Encarna Roca: "Estamos como en el momento del incendio del Reichstag"

La vicepresidenta del Tribunal Constitucional fundamentó así su voto clave sobre la ilegalidad del estado de alarma

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Los magistrados del Tribunal Constitucional Andrés Ollero (2d), Juan José González Rivas (d), Encarnación Roca y Fernando Valdés Dal-Ré (y) con el presidente del TC, Pascual Sala, en una imagen de archivo

Madrid“Cuando he visto el anteproyecto de ley de Seguridad Nacional le he dicho a mis letrados que ya estábamos en el momento del incendio del Reichstag”, explicó Encarna Roca, vicepresidenta del Tribunal Constitucional (TC), al intervenir el pasado miércoles 14 de julio en las deliberaciones sobre el estado de alarma decretado el 14 de marzo de 2020 por el gobierno de Pedro Sánchez y aprobado por 321 votos a favor el 25 de marzo de 2020 por el Congreso de los Diputados. El voto de la vicepresidenta dio la mayoría -6 contra 5- a la ponencia del magistrado conservador Pedro González Trevijano y permitió declarar la inconstitucionalidad del punto fundamental del citado decreto, el del confinamiento domiciliario. 

Según la reconstrucción de las deliberaciones realizada por ARA con varios magistrados, la vicepresidenta, que habló por primera y única vez el pasado miércoles, en la segunda ronda de deliberaciones -la primera tuvo lugar en el pleno del mes de junio- tomó como referencia de su intervención unas palabras pronunciadas el día anterior, martes 13 de julio, por el magistrado Cándido Conde-Pumpido, adscrito al sector progresista. 

Según la citada reconstrucción, el magistrado apuntó la existencia de mandatos de algunos miembros ya caducados y señaló que, además, el tribunal no estaba completo, habida cuenta de que uno de sus miembros había dimitido a mediados del mes de octubre de 2020. Y se daba la circunstancia de que todos los presentes, recordó, sabían que dicho magistrado estaba a cargo de la ponencia sobre el recurso de Vox y que su proyecto de sentencia estaba terminado, siendo favorable a considerar conforme a la Constitución el estado de alarma decretado por el gobierno y aprobado por el Congreso. Es decir, proponía inadmitir el recurso de Vox. “Si el resultado de la votación es favorable a la inconstitucionalidad estaremos anulando una decisión muy relevante con serias consecuencias, cuando el TC al completo daría un resultado distinto, con plena conciencia, por tanto, de que estaremos alterando el resultado”, señaló.

El magistrado González Trevijano contestó a Conde-Pumpido sobre los mandatos caducados. “Tenemos que acostumbrarnos a los mandatos caducados porque estoy seguro de que no va a haber renovación ahora de los cuatro magistrados y tampoco el año que viene, porque si no se renueva el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no va a haber renovación del TC”. Sobre Valdés, su ponente antecesor, no dijo nada.  

Al día siguiente, miércoles 14, tras las intervenciones de Juan Antonio Xiol, de Andrés Ollero y de Santiago Martínez Vares, las posiciones - a falta de las que estaban por expresar la vicepresidenta Encarna Roca y el presidente Juan José González Rivas- estaban 5 a favor de la inconstitucionalidad y 4 en contra. Encarna Roca señaló, al tomar la palabra, su rechazo al planteamiento de que el TC no estaba completo. “Lo primero que quiero decir es que aquellos que hayan dicho que no debíamos pronunciarnos porque falta un magistrado y que el resultado podría ser diferente… cuidadito, cuidadito, cuidadito.  Porque tendrá que enfrentarse conmigo…. Esto es deslegitimar al tribunal… Mientras me paguen yo seguiré cumpliendo con mi función…”. 

A continuación, apuntó que en un periódico había aparecido información ese mismo día en la que se afirmaba que la vicepresidenta primera del gobierno, Carmen Calvo, había llamado a la magistrada del TC, María Luis Balaguer, para presionarla a favor de desestimar el recurso de Vox. “Quiero decir que a mí también me ha llamado…No creo que alguien se vaya a creer que me voy a dejar influenciar…”. Y a continuación señaló que la situación de falta de respeto a los derechos fundamentales era terrible. “Al leer el anteproyecto de ley de Seguridad Nacional aprobado por el gobierno he tenido que decir a mis letrados que ya estábamos en el momento del incendio del Reichstag”. La vicepresidenta se refería al incendio del 27 de febrero de 1933 que destruyó el edificio del Parlamento alemán y que sirvió de pretexto al canciller alemán Adolf Hitler, con solo cuatro semanas en el cargo, para aprobar un decreto de emergencia de suspensión de las libertades que firmaría el presidente de la República. Se abría así la dictadura abierta con detenciones masivas de opositores, incluyendo a diputados del Reichstag. 

