ATC us truca (93 551 51 51):
Teléfono asistencia en la tramitación.
- Oficinas de la ATC.
Para saber más, visite la web impostco2.gencat.cat.