Catalán en las aulas

¿Todo el mundo puede pedir el 25% de castellano en las aulas?

Los expertos advierten que la ley legitima a cualquier entidad para pedirlo, pero son partidarios de restringirlo

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Niños en el patio de la escuela Hace falta Maiol de Barcelona

BarcelonaLa Asamblea por una Escuela Bilingüe, Impulso Ciudadano, Hablemos Español, Convivencia Cívica Catalana, la asociación de la Guardia Civil Jucil y Vox. Desde un partido de extrema derecha a una asociación policial, diferentes entidades han pedido en la última semana al Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) que obligue a la Generalitat a cumplir la sentencia que fija un 25% de presencia del castellano en las aulas. ¿Pero todo el mundo está legitimado para dar este paso? Aunque la ley permite esta posibilidad, hasta ahora los tribunales se han decantado por restringir esta habilitación.

Pasados los dos meses que la ley de la jurisdicción contenciosa administrativa da a los demandados para cumplir la sentencia, se abre un nuevo periodo –de tiempo indefinido– en el que se permite que los denunciantes u otras “personas afectadas” por la resolución puedan pedir la ejecución forzosa. El ministerio de Educación no ha movido ficha, un inmovilismo que el presidente de la comisión de Derecho Administrativo del Colegio de Abogados de Barcelona, Alejandro Jiménez Marconi, no ve extraño. Explica que a menudo, en litigios entre administraciones, se da una especie de pacto de caballeros por el que la administración demandante, por “lealtad institucional”, da un margen más amplio a la condenada para que cumpla.

El problema es definir quiénes son los otros afectados. “De quién son las partes no hay ningún tipo de duda, pero el término personas afectadas ha dado pie a una interpretación más amplia. Tendrán que justificar muy bien por qué se consideran afectados”, advierte Jiménez. Lo mismo piensa la juez Prat Escoda, portavoz en Catalunya de la asociación Juezas y Jueces por la Democracia, que se muestra partidaria de establecer “un cierto límite” y restringir el acceso a la causa a las entidades con un “interés mínimamente directo”.

Según Jiménez, en este caso la dificultad es que la sentencia hace un “pronunciamiento general” sobre “cómo se tiene que interpretar el ordenamiento jurídico” y esto “amplía” los grupos que se puedan sentir legítimamente afectados. Jiménez no descarta que el TSJC pueda habilitar a Vox, si entiende que un partido político tiene derecho a discutir sobre el ordenamiento jurídico, o a la asociación de guardias civiles, que alegan que los hijos de los agentes desplazados a Catalunya sufren un agravio comparativo por la lengua.

Jiménez también explica que la ley reconoce la posibilidad de que puedan pedir una compensación por el tiempo que la sentencia no se ha cumplido, como pide Jucil, puesto que la sentencia dice que los alumnos tienen que recibir de manera “efectiva e inmediata” el 25% de castellano. Sin embargo, Escoda recuerda que “no se pueden hacer peticiones abstractas basadas en un daño hipotético” y pide “poner cordura” al caso.

Una cuestión de voluntad política

Para Escoda, todo esto es una cuestión de voluntad política y de buscar una salida en forma de "acuerdo político” entre las dos administraciones. De hecho, recuerda que el TSJC ha tenido que marcar un porcentaje “porque no lo han hecho las administraciones”. La juez cree que la sentencia tendría que ser un punto de partida para reformar la ley. “La lengua no tendría que generarle un problema a nadie, durante muchos años no lo había generado”, dice Escoda, que habla de un conflicto “artificial”.

Generalitat y Estado tendrán que mojarse sobre la legitimidad de las entidades. El tribunal escuchará sus argumentos y decidirá a quiénes acepta. A la hora de valorar el cumplimiento de la sentencia, los magistrados tendrán que evaluar si el departamento de Educación tiene bastante con el pacto al que se han sumado el PSC y los comunes rubricado en el Parlament y la aprobación del nuevo decreto.

Ninguna de las dos medidas es inmediata, como pedía el tribunal. A pesar de todo, Jiménez considera que pueden ser suficientes para acreditar la ejecución de la sentencia, que no tiene límite temporal. El tribunal puede ir haciendo requerimientos a la Generalitat y, en caso de que no recibiera respuesta, puede habilitar a la Fiscalía para que se querelle por desobediencia. El final de la batalla judicial se divisa todavía lejano. 

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