El Tribunal Constitucional avala la prohibición de las manifestaciones del 8-M en Madrid

Los magistrados rechazan adoptar la medida cautelar que pedían los sindicatos para que se pudieran hacer concentraciones

ARA
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Un grupo de turistas, en su mayoría franceses, disfrutando del solo este viernes a una terraza de la plaza Mayor de Madrid.

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha avalado este lunes la prohibición de las manifestaciones del 8-M en Madrid dictada por la Delegación del gobierno español en la capital española. Como informa la ACN, en una resolución de urgencia los magistrados han denegado la suspensión cautelar de la prohibición que pedía un recurso de los sindicatos UGT y CCOO. Los dos habían impugnado la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de este sábado por la noche, que también había avalado la prohibición. Con todo, el TC admite a trámite los recursos de los dos sindicatos y emitirá una resolución del fondo de la cuestión más adelante contra la resolución de Tribunal Superior de Justicia de Madrid que prohíbe por razones de salud las concentraciones.

El TC pretende analizar en una sentencia de fondo las cuestiones de constitucionalidad planteadas, que se consideran de especial trascendencia, "para aclarar o modificar su doctrina después del surgimiento de nuevas realidades sociales" y porque "el asunto trasciende del caso concreto, porque plantea una cuestión jurídica relevante y genera repercusión social". Pero, en cambio, ha denegado la medida cautelarísima de suspensión inmediata de la prohibición de las marchas porque "no se aprecia la urgencia excepcional" y, además, porque considera que "el asunto presenta elementos sustantivos específicos que abogan por un estudio meditado y contradictorio de esta petición". Como pasa en este tipo de procedimientos, el TC ha ordenado formar una pieza separada y dar un plazo de tres días a la Fiscalía y a los sindicatos para que formulen las alegaciones pertinentes.

La decisión del Constitucional se ha adoptado en un pleno de urgencia que se ha convocado a las 09.30 h para estudiar estos recursos después de que este domingo el TSJM dictara 5 resoluciones dirigidas sobre el mismo número de recursos presentados por sindicatos y organizaciones feministas contra la prohibición acordada por la Delegación del gobierno español en Madrid. En todas, la justicia madrileña ratifica la prohibición al apreciar "alto riesgo" de contagio y primar el derecho "a la salud, la integridad física y la vida de las personas" al de reunión con el mismo criterio que en los otros tres recursos desestimados la noche de sábado para celebrar actos el domingo. Según los recursos de los dos sindicatos, la sentencia "no analiza de forma concreta" la convocatoria a la cual se aludía en el recurso sino que usa argumentos de carácter "general" para desestimarla.

Desde CCOO y UGT entienden que se tienen que estudiar "un por uno y caso por caso de forma separada", puesto que las características de la concentración que tenían prevista, "con una limitación de asistentes a 250 personas" junto con la presencia de un servicio de orden y en una fecha y hora -lunes a las 12 del mediodía-, convertían este acto en "inofensivo" para la salud pública, según su criterio.

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