Política

¿Quién entra en la amnistía y quién queda fuera?

Junts ve asegurado que los casos de Tsunami y los CDR queden dentro de la ley mientras que ERC tiene dudas

5 min
Las pancartas de Tsunami Democrático, en las torres venecianas

BarcelonaLo más difícil de establecer en la ley de amnistía ha sido su alcance. Ómnium Cultural cifró en 1.400 personas las candidatas a la amnistía y otras fuentes reducen esta cifra hasta las 300. En cualquier caso, serán los jueces los encargados de aplicar un texto que se prevé que se registre en las próximas horas. ¿Quién quedará dentro y quién fuera del perímetro del olvido judicial? Este debate retrasó el pacto entre Junts y el PSOE en la última semana y también ha generado dudas de última hora en Esquerra. En todos los casos debe aplicarse en un plazo de dos meses una vez entre en vigor la ley (todavía debe pasar todo el trámite parlamentario y no será previsiblemente hasta el próximo año), pero los jueces pueden maniobrar para retrasar su aplicación si elevan una cuestión de constitucionalidad al Tribunal Constitucional o una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En todo caso, durante este período queda explícitamente prohibido tomar ninguna medida cautelar, como la prisión preventiva. A continuación desgranamos las causas que entran en la amnistía y las que no según la última versión de la ley.

Las causas del 9-N y el 1-O

El primer artículo de la ley deja claro que quedan amnistiados todos los actos vinculados directamente a las consultas del 9 de noviembre de 2014 y del 1 de octubre de 2017, ya sea en el ámbito penal, administrativo o contable, tanto los vinculados a su "preparación" como a sus "consecuencias". Por tanto, en este sentido, están amparados en la amnistía los diferentes casos pendientes en el Tribunal de Cuentas y también la causa del 1-O por la que están exiliados el ex president Carles Puigdemont y los ex consellers Toni Comín y Lluís Puig, además de la secretaria general de Esquerra, Marta Rovira. Puig i Comín podrían volver una vez que el Tribunal Supremo aplique la amnistía en su caso, pero ¿qué pasaría en el caso de Puigdemont y Rovira, que también están investigados por terrorismo en la Audiencia Nacional?

Además de los líderes políticos, también se beneficiarían de la amnistía los encausados en el juzgado 13 de Barcelona, donde están encausados altos cargos del Govern del 2017; y también Josep Maria Jové, Lluís Salvadó y Natàlia Garriga, los tres pendientes de juicio en el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya por su papel en la organización del referéndum del 1-O.

Los casos de "terrorismo" de Tsunami Democràtic y los CDR

A diferencia del resto de causas amparadas por la ley de amnistía, en la que se describen los hechos y también se citan los delitos concretos, no ocurre así en el caso del terrorismo, por lo que están encausados los CDR y también Puigdemont y Rovira (y una decena de personas más) por Tsunami Democràtic en la Audiencia Nacional. De hecho, por el contrario: la ley deja claro que se excluyen las causas de terrorismo siempre que haya sentencia firme. Y en este hecho, la "sentencia firme", está la clave, según fuentes de Junts.

El partido de Carles Puigdemont considera que los casos de Tsunami Democràtic y los CDR están igualmente incluidos en la ley de amnistía. ¿Cómo? Según estas fuentes, porque ambos casos son actos relacionados con la reivindicación de la independencia –comprendido en la ley– y porque no hay sentencia firme ahora mismo –están en proceso de investigación–. Así, defienden que el juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón debe aplicar en un plazo de dos meses la amnistía también a los investigados en esta causa. ¿Por qué no han incluido explícitamente el delito de terrorismo en el ámbito de los tipos penales amnistiados? Los negociadores temían que no pasara el filtro del Tribunal Constitucional ni de la justicia europea.

Sin embargo, desde Esquerra no ven clara la fórmula finalmente pactada entre Junts y el PSOE y este mismo lunes han detenido su firma en la ley para revisar bien este supuesto.

Las causas no relacionadas con las votaciones

Aparte de las causas del 9-N y el 1-O, también se incluyen las causas "que no se encuentren directamente relacionadas" con las votaciones y que reúnan las siguientes características:

  • Los actos con la "intención de reivindicar, promover o procurar la independencia de Catalunya" y que puedan estar encausados por usurpación de funciones públicas o malversación relacionados con las votaciones. También se incluirán las tareas de "divulgación" del Procés, la búsqueda de apoyos a la independencia o la recogida de experiencias similares. En este apartado, pues, quedarían amparadas las investigaciones en marcha sobre la actividad exterior de la Generalitat y también la causa del sottogoverno de 2017.
  • También quedarán amnistiadas las causas, aunque no estén directamente vinculadas al Procés, de quienes hayan prestado "asistencia, colaboración, asesoramiento, representación o protección y seguridad a los responsables" de promover la independencia. De esta forma estaría incluida la causa que afecta al jefe de la oficina del ex president, Josep Lluís Alay, por haber representado a Puigdemont en el referéndum de Nueva Caledonia, o también al ex conseller Miquel Buch y al agente de los Mossos d 'Escuadra Lluís Escolà, condenados por haber puesto escolta al ex president en Bélgica.
  • Asimismo, quedan comprometidas las causas que estén relacionadas con los desórdenes públicos o atentado contra la autoridad, lo que deja dentro de la amnistía a todos los investigados por las movilizaciones postsentencia del año 2019. Según la interpretación de los negociadores de la ley, aquí es donde se ampararían los casos de Tsunami y de los CDR.

Los policías

La ley incluye también la amnistía a los policías que reprimieron el 1-O, ya que incorpora "las actuaciones policiales dirigidas a dificultar o impedir la realización" de las votaciones del Procés. Pero con excepciones: no se incluirán las conductas consideradas como delitos de torturas o tratos inhumanos y degradantes. Ahora mismo habría 132 policías y guardias civiles encausados por el Procés y, por tanto, todos ellos son candidatos a ser amnistiados. Ahora bien, es muy difícil saber cuántos de estos agentes entran en los supuestos de la ley, aunque los expertos consultados consideran que está claro que, por ejemplo, no pueden ser amnistiados quienes causaron lesiones vitales, como el agente que disparó el balón de goma que dejó sin un ojo a Roger Español.

Borràs y Boye

De la lectura de la norma no se desprende que se pueda incluir el caso de la presidenta de Junts, Laura Borràs, en la amnistía, pero sí hay un párrafo en el que fuentes de Junts aseguran que cabe el abogado Gonzalo Boye. Es el que hace referencia a los actos "vinculados directa o indirectamente" a los "líderes" del Procés para las personas que hayan prestado "asistencia", "colaboración" o "asesoramiento" de cualquier tipo. Sería el mismo apartado por el que también entran Alay o Buch.

Ahora bien, los socialistas rechazan que Boye se pueda amparar en la ley, ya que argumentan que la Audiencia Nacional lo investiga por un caso de blanqueo de capitales vinculado a Sito Miñanco, en absoluto relacionado con el Procés o con sus líderes.

stats