UE

Bruselas lleva a España al TJUE para no adoptar las normas europeas en conciliación

La normativa comunitaria impone que los padres puedan gozar de un mínimo de cuatro meses de baja paternal y condiciones laborales flexibles

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Un grupo de mujeres trabajando en un taller de una fábrica del sector textil de Igualada.

BruselasLa Comisión Europea ha anunciado este jueves que lleva a España al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por no haber transpuesto a la legislación española la normativa completa del bloque comunitario en materia de conciliación de la vida laboral y personal de padres, madres y cuidadores. Esta medida debería haberse trasladado al marco legal estatal antes del 2 agosto de 2022, que era el plazo máximo que había impuesto Bruselas.

Bruselas ya advirtió en forma de carta a diecinueve estados miembros, incluida España , en septiembre del 2022. Después, viendo que seguían incumpliendo, fue un paso más allá y envió dictámenes motivados a once países que aún no habían ejecutado la plena transposición. Finalmente, este jueves ha decidido llevar a España al TJUE, así como Bélgica e Irlanda, que tampoco han hecho los deberes.

El ejecutivo comunitario aprovecha para remarcar en el comunicado que ha emitido que esta directiva, que se adoptó hace diez años, es un "un acto jurídico importante" que quiere potenciar la participación de las mujeres en el mercado laboral e incentivar los permisos por motivos familiares y sistemas de trabajo flexibles. Bruselas recuerda que la tasa de empleo de mujeres en la UE es 10,8 puntos porcentuales inferior a la de los varones, y que sólo el 68% de las trabajadoras con hijos tienen cargos de alta responsabilidad, mientras que el mismo porcentaje en cuanto a los hombres se eleva hasta el 81%.

La normativa europea impone que los padres al menos tengan un permiso de paternidad mínimo de diez días laborables en torno al día del nacimiento del hijo y que reciban una prestación que como mínimo sea ​​la que recibirían por una baja por enfermedad. También obliga a los Estados miembros a garantizar que cada uno de los padres tenga derecho a cuatro meses (dos de los cuales deben ser retribuidos y son intransferibles) de baja parental, sea a tiempo completo, parcial o distribuido en un largo período de tiempo.

A además, todos los trabajadores que a pesar de no ser padres ayudan en los cuidados o viven en la misma casa en la que ha nacido un niño también tienen derecho a un permiso mínimo de cinco días laborables al año para cuidarlo. Por último, la normativa también garantiza que los progenitores de un hijo de ocho años o menos tienen derecho a solicitar una reducción del horario laboral, un horario flexible y, en general, diferentes condiciones de flexibilidad en el trabajo.

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