Terrorismo, traición y corrupción: los cambios en la redacción de la ley de amnistía
El PSOE, Junts y Esquerra incorporan parte de las recomendaciones de Venecia, pero ignoran otras
BarcelonaEl PSOE, Junts y Esquerra han llegado a un nuevo acuerdo para la ley de amnistía para introducir cambios en el redactado. ¿Con qué objetivo? Oficialmente "reforzar" la norma: para Junts esto implica que se incluyan todos los encausados del Proceso, mientras que para ERC y el PSOE significa mejorarla pero sin cambiar su alcance: para ellos ya incluía a todo el mundo con la versión anterior. A continuación especificamos cuáles son los cambios de la norma:
Terrorismo
Hay cambios en el apartado de terrorismo de la ley, pero se mantiene su exclusión. Si hasta ahora el texto decía que se excluirán de la amnistía "los actos tipificados como delitos de terrorismo castigados en el Capítulo VII del Título XXII del Libro II del Código Penal que hayan consistido en la comisión de alguna de las conductas comprendidas en la Directiva UE 2017/541/ [...] siempre que, de forma manifiesta y con intención directa, hayan causado violaciones graves de derechos humanos". Ahora se elimina la referencia al Código Penal español por citar sólo a la directiva europea y se suprime la palabra delito: "Los actos que por su finalidad pueden ser calificados como terrorismo, según la Directiva 2017/541 del Parlamento Europeo y el Consejo [...], relativa a la lucha contra el terrorismo y, a su vez, hayan causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos, en particular las reguladas en los artículos 2 y 3 del Convenio Europeo para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, y en el derecho internacional humanitario".
Con este cambio, Junts considera que queda garantizado que las causas de Tsunami, donde están imputados el expresidente Carles Puigdemont y los CDR entran en la ley de amnistía. "Ahora hay entre 150 y 200 personas que pueden estar tranquilas gracias a estos cambios", han asegurado fuentes de Junts, pese a que Esquerra considera que son cambios "estéticos" y no tienen ningún efecto real porque con la anterior redacción ya primaba el derecho internacional.
Alta traición
Se utiliza la misma fórmula que con el terrorismo, en el sentido de que se hace referencia al derecho internacional. Ahora bien, se mantiene la cita en el Código Penal español. Lo que se hace, en este caso, es añadir condicionantes, al haber existido bastante física: si bien antes sólo se citaba la legislación estatal, ahora se añade una referencia a las Naciones Unidas. "Los actos tipificados como delitos de traición y contra la paz o la independencia del Estado y relativos a la defensa nacional del Título XXIII del Libro II del Código Penal, siempre que se haya producido tanto una amenaza efectiva y real como uno uso efectivo de la fuerza en contra de la integridad territorial o la independencia política de España en los términos establecidos en la Carta de las Naciones Unidas o en la resolución 2625 de la Asamblea General de las Naciones Unidas", queda ahora el articulado .
Malversación
Se incorporan a la norma las recomendaciones de la Comisión de Venecia en la cuestión de la malversación, ya que el informe de la Comisión pedía que hubiera una estrecha relación entre el Proceso y las conductas tipificadas con este delito para evitar que haya "arbitrariedad" a la hora de amnistiar delitos de corrupción. Por eso, los partidos enmiendan también el artículo 1 de la ley que recoge los actos que se amparan en la amnistía y queda así: "Se entenderán comprendidos [en la amnistía] los actos tipificados como delitos de usurpación de funciones públicas o de malversación, únicamente cuando estén dirigidos a financiar, sufragar o facilitar la realización" del 9-N, del 1-O o dedicados a promover la secesión de Cataluña, "siempre que no haya existido un propósito de enriquecimiento".
Por tanto, más que ampliar el alcance de la amnistía, se restringe su perímetro para que todo lo que tiene que ver con malversación esté directamente relacionado con los referendos o con el Proceso. ¿Esto perjudica a personas que tenían casos de malversación no relacionados directamente con el 1-O? ¿Cómo el caso del jefe de la oficina del expresidente Carles Puigdemont, Josep Lluís Alay en el caso de Nueva Caledonia? Según Junts no, que interpreta que quedan amparados en la amnistía porque en estos casos no ha habido ningún enriquecimiento personal. Esquerra, a su vez, interpreta que con el nuevo texto queda blindado que la amnistía afecta a todas las personas encausadas en el juzgado número 13 por el 1-O, así como a Josep Maria Jové, Lluís Salvadó y la consellera Natàlia Garriga, a la que deben juzgar el 10 de abril por los preparativos del referéndum.
Pero también se añade un nuevo artículo para combatir la interpretación que el Tribunal Supremo hizo sobre la última reforma del Código Penal en relación a la malversación: "No se considerará enriquecimiento la aplicación de fondos públicos a los fines previstos" para realizar las votaciones sobre la independencia. "El hecho de destinar dinero a partidas que no fueran legales no quedará fuera de la ley", dicen fuentes republicanas. Cabe recordar que el alto tribunal esquivó el último cambio del Código Penal pactado entre ERC y el PSOE para despenalizar a los investigados por malversación por el 1-O argumentando que, pese a no haberse enriquecido personalmente, sí habían destinado fondos públicos a fines ilícitos porque hicieron un referéndum ilegal.
Torturas
Otra de las cuestiones que se retocan en el articulado es la exclusión de la amnistía de los actos de tortura. Se añade que quedan fuera de la ley los "actos tipificados como delitos de tortura o tratos inhumanos [...], a excepción de aquellos tratos que no superan un umbral mínimo de gravedad por no resultar idóneos para humillar o degradar una persona o mostrar una disminución de su dignidad humana, o por provocar miedo, angustia o inferioridad de una forma capaz de romper su resistencia moral y física". De esta forma, los partidos interpretan que dejan fuera a los policías encausados por actos de violencia intencionados contra los votantes del 1-O.
Multas
Los tres partidos también pactan incorporar el regreso de las multas de la ley mordaza impuestas en el marco del Proceso. Ahora mismo no se da derecho a las cantidades que ya se han pagado por los casos relacionados con el Proceso en el ámbito penal, pero sí se añade como excepción que estas multas de carácter administrativo se podrán reclamar de forma individual a la Generalidad.