Los derechos digitales de la infancia

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Una niña con un móvil.

La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de la Infancia tiene ya treinta y cuatro años. Necesitaría varios cambios. Pero será mejor no intentarlo. En muchos países todavía es papel mojado y muchos de nuestro entorno, más o menos cumplidores, acaban de aceptar que se pueden bombardear y matar a niños si es como odio y revancha entre adultos. Así que mejor no tocarla.

Sin embargo, sí estamos obligados a hacer una lectura y una aplicación que tenga que ver con el mundo actual y no con el de 1989, cuando fue aprobada. Como buena parte de las transformaciones sociales tienen que ver con el universo digital, propongo realizar una lectura de sus derechos y sus vidas en este territorio. O, dicho de otro modo, hablar de los derechos digitales de la infancia.

Aunque la lectura y la aplicación que hacemos de la Convención siempre es proteccionista, se trata de un texto fundamentalmente proactivo: garantiza que los niños ( 0-18 años) pueden ser sujetos activos que ejerzan sus derechos; obliga a los Estados a garantizar que tengan una infancia y una adolescencia activas y sin carencias. Los cambios permanentes y acelerados relacionados con la sociedad digital suponen cambios en la condición humana y cambios en los procesos de humanización (en el desarrollo de la infancia y la adolescencia), y son estos cambios en los que cabe pensar.

En buena parte, los niños y adolescentes ya no razonan igual que antes; construyen identidades con mecanismos distintos y pueden editarlas; son entre iguales, pero las comunidades de relaciones pueden tener otras dimensiones; viven inmersos en informaciones llenas de dudas sobre la verdad; imaginan con colores desconocidos... Y tiene poco sentido añorar un pasado (que también era producto de unas condiciones sociales), seguir preocupándonos de la infancia con la simple lógica protectora de siempre, intentando que no se estropeen.

Si tuviéramos una nueva Convención, ésta debería reconocer su derecho a no estar solos en el proceso de descubrir activamente la realidad. Garantizar que tienen al lado a personas adultas, que no renuncian a educar ya construir la condición humana con nuevas formas, en nuevos contextos. Personas adultas que, pese a sus desconciertos ante el mundo, tratan de no desconcertar a la infancia, descubren los cambios y tratan de aportar respuestas para vivir.

Haciendo el ejercicio de redactar un anexo a la Convención, propongo concretar la dimensión digital en seis derechos (garantizando que los recursos para el acceso y las condiciones de vida que permiten sus usos están al alcance de todos los niños):

  • Los niños tienen derecho a no estar obligados por sus adultos a ser analógicos, a desarrollarse en los territorios digitales y, también, poder disfrutar de dimensiones no digitales de la vida.
  • Los niños tienen derecho a descubrir el mundo (el mundo digital) en compañía. Tienen derecho a que los adultos estén disponibles para sugerir criterios en el andar, comprobar que hay caminos que no llevan a ninguna parte y hacer balance de sus descubrimientos.
  • Los niños tienen derecho a adquirir las competencias que permiten navegar sin riesgo de naufragio. Tienen derecho a descubrir usos diversos, utilizar la tecnología para aprender y conseguir la capacidad para adaptarse a los cambios permanentes.
  • Los niños tienen derecho a pensar, crear, expresarse, divulgar en las dimensiones digitales. Tienen derecho a no ser censurados por adultos, porque tienen derecho a ser educados para descubrir los valores.
  • Los niños tienen derecho a convivir o descubrir el mundo en compañía de sus iguales, también en su dimensión virtual. Tienen derecho a que las comunidades virtuales sean comunidades. Tienen derecho a aprender ciudadanía también en digital. Tienen derecho a aprender a ser como los demás sin que los demás les impongan cómo deben ser. Tienen derecho a construirse de forma que, cuando acaben firmando su vida, ésta también pueda tener firma digital.
  • Los niños tienen derecho a no ser comprados, manipulados, fidelizados por el mercado digital. Tienen derecho a que los poderes económicos no los consideren potenciales consumidores. Tienen derecho a descubrir (alguien que les ayude a descubrirlas) las intenciones que hay detrás de los productos digitales. Tienen derecho a que su diseño no esté pensado para que dependan y queden atrapados. Tienen derecho a que no aparezcan intromisiones problemáticas al navegar, jugar o comunicarse. Tienen derecho a un horizonte sin publicidad.

El problema de la infancia y la adolescencia actuales no es la tecnología, sino un mundo adulto deshumanizado, que quiere controlar su acceso a la tecnología para no resolver la complicada cuestión de cómo se educa en una vida llena de tecnología.

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