Pensiones

Pensiones contributivas y no contributivas: ¿cómo funcionan y quién puede solicitarlas?

Todos los detalles de las pensiones contributivas y no contributivas

PENSIONISTAS MÁS DÉBILES
 Los pensionistas, en riesgo de indefensión de cara a futuras subidas de pensiones.
ARA
14/10/2025
3 min

BarcelonaEl consejo de ministros ha aprobado este año la revalorización de las pensiones contributivas y el aumento de la cuantía anual de las no contributivas. En concreto, a todos los efectos, las primeras han aumentado un 3,8%, y las segundas se han actualizado hasta los 7.905,80 euros por año, que suponen 568,70 euros mensuales en 14 pagas. ¿Pero qué son cada una de estas pensiones y cómo se pueden solicitar?

Las pensiones contributivas

Las pensiones contributivas son las prestaciones económicas otorgadas después de que el beneficiario haya tributado en la Seguridad Social. Por ejemplo, las pensiones por jubilación, por incapacidad o por defunción. Así pues, la cuantía recibida por las pensiones contributivas varía en función de las aportaciones efectuadas por el trabajador durante el período que marque cada prestación.

Jubilación

La pensión de jubilación de la Seguridad Social es una prestación económica de carácter vitalicio que se concede al trabajador cuando, a causa de la edad, cesa en el trabajo. El descuelgue puede ser total o parcial. Dado que existen diferentes modalidades de jubilación, los requisitos para acceder a cada una es diferente.

  • Jubilación ordinaria: Según marca la ley, para acceder a la jubilación ordinaria el trabajador debe haber cotizado al menos 15 años, de los cuales al menos dos deben estar comprendidos en los últimos 15 años, y tener la edad que fije la ley. Actualmente, la edad de jubilación se sitúa a los 66 años y 6 meses para aquellos solicitantes que cuenten con menos de 38 años cotizados. Los contribuidores que hayan cotizado más de 38 años podrán jubilarse a partir de los 65 años.
  • Jubilación anticipada: Es la modalidad legal que permite a los trabajadores retirarse antes de cumplir con los plazos anteriores. Dependiendo de los motivos que hayan llevado al contribuyente a esta situación, los requisitos para acceder serán unos u otros.
  • Jubilación parcial: En la jubilación parcial, el trabajador, después de cumplir los 60 años, decide cobrar parte de su pensión a la vez que percibe un sueldo por su actividad a tiempo parcial en una empresa. Dicho de otra forma, es un sistema que permite trabajar y ser pensionista a la vez.
  • Jubilación flexible: La jubilación flexible está concebida para los pensionistas que quieran regresar al mercado laboral, puesto que pueden compatibilizar la pensión con un contrato a tiempo parcial.

En caso de querer solicitar la pensión de jubilación, los trabajadores que estén de alta en la Seguridad Social podrán solicitarla durante los tres meses anteriores o posteriores a la fecha de fin de su actividad. Las retribuciones por jubilación empezarán a recibirse a partir del día siguiente al del cese del trabajo.

Incapacidad permanente

La pensión por incapacidad permanente, en su modalidad contributiva, trata de cubrir la pérdida de rentas salariales o profesionales que sufre una persona cuando está afectada por un proceso patológico o traumático y en voz reducida o anulada su capacidad laboral. Puede ser parcial, total, absoluta o gran invalidez.

Fallecimiento

Estas prestaciones por muerte y supervivencia se destinan a compensar la situación de necesidad económica que produce, para determinadas personas, la muerte de otras personas. Se clasifican en viudedad, orfandad y en favor de familiares.

Las pensiones no contributivas

Las pensiones no contributivas son prestaciones económicas que se otorgan a ciudadanos que no tienen recursos suficientes para su subsistencia, incluso cuando no hayan cotizado nunca a la Seguridad Social o no hayan cotizado tiempo suficiente para solicitar las prestaciones contributivas. Pueden ser por jubilación o invalidez. La cantidad de la prestación se establece cada año en la ley de presupuestos generales del Estado.

Los requisitos

Para acceder a una pensión no contributiva, sea por invalidez o por jubilación, deben cumplirse los siguientes requisitos generales:

  • No tener ingresos o tener unos ingresos inferiores a 7.905,80 euros anuales, según el cómputo anual para 2025.
  • Si el solicitante convive con familiares, la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su unidad económica de convivencia serán inferiores a determinadas cuantías.

Aparte, en caso de que se quiera pedir la pensión de jubilación, se tendrán que tener en consideración otras obligaciones:

  • Tener 65 años o más.
  • Haber residido legalmente en territorio español durante al menos diez años, entre los 16 años y la fecha de devengo de la pensión, de los que dos años serán consecutivos y anteriores a la solicitud de la pensión.

Y en caso de invalidez:

  • Tener más de 18 años y menos de 65 años.
  • Residir legalmente en territorio español durante cinco años, los dos últimos seguidos justo antes de la fecha de su solicitud.
  • Tener discapacidad o enfermedad crónica en un grado igual o superior al 65%.
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