La Moncloa se abre a revisar la ley del 'solo sí es sí' después del goteo de rebajas de penas
La Audiencia de Madrid ha reducido la condena al menos a tres condenados, entre ellos un exprofesor excarcelado a pesar de haber estado entre rejas por tocamientos
Madrid / BarcelonaEl goteo de rebajas de condenas a agresores sexuales esgrimiendo la nueva ley del solo sí es sí ha llevado a la Moncloa a plantearse la revisión de la norma estrella del ministerio de Igualdad (Podemos) cuando hace un mes escaso que ha entrado en vigor. Este martes se ha sabido que a raíz de la nueva ley tres condenados por abusos sexuales con el antiguo Código Penal han conseguido que la Audiencia de Madrid les dé la razón y les rebaje la pena. Entre ellos se encuentra el caso de un exprofesor que cumplía condena entre rejas por tocamientos a alumnas y que ya ha sido excarcelado porque el tribunal cree que, con la reforma, solo tiene que cumplir una pena de 15 meses. Precisamente, a raíz de esta sentencia la ministra de Hacienda, María Jesús Montero (PSOE), cree que la opinión del tribunal "requiere" que el gobierno estudie el texto legal, ha dicho desde los pasillos del Senado.
La nueva legislación elimina la distinción entre abuso y agresión sexual, pone el consentimiento en el centro y acaba de una vez por todas con el debate sobre la existencia de violencia e intimidación para poder agravar el castigo. Ahora bien, la normativa plantea un abanico de penas diferentes. La condena mínima ha pasado de los 6 años a 4. Y esto abre la puerta a que los condenados puedan pedir una revisión de su condena. Es un escenario del que ya alertaron al ARA víctimas y expertas antes de que la nueva ley entrara en vigor.
Ante un cambio de normativa, los tribunales siempre tienen que aplicar la legislación que sea más favorable al condenado, independientemente de que la sentencia sea firme o no, y siempre en caso de que el preso lo reclame. En el primero de los casos, que ha avanzado El Mundo y ha confirmado el ARA, la Audiencia de Madrid ha aplicado de manera retroactiva la nueva legislación a un exprofesor que, inicialmente, fue condenado a seis años y nueve meses de prisión por abusar sexualmente de varias alumnas. En este caso el tribunal considera que, según la nueva legislación, se han despenalizado tres de los abusos cometidos, porque la víctima era mayor de 16 años y porque el tribunal, en su momento, no apreció que hubiera violencia, intimidación o abuso de superioridad. Como ahora solo lo condena por dos abusos, la pena se ha reducido a 15 meses de prisión. De hecho, según el rotativo español, el hombre ya ha sido excarcelado.
El segundo de los casos es el de un hombre que ha visto cómo le rebajaban dos años la condena por haber agredido a su hijastra de 14 años. Originalmente, el hombre había sido condenado a ocho años de prisión por abusos sexuales a una menor de 16 años, sin que se tuviera en cuenta ningún agravante. Traspasando esta sentencia al nuevo abanico de penas, el tribunal entiende que hay que aplicarle la más baja, que es de seis años de prisión. El tercer caso revisado con la lupa de la nueva ley ha reducido de seis a cuatro años la condena de un hombre por agredir a una amiga suya que le había dejado dormir en casa. Como en el primero de los casos, los magistrados aseguran que hay que aplicar el nuevo mínimo previsto por la legislación.
"El problema no es la ley"
El ministerio de Igualdad siempre ha dicho que la ley protegía a todas las víctimas de sus agresores. Hace solo unas semanas la secretaria de estado Ángela Rodríguez Pam aseguraba en Twitter que la tesis de eventuales rebajas era un "bulo machista que solo hace crecer el terror sexual". Las declaraciones coincidían con el primer recurso que se presentaba en Catalunya de un condenado por agresión sexual que también pedía que le redujeran la pena de nueve años y medio a seis años y ocho meses de prisión, aplicándole los nuevos mínimos que establece la ley. Según fuentes próximas al caso consultadas por el ARA, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya todavía no ha resuelto su recurso. Este martes el ministerio de Igualdad ha insistido en que "el problema no es la ley de libertad sexual", sino la existencia de una "justicia machista".
En este sentido, desde el ministerio liderado por Podemos recuerdan que el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW, sus siglas en inglés) ya advertía de que "los estereotipos pueden hacer que los jueces interpreten erróneamente las leyes o las apliquen de manera defectuosa", un hecho que puede favorecer la "impunidad". En cambio, desde el PSOE, la ministra de Hacienda admitía que estos casos evidencian que también habría que revisar la ley del solo sí es sí. "Evidentemente, no era el objetivo de la ley rebajar las penas en el caso de abuso a menores, todo lo contrario", decía la ministra socialista desde los pasillos del Senado. "Se deberá estudiar la sentencia y el mismo texto legal", apuntaba.
La Fiscalía, pendiente de una circular
En dos de los tres casos, la Fiscalía no se ha opuesto a la solicitud de los condenados. El ministerio público tiene pendiente la elaboración de una circular en la que se determinará la posición que los fiscales tienen que adoptar cuando los agresores pidan rebajas de penas en aplicación de la ley del solo sí es sí, pero todavía no se ha hecho. Según fuentes del ministerio público consultadas por esta redacción, el organismo está estudiando todas las casuísticas para terminar este protocolo.
De momento, según apuntan otras fuentes judiciales consultadas por el ARA, la mayoría de fiscales están evaluando caso por caso y dejando que sea el decanato de cada uno de los territorios quien avale su decisión. A pesar de todo, apuntan que la ley es clara a la hora de marcar que, de entrada, hay que aplicar el Código Penal más beneficioso para los condenados, tanto por parte de los tribunales como de la Fiscalía y que, en última instancia, todo dependerá de la interpretación que hagan los magistrados de la ley.