Tribunales

Revés del TC en PP-Vox: avala que el CGPJ no pueda realizar nombramientos mientras está en funciones

La mayoría progresista se ha impuesto a los cuatro magistrados conservadores

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El pleno del Tribunal Constitucional, en una imagen reciente

MadridEl Tribunal Constitucional de mayoría progresista avala la maniobra de Pedro Sánchez para evitar que un Consejo General de Poder Judicial (CGPJ) de mayoría conservadora y con el mandato caducado haga nombramientos. Tal y como avanzaba El País, los siete magistrados propuestos por el PSOE y Unidas Podemos se han impuesto a los cuatro impulsados ​​por el PP y dictarán una sentencia que da por válida la reforma legal que el Congreso aprobó en marzo de 2021, a instancias de los partidos de la coalición de gobierno en el Estado, por despojar de ciertas atribuciones al CGPJ. Básicamente, de la facultad de nombrar magistrados al Tribunal Supremo, donde por ahora hay 23 vacantes. Una situación que el presidente interino del alto tribunal, Francisco Marín, calificó de "desoladora" durante el acto de apertura del año judicial a principios de septiembre.

El pleno del TC ha rechazado, pues, el recurso que Vox había presentado contra aquella reforma legal. La ponente de la sentencia ha sido la catedrática en derecho constitucional María Luisa Balaguer, quien también se encargará de redactar la resolución que rechace el recurso que también había elevado al PP. Inicialmente, la labor había recaído en el juez César Tolosa, que proponía tumbar la nueva ley del PSOE y Unidas Podemos, pero la mayoría progresista ha votado en contra. En los próximos días se dará a conocer la sentencia completa y los votos particulares de los cuatro magistrados de la derecha.

Una de las patas fundamentales del debate se centraba en si es constitucional que una proposición de ley del Congreso elimine competencias de una institución del Estado como es el CGPJ. La Carta Magna fija que será una ley orgánica la que determine las funciones del CGPJ y es esa misma norma la que la cámara baja modificó para matizar las atribuciones del órgano de gobierno de los jueces mientras estuviera en funciones. El bloque progresista cree, pues, que no se vulneró la Constitución. De hecho, lo que expresamente dice la Carta Magna es que el CGPJ tiene un mandato de cinco años: incumplir esta circunstancia, que es lo que motivó que se recortaran funciones en el órgano, sí va en contra de la Constitución.

Los argumentos

Precisamente, la sentencia dice que prohibir ciertas competencias pasados ​​estos cinco años no es contrario a la Carta Magna. Se deben poder poner "límites estrictos para evitar que este órgano, en situación de prórroga por la concurrencia de una anomalía institucional, comprometa la capacidad de decisión futura del gobierno del poder judicial", sobre todo en las decisiones a adoptar que tengan " un alto grado de discrecionalidad". En cambio, los cuatro magistrados conservadores dirán en su voto particular que no es cierto que las funciones del CGPJ estén vinculadas "al normal desarrollo del CGPJ durante el mandato de cinco años" y que el incumplimiento del Congreso y el Senado de renovar el órgano de gobierno de los jueces "no le habilita para despojarle de sus funciones".

En este sentido, el bloque de la derecha considera que la división de poderes exige que el poder legislativo "no desnaturalice la configuración constitucional del CGPJ como órgano autónomo creado para la defensa de la independencia judicial". Los cuatro magistrados creen que la reforma legal es una "alteración esencial de la función que tiene el órgano de gobierno de los jueces, que le atribuye la Constitución".

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