Negociaciones

La malversación y el terrorismo, la piedra en el zapato de la amnistía

El Supremo podría cuestionar ante el TJUE el olvido judicial del Procés por estos delitos

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El magistrado instructor del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, a las puertas del alto tribunal, en una imagen de archivo.

MadridEl acuerdo por la ley de amnistía es una realidad -al menos con ERC— y busca beneficiar de forma amplia a los represaliados por causas vinculadas al Procés, sea por delitos de malversación o incluso de terrorismo, como es las de los CDR y el Tsunami Democràtic que se investigan en la Audiencia Nacional. Precisamente, estos delitos son los más delicados porque pueden entrar en colisión con el derecho europeo, la última estación donde la derecha confía en poder detener la aplicación de la amnistía. Otra de las paradojas del Procés es que si primero era el independentismo quien se encomendaba a Europa contra la persecución judicial española, ahora pasará a ser la derecha judicial quien lo hará.

Como explican a el ARA dos juristas que conocen bien el funcionamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) pero que piden preservar el anonimato, la justicia comunitaria puede entrar en acción si el perímetro de la amnistía resulta incompatible con el derecho europeo. Y en este punto señalan la malversación: "Dado que los fondos públicos españoles están integrados en parte por fondos europeos, la amnistía de este tipo de delitos sería relevante para el derecho de la UE", subraya una de ellas. Coincide la otra, que especifica que habría que demostrar que el dinero malversado tiene origen en fondos europeos. Esto donde mejor se puede dirimir es en el procedimiento del Tribunal de Cuentas. "Si simplemente son fondos de la Generalitat desviados del presupuesto, en principio no debería entenderse que se defrauden fondos europeos", apunta.

En la última visita a Bruselas del líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, se reunió con el comisario de Justicia, Didier Reynders, y explicó que el dirigente belga le trasladó que estudiaría con detenimiento la amnistía cuando viera la luz por si va en contra de los principios básicos del derecho europeo. Y concretamente mencionaba "el borrado del delito de malversación" como una pata "sensible" y que, en casos como Polonia, ha supuesto la congelación de la entrega de fondos europeos.

Pero la malversación no es la única piedra en el zapato de la amnistía. El de terrorismo es otro de los delitos que el tratado de funcionamiento de la UE establece que deben combatirse con criterios comunes. Ahora bien, una de las dos fuentes consultadas considera que, a diferencia de la malversación, no está tan claro que entre en conflicto con el derecho europeo y que sería "discutible". Para salir de dudas, el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional -dos tribunales con causas abiertas por malversación y terrorismo- cuando se aprobara la amnistía podrían elevar una cuestión prejudicial ante el TJUE para preguntar si la ley de olvido judicial es contraria al derecho comunitario en este ámbito.

La vigencia de las euroórdenes

Otro de los obstáculos que podrían encontrarse los exiliados tiene que ver con las órdenes de detención, según estos dos expertos consultados por el ARA. "Mientras una orden de detención española esté vigente, la euroorden seguirá en vigor. La aprobación de una ley de amnistía no anula ni suspende por sí misma las euroórdenes", opina uno de los juristas. Debería ser el juez Pablo Llarena, pues, quien las levantara para que los exiliados pudieran volver a Catalunya libremente, cree.

Hay dos sentencias que la defensa de los exiliados han analizado y que indican qué efectos puede tener la amnistía sobre las euroórdenes y el estado que las habría ejecutado –en su caso Bélgica–. Este par de resoluciones judiciales, consultadas por el ARA, aseguran que, efectivamente, el juez que debe decidir sobre la euroorden puede negarse a ejecutarla si la persona afectada ha sido amnistiada. Ahora bien, también dicen que deberá verificar si este perdón es aceptable o no, teniendo en cuenta el principio de que los delitos deben perseguirse y no pueden quedar impunes si no es por razones justificadas de interés público y sin recurrir a la arbitrariedad. Y si estos delitos son de malversación, que la UE vincula a la corrupción, el umbral de la justificación es mayor.

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