Estados Unidos

El Supremo de Estados Unidos suspende temporalmente el uso de la ley del siglo XVIII para deportar a inmigrantes

Los magistrados han prohibido la expulsión de un grupo de venezolanos detenidos en Texas mientras estudian el caso

Sede del tribunal Supremo de Estados Unidos.
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WashingtonEl Tribunal Supremo de Estados Unidos ha suspendido temporalmente la aplicación de la ley de enemigos extranjeros para realizar deportaciones de inmigrantes. La congelación temporal se ha activado a raíz del caso de un grupo de venezolanos retenidos en Texas que el gobierno de Donald Trump quería deportar bajo la acusación de pertenecer a la banda criminal Tren de Aragua –que el gobierno ha catalogado de grupo terrorista, junto a la salvadoreña MS-13–. Los abogados de los inmigrantes argumentaron el riesgo inminente de que sus clientes fueran expulsados ​​del país sin pasar por un proceso judicial requerido por el propio tribunal en una sentencia previa.

"Se instruye al gobierno de no expulsar de Estados Unidos a ningún miembro de la clase putativa de detenidos hasta nueva orden de este Tribunal", dice la sentencia del Supremo, que no está asignada a ninguno de los magistrados. Sin embargo, dos jueces, Clarence Thomas y Samuel Alito –ambos de perfil conservador–, se mostraron contrarios a las deportaciones.

Aunque la decisión del Supremo parezca contradictoria respecto a la sentencia de la semana pasada, que sí avalaba la deportación de venezolanos bajo la ley de enemigos extranjeros, sigue la línea argumental que abrió ese primer dictamen. La resolución anterior se pronunciaba sobre el bloqueo cautelar que el juez federal James Boasberg había impuesto a la invocación de Trump de la ley de 1789 para deportar a todas las personas que fueran acusadas de pertenecer a las bandas criminales Tren de Aragua y MS-13. Aun así, en aquella sentencia el Supremo evitaba pronunciarse sobre el fondo de la cuestión –si es legal o no utilizar una ley de guerra para deportar a migrantes– y establecía que cualquier persona procesada bajo la ley de enemigos extranjeros debe tener un "plazo razonable" para impugnar "efectivamente" la aplicación antes de la expulsión. Es decir, que hay que garantizarle un proceso judicial, algo que no tuvieron los más de 200 venezolanos y salvadoreños deportados en la megacárcel CECOT el pasado 15 de marzo.

Garantías procesales

El aval fue celebrado tanto por la Casa Blanca –porque entendía que les daba la razón en que los jueces federales no pueden dictar al ejecutivo qué debe hacer– como por los abogados de inmigración –porque dejaba clara la necesidad de garantías procesales en la deportación y abría la puerta a que el Supremo termine sobre 1789–. En la nueva resolución de este sábado, precisamente lo que ha hecho el Supremo ha sido suspender temporalmente la aplicación de la ley porque el gobierno de Trump habría ignorado estas condiciones de ofrecer un mínimo de garantías procesales a unas 50 venezolanos que, presumiblemente, quería deportar a El Salvador este fin de semana. El American Civil Liberties Union había logrado ya en los últimos días órdenes judiciales que prohibían deportaciones similares en virtud de la ley de enemigos extranjeros en otros sitios como Nueva York, Denver y Brownsville, Texas.

El revés judicial coincide con la confrontación directa de la Casa Blanca contra otra orden del Supremo en que pedía al gobierno "facilitar" el regreso de Kilmar Abrego Garcia, que fue deportado "por error" en El Salvador con el vuelo del 15 de marzo. Aunque la administración reconoció su error, ahora ha escalado su posición y ha pasado de excusarse diciendo que no tiene poder para devolverlo a decir que no le devolverá. El último episodio de tensión tuvo lugar cuando el senador por Maryland, Chris Van Hollen, logró reunirse ayer con Abrego Garcia en El Salvador pese a las trabas puestas por el gobierno de Nayib Bukele. Después de que la imagen se hiciera pública, la Casa Blanca cambió su relato y pasó a defender sin pruebas que Abrego es un miembro de la banda MS-13, lo que contradice el documento judicial en el que el departamento de Justicia reconocía la expulsión del hombre –que estaba protegido de la deportación desde 2019– como un "error administrativo". De hecho, Justicia despidió al funcionario que hizo el documento en el que reconocía el error.

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