La reforma de la sedición condiciona el futuro de los exiliados

La revisión del delito alteraría las euroórdenes y una hipotética extradición

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Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí durante la rueda de prensa después de que la justicia europea los devuelva provisionalmente la inmunidad

MadridLos indultos se divisan como un escenario probable que más temprano que tarde permitirá la salida de la prisión de los líderes independentistas condenados por el Procés. La medida de gracia, sin embargo, no afectará a los exiliados y, una vez la amnistía no ha triunfado en su efímero paso por el Congreso, la reforma del delito de sedición se presenta como la vía que puede variar la situación de los que están en el extranjero. 

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, prometió una propuesta antes de acabar el 2020 pero ahora la incógnita es si la llevará al consejo de ministros antes del verano. Esto es lo que espera Jaume Asens, líder de En Comú Podem en Madrid, que el martes celebró que "se reactivara el compromiso”. Hizo referencia a un artículo del diario El País que aseguraba que el gobierno español se planteaba acelerar la reforma para así reforzar los argumentos del indulto, pero ningún ministro lo ha confirmado. La vicepresidenta tercera, Yolanda Díaz, se reunió con Campo el martes y su equipo explica que hablaron más bien de los indultos. El entorno a Asens prefiere no decir hacia dónde avanzan las conversaciones con el ministerio.

El presidente de Unidas Podemos en el Congreso abanderó una propuesta de reforma ya hace un año que planteaba eliminar el concepto “tumultuario” y especificar que el alzamiento “violento” requiere el uso de “armas u otros medios peligrosos”. Esta fórmula provocaría que los hechos del referéndum y el 20-S de 2017 no encajaran con el nuevo redactado y la sedición tuviera que decaer de las acusaciones. Sus efectos serían parecidos al de la derogación del delito –que es lo que reclaman los independentistas y lo que inicialmente defendía Asens–. Este escenario provocaría automáticamente la absolución de los condenados por este delito y el sobreseimiento en el caso de los exiliados. La amenaza de la prisión seguiría, sin embargo, con la malversación. De momento, la Moncloa no ha dado muchas pistas más allá de que quiere actualizar el Código Penal y “homologarlo” con los otros países, pero Campo no ha hablado nunca de derogar la sedición.

Así, las opciones serían modificar los tipos penales, rebajar las penas pero mantener el delito tal como está, o las dos a la vez. Los magistrados del Tribunal Constitucional que emitieron un voto particular a la sentencia que avalaba la condena del Supremo, Juan Antonio Xiol y María Luisa Balaguer, subrayan la “indeterminación” del redactado, y hacen énfasis en la “desproporción” de las penas. De hecho, en su escrito recuerdan que una manera –extraordinaria– de solucionar la inadecuación que se produce entre el castigo y la infracción es el indulto y la reforma del Código Penal. En caso de que solo se modificaran las penas, Manuel Marchena tendría que recalcularlas en una nueva sentencia. Tal como recuerda el abogado Jaume Alonso-Cuevillas en conversación con el ARA, la malversación podría pasar a ser el delito dominante en los casos de Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa. Los que solo fueron condenados por sedición sí se verían muy beneficiados. Si también cambian los elementos típicos –lo que hace que el delito se cometa–, Marchena tendrá que valorar si puede mantener la condena. 

Para los exiliados, se abre un escenario más incierto. Excepto el ex conseller Lluís Puig y la exdiputada de la CUP Anna Gabriel, el resto están procesados por rebelión, pero la abogada penalista Laura Parés recuerda que con la sentencia del juicio en la mano, no sería posible que en un hipotético juicio contra el ex president Carles Puigdemont se lo pueda condenar por rebelión. Técnicamente, la Fiscalía podría mantener esta acusación, pero fuentes del Supremo apuntan que tendría que rebajarse a los delitos aplicables en la nueva situación: sedición si la reforma solo ha implicado una rebaja de penas y otros si se ha modificado de tal manera que ya no encaje con los hechos.

Adaptar las euroórdenes

Las implicaciones en un proceso en el Estado se darían en el supuesto de que el juez instructor, Pablo Llarena, consiguiera la extradición. En caso de que se reformara la sedición, fuentes del Supremo explican que el magistrado tendría que “adaptar” las euroórdenes a las nuevas circunstancias. En función del alcance de la modificación del delito, se podría dar el escenario de que Llarena solo pudiera solicitar la extradición por malversación. Bélgica rechazó la petición contra Puig cuestionando la competencia del Supremo y ahora el Tribunal de Luxemburgo tiene que dirimir sobre las euroórdenes. Si Meritxell Serret, que volvió, acaba siendo juzgada en Catalunya, esto podría afectar también a los exiliados que no tengan indicios sólidos de malversación.

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