Rosalía pierde la batalla judicial contra la marca de joyas Rosaliya
La justicia europea tumba el recurso de la cantante para anular el registro de una marca búlgara
BruselasDerrota judicial de la cantante Rosalía contra la marca Rosaliya. El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha desestimado este miércoles el recurso de la artista catalana para anular el registro del nombre de esta marca que explota a la empresa búlgara Raphael Europe Ltd. Teóricamente, esta compañía vende en toda la Unión Europea productos de marroquinería y, entre otros, bisutería.
En octubre de 2021 la cantante presentó una solicitud en la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO, en sus siglas en inglés) para anular el registro de la marca, que la empresa búlgara había registrado en mayo del 2016. Rosalía argumentó que dar la razón. "Declaró la caducidad parcial de la marca respecto a todos los productos, menos de las joyas de carácter personal y artículos decorativos", recoge la sentencia del TGUE.
Ahora bien, la artista catalana recurrió la decisión del organismo de la UE por no haber declarado la anulación de la marca para todo tipo de productos, incluyendo las joyas. Sin embargo, la EUIPO le denegó el recurso el 15 de diciembre del 2023. "Consideró que las pruebas aportadas por la empresa titular de la marca demostraban el uso efectivo respecto de los productos mencionados", añade el dictamen de la corte de Luxemburgo. Rosalía elevó entonces la causa al TGUE, que es el tribunal de primera instancia de la justicia europea.
Así pues, el TGUE se ha pronunciado en el mismo sentido que la EUIPO y ha dirimido que su decisión fue correcta. En este sentido, Luxemburgo "descarta" que se "cometieran errores al considerar las pruebas aportadas" por la empresa búlgara Raphael Europe Ltd, tal y como alegaba la cantante. Además, aunque la corte europea admite que la EUIPO "no examinó" si el nombre de la marca "estaba colocada en los productos o en el embalaje", contrapone que "este error no puede comportar la nulidad de la resolución impugnada".