Inmobiliaria

El gobierno español avisa grandes inmobiliarias y fondos de inversión de la obligatoriedad de aceptar la prórroga de los alquileres

El ministerio de Pablo Bustinduy recuerda la medida a trece grandes tenedores que poseen más de 100.000 viviendas

Viviendas de Barcelona en una imagen de archivo.
ARA
30/03/2026
3 min

BarcelonaEl ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha enviado este lunes una carta a grandes inmobiliarias y fondos de inversión para indicarles que los contratos de sus inquilinos que caduquen entre el 22 de marzo de 2026 y el 22 de diciembre de 2027 deberán prorrogarse siempre que los arrendatarios lo soliciten. El texto enviado por el gobierno se ha dirigido a trece grandes tenedores que concentran más de 100.000 viviendas en toda España, según ha informado el ministerio liderado por Pablo Bustinduy. El ministro ha justificado la carta porque "impera la claridad" y se garantice "el derecho de más de dos millones de compatriotas a prorrogar sus contratos" y que se aplique un tope a la actualización de sus rentas.

Así, la misiva recuerda a estas empresas que la prórroga de los contratos de alquiler será obligatoria una vez el arrendatario la solicite, según el reciente real decreto ley aprobado por el consejo de ministros y que por el momento no cuenta con una mayoría parlamentaria suficiente para ser convalidado en el Congreso. El decreto permite que el inquilino renueve de forma extraordinaria su contrato de alquiler una vez finalice, siempre que la fecha límite del contrato sea entre las fechas previstas. Así pues, la normativa genera un nuevo derecho de renovación del contrato de alquiler por un máximo de dos años que, en caso de activarse, el arrendador deberá prorrogar manteniendo los términos y las condiciones en vigor.

Además, la carta también solicita a las entidades la máxima diligencia para asegurar que se apliquen correctamente las medidas y pide que se adopten mecanismos de procedimientos internos para asegurarse de que se cumplan inmediatamente. De hecho, Bustinduy ha pedido que, "ante las campañas del miedo que han puesto en marcha estos días los lobos inmobiliarios", el máximo número posible de inquilinos soliciten la prórroga. La medida no será aplicable cuando propietario e inquilino acuerden la renovación del contrato de arrendamiento, o bien firmen uno nuevo, con una renta inferior a la que estuviera acordada en el contrato vigente. También se establece una limitación de la actualización anual de la renta del 2%, aunque si el arrendador no es un gran tenedor se deberá llegar a un acuerdo entre las partes.

Pendientes del Congreso

El decreto –que ha levantado polvareda política– ya se está aplicando después de que se publicara en el BOE el pasado 21 de marzo. Su vigencia a largo plazo, sin embargo, está en el aire, pendiente de saber si se acaba aprobando o no en el Congreso. Actualmente, el gobierno español no tiene encarrilada su aprobación: el PP y Vox votarán en contra y Junts, de momento, también se muestra reticente a aceptar el texto. Bustinduy, sin embargo, ha mantenido este lunes la puerta abierta a hablar con los juntaires: "Atenderemos todas las sugerencias, las dudas y las aportaciones". Como mucho, el decreto deberá votarse en el Congreso la semana del 6 de mayo. Ahora bien, todo apunta a que podría llevarse a votación la última semana de abril, ya que no está previsto ningún pleno para la primera semana de mayo.

Y ¿qué pasará si alguien pide ahora la prórroga del alquiler y, finalmente, la medida no se acaba aplicando? Actualmente existen diferentes interpretaciones sobre cómo se resolverá. El caso es definir si la norma salpicará a todos los contratos en vigor hasta el 31 de diciembre de 2027 o si solo se aplicará a los que finalicen durante la vigencia del decreto. Vistas jurídicas entienden que este podría ser el caso, mientras que otras creen que, si el decreto de la guerra acaba no saliendo adelante, a pesar de que se haya solicitado la prórroga extraordinaria, esta no será de aplicación si el contrato finaliza cuando la norma ya no esté en vigor.

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