El Supremo bloquea el derecho a voto de los nacionalizados con la ley de nietos hasta que demuestren que son descendientes de exiliados
La sala contencioso-administrativa del alto tribunal ha aceptado la medida cautelar que solicitaron Vox e Iustitia Europa
MadridEl Tribunal Supremo ha accedido a las pretensiones de Vox y de Iustitia Europa –un partido extraparlamentario habitual en las causas que rodean al PSOE– y ha paralizado temporalmente el derecho a voto de las personas que hayan obtenido la nacionalidad española a través de la conocida como ley de nietos. Es una medida cautelar que ha adoptado hasta que dicte una sentencia definitiva y mientras los consulados españoles no “expidan certificación acreditativa” de su condición de descendientes de exiliados. Esto interpela a los “nacidos fuera de España, de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles”, que sufrieran exilio por “razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación de identidad sexual” y que “hubieran perdido o renunciado” a la nacionalidad española. Esta es la frase textual que aparece en la ley de memoria democrática.
Lo que hace el Supremo es trazar una distinción entre esta norma, aprobada en octubre de 2022, y una instrucción publicada cinco días después de que entrara en vigor la ley y firmada por la directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente. El PP la puso en el ojo del huracán porque es la hermana del ministro Óscar Puente. “Amplió la ley sin competencias y ha convertido este proceso en un colador”, han criticado los populares. Hace dos meses, Hazte Oír presentó una querella contra ella por prevaricación, que continúa a la espera de que la Fiscalía se pronuncie.
La instrucción iba más allá que la ley y establecía que, para conseguir la nacionalidad, se presumiría la condición de exiliados a “todos los españoles” que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 –con el golpe de estado de Francisco Franco– y el 31 de diciembre de 1955. Solo haría falta acreditar la salida del territorio español mediante, por ejemplo, el sello en el pasaporte o las inscripciones de matrimonio, de nacimiento de hijos o de defunción.
El alto tribunal suspende la inscripción en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) de las personas que hayan obtenido la nacionalidad española por aplicación de la ley de memoria democrática, aunque permite que se continúe la “tramitación del correspondiente expediente” hasta que concluya. Respecto a las personas que ya estén inscritas, suspende los “efectos electorales” de cara a los “sucesivos procesos electorales que puedan convocarse”. Es decir, no podrán votar.
Asimismo, el Supremo pone deberes a la Oficina del Censo Electoral. Le ordena que desglose entre las personas que se han inscrito en el CERA fruto de una “directa aplicación” de los “supuestos de exilio previstos” en la ley de memoria democrática y las que se han beneficiado de la “interpretación” que hizo de ella la instrucción. Uno de los seis magistrados de la sala del Supremo ha anunciado que formulará un voto particular. Desde la Moncloa, la portavoz del gobierno español, Elma Saiz, ha reaccionado poco después de conocerse la noticia: “No compartimos la decisión, pero confiamos en la imparcialidad de la Justicia”.
El PP y Vox aplauden la noticia
En cambio, tanto el PP como Vox se han apresurado a bendecir la noticia. “Teníamos razón”, se ha limitado a celebrar Alberto Núñez Feijóo en X. “El gobierno español pretendía, con toda la desfachatez, deprisa y sin garantías, alterar las elecciones generales para que Sánchez se perpetuara en el poder y se ha topado con un estado de derecho que funciona”, ha proclamado la número 3 del PP, Alma Ezcurra, en un vídeo remitido a los medios. “Nos felicitamos por el varapalo de la justicia”, ha añadido, a pesar de que los populares no recurrieron a los tribunales.
Por su parte, la formación de Santiago Abascal, que hace tiempo que prepara el terreno para cuestionar el resultado de las próximas elecciones españolas, ha sacado pecho de haber conseguido “suspender el intento de manipulación del censo electoral para alterar las elecciones”. La portavoz del partido de extrema derecha en el Congreso, Pepa Millán, ha aprovechado para reprochar a los populares que se cuelguen medallas: “Unos se limitaron a avisarlo y otros hemos conseguido detener el objetivo de Pedro Sánchez de perpetrar un golpe en las próximas elecciones”, ha dicho en una breve declaración en la cámara baja.
La vista en el Supremo
La decisión del Supremo llega 24 horas después de que se celebrara una vista para confrontar los argumentos de Vox e Iustitia Europa con los postulados del gobierno español. Jorge Buxadé, coordinador jurídico del partido de extrema derecha, justificó que la suspensión del derecho a voto era necesaria para evitar que el censo electoral continúe “aumentando de manera anómala”. Por su parte, Luis María Pardo, presidente de Iustitia Europa, esgrimió que estaba “en juego” la “certeza del proceso democrático” y defendió que una futura sentencia favorable no podría “reconstruir con certeza unas elecciones ya celebradas”.
En cambio, la abogada del Estado –en representación del gobierno español– los acusó de basarse en “riesgos hipotéticos y eventuales” y sostuvo que suspender las altas en el CERA vulneraría el derecho del sufragio activo: “¿Cómo podría privarse de derechos judiciales a personas que han adquirido una nacionalidad por actos administrativos firmes?”, se preguntó.