Encarna Roca explicó: “Yo no me fío del Gobierno, el estado de alarma lo decreta el gobierno y el estado de excepción debe ser declarado por el Congreso”. La vicepresidenta, omitía, que, precisamente, el Congreso de los Diputados había aprobado el decreto de alarma once días después de ser decretado. Y lo había sido por una mayoría absolutísima, que incluía, precisamente, a los diputados de Vox, cuyo recurso se estaba debatiendo. 

Situación inédita 

 El apunte del magistrado Conde-Pumpido sobre la ponencia de Valdés aludía a un hecho que todos los presentes conocían. Y era la doble circunstancia inédita de la votación sobre el recurso de Vox. Si Valdés hubiese estado presente, saldría adelante la ponencia a favor de la constitucionalidad del estado de alarma. Y esto, que puede parecer obvio, no lo es. Normalmente un solo voto no produce por sí solo una alteración. Pero en este caso el presidente del Tribunal Constitucional, que tiene voto de calidad (su voto vale por dos a la hora de desempatar) estaba con la minoría. 

Aunque Valdés hubiese estado presente, no bastaba solo con su voto para ganar la partida si el presidente, con su doble voto, se alineaba con la mayoría. Es decir: hubiese sido 6 contra 6. Pero lo inédito es que el presidente votaba con la minoría. Lo excepcional es que en este caso se sabía lo que hubiese votado Valdés, autor de la ponencia, lo que conducía al empate. Y, además, al votar el presidente con la minoría, según se ha señalado, se producía el desempate a favor de la minoría por el voto de calidad.

Filtraciones al principio y al final

El miércoles por la tarde, terminada la deliberación, se acordó, según se encargó de señalar el presidente, que la sentencia se daría a conocer el martes o miércoles, una vez recibidos los votos particulares. Los borradores -no definitivos- de las posiciones de los magistrados ya habían sido entregados al magistrado ponente, González Trevijano. Fueron los casos de los magistrados Ollero y Conde-Pumpido, quiénes tras la primera deliberación de junio, le hicieron llegar el texto. 

Ollero, conservador, se oponía al planteamiento de González Trevijano. “A todo esto conviene añadir, tras haberse igualmente suscitado en nuestra deliberación, que el artículo 116.3 de la Constitución Española establece que la “proclamación del estado de excepción deberá determinar expresamente los efectos del mismo, el ámbito territorial a que se extiende y su duración, que no podrá exceder de treinta días, prorrogables por otro plazo igual, con los mismos requisitos”. Ollero señalaba: “Esto lleva a pensar que quien lo proclamara en el arranque de una pandemia como la experimentada estaría transmitiendo a la población que estaba en condiciones de ponerle fin en uno o dos meses”. Y concluía: “A lo largo del desarrollo del estado de alarma se han expresado no pocas majaderías. Incluso por portavoces autorizados, pero es de justicia reconocer que no se ha llegado a este extremo. Sería precisa una interpretación bastante tortuosa para esquivar el citado precepto constitucional”. 

En aquel momento, últimos de junio, la ponencia de González Trevijano, pues, era considerada un "extremo" de "majadería" por Ollero. Conde-Pumpido, a su vez, señalaba que la ponencia “no resuelve, sino que crea un grave problema político al desarmar al Estado contra las pandemias privándole del instrumento que la ley determina expresamente para hacer frente a las crisis sanitarias, el estado de alarma”. 

Si bien el miércoles 14 se había acordado informar del contenido de la sentencia durante la semana siguiente -es decir, esta semana- una vez que se entregaran los cinco votos particulares previstos, la mayoría conservadora filtró a los medios la sentencia aprobada. Ya antes de la primera deliberación en junio, la mayoría difundió la ponencia de González Trevijano. Ahora la mayoría quería copar todo el fin de semana los medios de comunicación con sus argumentos.

Conde-Pumpido, que tenía pendiente dar un repaso a su voto particular, decidió entregarlo a sus colegas del Tribunal Constitucional primero y ponerlo a disposición de los medios más tarde. Sus argumentos cortocircuitaron la campaña de la mayoría derechista que sacó adelante la inconstitucionalidad. 

En el pleno extraordinario de este martes y miércoles, otro recurso de Vox contra la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, y la mesa, será debatido por el Tribunal Constitucional, por haber acordado, durante la pandemia, la suspensión de plazos de presentación de enmiendas. El ponente es el magistrado conservador Antonio Narváez. 

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