Impuesto sobre las emisiones de CO2: consulta tu cuota y cuándo debes pagarla
Desde el 1 de septiembre se puede consultar la lista definitiva de vehículos del ejercicio 2024 y la cuota a pagar en la web de la Agencia Tributaria de Cataluña
La Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) ha publicado la lista definitiva correspondiente al ejercicio 2024 de todos los vehículos que tributan por el impuesto sobre las emisiones de CO₂. A partir del 1 de septiembre, las personas titulares de uno o más vehículos pueden consultar sus datos y la cuota que deben pagar en la sede electrónica de la Agencia, a través de Mi espacio ATC, con identificación digital (IdCAT Móvil u otro certificado digital). Para consultar un único vehículo, hay disponible un acceso básico con NIF y matrícula, sin necesidad de identificación digital.
Fechas clave de pago
- Vehículos con el pago domiciliado antes del 15 de julio de 2025: el cargo se realizará el 20 de noviembre de 2025.
- Vehículos que no han domiciliado el pago antes del 15 de julio de 2025: el plazo de pago voluntario sin recargos es del 1 de septiembre al 20 de noviembre de 2025.
¿Cómo pagar?
- A partir del 1 de septiembre de 2025 se puede pagar accediendo a la consulta de la lista de vehículos desde Mi espacio ATC, con identificación digital.
- Si sólo hay que pagar un único vehículo, existe la opción de realizar el pago accediendo con la matrícula y el NIF del titular.
- También se puede con la carta de pago que se enviará al domicilio de todos los titulares de vehículos con cuota a pagar.
Con tarjeta, cargo en cuenta o Bizum
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Por internet
- Mi espacio ATC
- Sede electrónica
- Código QR de la carta de pago
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Por la app
- Aplicación móvil de la ATC
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Por teléfono
- 012 (solo con tarjeta)
- 93 551 51 51, servicio L'ATC us truca
- Oficinas de la ATC
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Presencialmente
- Entidades financieras colaboradoras
- Oficinas de Correos, por giro postal (con coste)
- Oficinas de la ATC
¿Quién debe pagar el impuesto?
Tienen que pagar el impuesto las personas físicas y jurídicas que durante el año 2024 han tenido el domicilio fiscal en Cataluña y han sido titulares de un vehículo (turismo, furgoneta o motocicleta). En concreto, están sujetos los turismos y las motocicletas con unas emisiones de más de 120 g/CO₂ por km y las furgonetas con emisiones de más de 160 g/CO₂ por km.
También están obligadas las personas jurídicas sin residencia fiscal en Cataluña pero que durante el 2024 han tenido un establecimiento, una sucursal o una oficina y han sido titulares de algún vehículo domiciliado en Cataluña.
¿Quién no está sujeto o está exento?
No están sujetos al pago los vehículos 100% eléctricos, ciclomotores, camiones o vehículos de más de 3,5 toneladas, autocares y vehículos autorizados a transportar a más de nueve personas (incluido el conductor).
Están exentos los vehículos adaptados para la conducción de personas con movilidad reducida. Los vehículos con matrícula de vehículo histórico y los vehículos clásicos gozan de una bonificación del 100% de la cuota íntegra y, por tanto, tampoco tributan. Asimismo, no deben pagar el impuesto los titulares de los vehículos que no superen los seis euros de cuota a ingresar.
Cabe destacar que, si se ha domiciliado el pago del impuesto antes del 15 de julio de 2025, se obtiene una bonificación del 2% de la cuota.
¿Dónde va la recaudación?
El impuesto sobre las emisiones de CO₂ de los vehículos es un tributo verde, en línea con la fiscalidad ambiental que se promueve en Europa para luchar contra el cambio climático. Grava las emisiones de CO₂ de turismos, furgonetas y motocicletas por su impacto directo en el efecto invernadero y el calentamiento global y, por tanto, por las consecuencias que puede tener en la salud de las personas.
La recaudación se destina íntegramente al Fondo climático y al Fondo del patrimonio natural, y retorna a la ciudadanía a través de la inversión en acciones para mejorar el medio ambiente, fomentar la movilidad sostenible y la transición energética, hacer frente a la vulnerabilidad en ámbitos como la agricultura y las zonas litorales, e impulsar la investigación y la innovación con ayudas a universidades, entes locales y empresas. La información sobre los proyectos en los que se invierte el año 2025 se puede consultar en la web de la Oficina Catalana del Cambio Climático.
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Sede electrónica de la ATC:
Encontrará toda la información sobre el impuesto y asistente virtual en atc.gencat.cat/impostco2 .
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Mi espacio ATC:
Consulta los datos, la domiciliación, el pago y las alegaciones en atc.gencat.cat/espai-atc .
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Teléfono 012:
Consultas de carácter general y pago automatizado.
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L'ATC us truca (93 551 51 51):
Teléfono asistencia en la tramitación.
- Oficinas de la ATC.
Para saber más, visite la web impostco2.gencat.cat.