Nicolás García: "La sedición sólo tiene sentido para castigar la disidencia"

Entrevista al catedrático de derecho penal en la Universidad de Castilla-La Mancha

Aleix Moldes
2 min
Nicolás García: “La sedició només té sentit per castigar la dissidència”

BarcelonaNicolás García Rivas (Madrid, 1959) es catedrático de derecho penal de la Universidad de Castilla-La Mancha y forma parte del Grupo de Estudios de Política Criminal que prepara una propuesta para reformar los artículos de rebelión y sedición. Precisamente ayer fue a la Universidad de Barcelona para participar en un seminario sobre la sentencia del Procés.

¿En qué sentido debería girar la modificación de los delitos de rebelión y sedición que el gobierno español ha puesto ahora sobre la mesa?

Al menos desde 2007 propugno que el delito de sedición debe desaparecer. En el siglo XIX se planteó como un delito susceptible de ser aplicado en un estado de guerra. Por tanto, no se pensaba en simples desórdenes públicos. Cuando en 1995 el Código Penal cambia y la rebelión pasa a ser un delito contra la Constitución, la función de la sedición deja de tener sentido, excepto si lo que se quiere es castigar la disidencia. Lo que sería legítimo sería añadir al delito de atentado a la autoridad una cláusula de agravante cuando se hace de manera colectiva. Y, con respecto a la rebelión, habría que modificarla quizás aclarando que la violencia debe ser física y no espiritual, como parece que diga la sentencia del Procés. También se debería prever un tipo agravado para los casos de insurrección armada.

Ahora puede parecer que se trata de una reforma ad hoc para la nueva etapa de diálogo que defienden el PSOE y ERC.

ad hocLa reforma se debería haber hecho hace mucho tiempo. Pero como estos delitos no se aplican nunca, cuando llega el día que alguien decide aplicarlos es cuando parece que deben reformarse. Algo parecido ha ocurrido con el abuso y la violación. Hasta que no ha llegado la sentencia de la Manada parecía que nadie se había dado cuenta de que había dos modalidades contra la libertad sexual.

¿Cómo se beneficiarían los condenados por el Supremo?

Se aplica la retroactividad favorable. Si desaparece la sedición, quedarían absueltos ex post. Lo que propongo no coincide exactamente con esto, porque creo que se debería trasladar la calificación que se hizo en octubre de 2019 en la nueva regulación y, tal vez, en vez de 13 años de prisión pasarían a ser 4. No significaría una absolución, pero sí una condena mucho más baja.

¿La reforma del Código Penal es más efectiva que un indulto o una amnistía en este caso?

El indulto y la amnistía son decisiones políticas. Desde el punto de vista político-criminal, queda mucho mejor una modificación legal del delito: no se absuelve políticamente a nadie. Pero esto es una cuestión política.

¿Por qué en la mayoría de países europeos no existe la sedición?

Es que la sedición es un delito propio de un estado autoritario. No tiene sentido castigar con estas enormes penas un colectivo de personas que intentan que no se ejecute una orden judicial. En Europa no tiene mucho sentido todo esto.

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