Tribunales

Primera multa anulada en Catalunya por la sentencia del TC que tumba el estado de alarma

Un juzgado contencioso ha dejado sin efecto una sanción impuesta por el Ayuntamiento de Barcelona a una ciudadana

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Un control de la Guardia Urbana de Barcelona durante el primer confinamiento

BarcelonaPrimera multa covid anulada en Catalunya. Un juzgado de Madrid ya había desestimado la semana pasada el cobro de otra sanción impuesta en la capital española contra una joven que se había saltado las restricciones durante el primer confinamiento, de acuerdo con la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que tumbaba el estado de alarma. Ahora el juzgado contencioso número 17 de Barcelona ha aplicado la misma doctrina para echar atrás una multa que impuso el Ayuntamiento de Barcelona a una ciudadana por saltarse las limitaciones impuestas entre marzo y junio de 2020.

La sentencia no da detalles sobre el tipo de infracción que cometió la mujer multada, sobre cuándo se saltó las normas ni la cantidad con la que le sancionaron.

"Resolución nula"

El juzgado se limita a suspender de manera preventiva el cobro de la multa después del recurso de la sancionada. De hecho, en su sentencia, el juez reconoce que la petición de la mujer está "indocumentada" y mal argumentada y dice que si fuera por cualquier otro tipo de multa lo tendría que desestimar. Aun así, el magistrado asegura que tiene que anular la sanción porque la sentencia del Constitucional deja en papel mojado la normativa según la cual se había considerado que la mujer había cometido una infracción. Si no lo hiciera, dice el juzgado, se estaría permitiendo que se aplique una "resolución nula".

En Catalunya, el departamento de Interior abrió más de 170.000 expedientes sancionadores durante el primer estado de alarma, si bien, finalmente, solo se tramitaron 63.626 multas, 23.078 de las cuales ya se han pagado. El Govern insiste en que los servicios jurídicos de la Generalitat continúan estudiando la sentencia del TC para determinar cómo afecta a todos los expedientes.

De hecho, la sentencia del Constitucional no pone en entredicho que se adoptaran restricciones para luchar contra el virus, sino que cuestiona el instrumento que eligió el gobierno español para hacerlo. Los magistrados entienden que, en lugar del toque de queda, el Estado tendría que haber recurrido a un mecanismo mucho más restrictivo aún, el del estado de excepción.

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