La sentencia condenatoria por un delito de agresión sexual contra Dani Alves no es una sorpresa. Había ido quedando claro que todos los indicios y pruebas apuntaban a la culpabilidad. Y, en efecto, los magistrados han apoyado la versión de la víctima y no se han creído el futbolista, quien dijo que el sexo fue consentido. Si acaso, la sorpresa puede tener que ver con la pena, que, pese a la contundencia con la que se da credibilidad al hecho delictivo, se ha situado en la parte más baja posible: cuatro años y seis meses de cárcel. Al agresor le habrían podido caer hasta doce años. La Audiencia de Barcelona también le imputa un delito leve de lesiones, con una pena de unos 9.000 euros de multa, y refuerza que la agresión sexual fue con fuerza física: los magistrados consideran claramente probado que el ex azulgrana violó con violencia una mujer de 23 años en un aseo de un reservado de la discoteca Sutton de Barcelona la madrugada del 31 de diciembre del 2022.
Dicho esto, la sentencia parece incurrir en una contradicción cuando, por un lado, opina que el hecho de que el acusado hubiera aportado 150.000 euros antes del juicio en concepto de reparación de daños a la víctima no debería ser considerado como un atenuante, puesto que hacerlo así supondría aceptar el factor diferencial del poder adquisitivo del acusado : "Los millonarios tendrían siempre asegurada una atenuación privilegiada". En la práctica, en cambio, al final sí toma en consideración este pago en la decisión final, que además se toma como único motivo atenuante. ¿Cómo puede ser? Cuesta entender un choque argumental tan evidente, el cual, sumado a que a Alves se le haya aplicado la primera versión de la ley del sólo sí es sí, que es la que estaba vigente en su momento (luego subió la pena mínima a seis años), ha dado como resultado los 4 años y seis meses. La pregunta que queda en el aire es evidente: ¿Habría ocurrido lo mismo con alguien sin su poder adquisitivo?
El de Alves se ha convertido, por su condición de personaje popular, en un juicio mediático que ha levantado mucha expectación y ha tensado el debate público. Algunos, desde un tronado machismo, le han querido hacer víctima de su fama, revictimizando lo que ahora ha quedado claro que era la auténtica y única víctima. Estas lecturas distorsionadas han quedado totalmente desautorizadas con la sentencia. Pero el hecho de que, pese a la gravedad del delito probado, el futbolista se haya salido con una pena baja, se quiera o no conlleva un peligroso mensaje implícito para el machismo agresivo y violento.
Por supuesto, no se trata de reclamar una sentencia ejemplarizante, pero sí de preguntarnos si la pena es realmente proporcional y coherente dada la cruda y precisa descripción de los hechos probados, junto con las secuelas físicas y psicológicas que ha sufrido la víctima –la denuncia le ha supuesto un sufrimiento añadido–. La realidad es que queda mucho camino por recorrer a la hora de desterrar de la opinión pública cualquier veleidad condescendiente hacia las agresiones sexuales.