UE

La justicia europea prohíbe la marca 'Pablo Escobar': "Es contraria al orden público"

El TGUE considera que el nombre del narcotraficante se asocia a un legado que no respeta los valores de la UE

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Pablo Escobar y un equipo de fútbol

BruselasA la justicia europea le llegan cada semana decenas de recursos para registrar todo tipo de marcas y normalmente debe dirimir, por ejemplo, si se parecen demasiado a otros logos ya existentes o se asocian con productos de la competencia. No suele ocurrir, en cambio, que tenga que sentenciar sobre la legalidad de marcas que llevan nombres de grandes delincuentes reconocibles por la mayoría de los ciudadanos de la Unión Europea, como ha ocurrido este miércoles con el de 'Pablo Escobar'.

En la misma línea de lo que había argumentado la oficina de Propiedad intelectual de la UE, el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha ratificado la prohibición del registro de la marca que quería inscribir la empresa Escobar, que fue fundada en 1984 en Medellín (Colombia) por el hermano del famoso narcotraficante, Roberto Escobar. De hecho, es también el grupo que gestiona todos los derechos de propiedad intelectual y la herencia que les dejó Pablo Escobar.

La corte de Luxemburgo asegura que una marca con el nombre del "presunto" delincuente se considera "contraria al orden público ya las buenas costumbres" porque se le asocia con el "tráfico de drogas y el narcoterrorismo", especialmente en España por su relación histórica y cultural con Colombia. "Se asocia más con los crímenes y el sufrimiento [que provocó] que con sus posibles obras a favor de los colombianos pobres", señala el escrito del TGUE.

Decisión judicial

En la misma línea, el tribunal europeo considera que la marca sería "percibida" como contraria "a los valores y normas fundamentales" con los que se basa la Unión Europea, como es la dignidad humana, el estado de derecho o los principios de la democracia.

Así pues, el TGUE concluye que la oficina de Propiedad intelectual de la UE, que tiene su sede en Levante, no vulneró la presunción de inocencia de la empresa Escobar al denegarle el registro de la marca Pablo Escobar desde el primer momento. La solicitud le llegó el 30 de septiembre de 2021 desde un domicilio social situado en Puerto Rico (Estados Unidos). Sin embargo, la sentencia del TGUE, que es la corte de primera instancia de la justicia europea, aún puede recurrirse al tribunal de máxima instancia, al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

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