Consumo

El Supremo anula varias restricciones a la emisión de publicidad de apuestas online

El decreto sólo permitía la publicidad del juego entre la una y las cinco de la madrugada para proteger a los menores

ARA
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Adolescentes enganchados a las apuestas

BarcelonaEl Tribunal Supremo ha anulado varios artículos del decreto que limita la publicidad de juegos y apuestas, impulsado por el exministro de Consumo Alberto Garzón, al entender que "no tienen la necesaria cobertura legal". La sala contencioso-administrativa estima en parte el recurso de la Asociación Española de Juego Digital contra el Real Decreto de comunicaciones comerciales de las actividades del juego, aprobado en noviembre de 2020 y que llevaría la regulación de los anuncios de apuestas y juegos de azar online. Los jueces han eliminado la limitación que sólo permitía la emisión de publicidad de apuestas entre la una y las cinco de la madrugada, con la salvedad de las retransmisiones deportivas.

La sentencia considera que la publicidad forma parte de la libertad de empresa, aunque admite estar sujeta a límites por parte del Estado para proteger el interés general, por ejemplo, los menores y los derechos de los consumidores . Ahora bien, explica que estos límites y prohibiciones, cuando inciden también en el ejercicio de una actividad empresarial lícita, deben tener suficiente cobertura legal y considera que "determinadas limitaciones o prohibiciones establecidas en el decreto no tienen la necesaria cobertura legal" y, por tanto, las anula.

En concreto, los artículos descartados son los que hacen referencia a la publicidad para captar nuevos clientes, a veces mediante personajes famosos, ya la prohibición generalizada de la difusión de anuncios por radio, televisión e internet, incluidas las redes sociales y las plataformas de vídeo en streaming. Las prohibiciones anuladas se refieren al artículo 13, que prohíbe las actividades de promoción dirigidas a captar nuevos clientes; el artículo 15, sobre la aparición en la publicidad de personajes famosos, y el artículo 23, que veta la difusión de comunicaciones comerciales a través de medios de comunicación. El tribunal también ha anulado el artículo 25.3, sobre la publicidad del juego en plataformas de intercambio de vídeos, y el artículo 26, que limita la posibilidad de realizar la publicidad a través de las redes sociales.

Deben ser límites "proporcionales"

Según la sentencia, el gobierno debe “establecer criterios generales o directrices sobre los que fundar las limitaciones que se pueden establecer y las limitaciones, que deben ser proporcionales a la finalidad que persiguen”, y establecer este tipo de prohibiciones generales no lo es. Por ejemplo, en el caso de la limitación a la publicidad en medios de comunicación de apuestas online, el Supremo concluye que "no es posible limitar la publicidad con un alcance general a todo un medio ante la eventualidad que pueda ser utilizado por menores de edad".

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