Caso Alves: ¿quién y cómo repara el daño?

Las manos de Dani Alves durante el juicio, en la Audiencia de Barcelona.

“Que la denunciante hubiera bailado de forma insinuante o incluso que se hubiera podido abrazar al acusado no puede hacernos suponer que prestaba su consentimiento. Estas actitudes no suponen dar carta blanca a cualquier abuso o agresión que se produzca posteriormente". Este fragmento, extraído de la sentencia del caso Alves que hemos conocido hace unos días, resume bien el espíritu del documento. Se trata de una resolución contundente de 61 páginas que condena con convicción una agresión sexual con violencia perpetrada por una persona que muchos creían intocable, un veredicto que aspira a hacer pedagogía del concepto del consentimiento, blindando y validando el relato de la víctima, coherente y persistente, imprescindible para que el pronunciamiento sea condenatorio. Una lección en contra de los mitos que conforman la cultura de la violación, tan extendidos socialmente y que rodean el comportamiento de la víctima antes, durante y después de una agresión, y esperamos que un precedente de jurisprudencia para otros casos similares. 61 páginas fruto del resultado de la lucha feminista también en el ámbito jurídico, una sentencia didáctica que refleja el esfuerzo y la lucha de muchas compañeras juristas reivindicando la libertad y la indemnidad sexual de las mujeres.

La condena de Alves lanza un mensaje claro contra la impunidad y posiblemente puede ayudar a otras víctimas a confiar en el sistema judicial. Pero la aplicación finalmente del atenuante de reparación del daño ha causado cierta sorpresa en la opinión pública y en algunas críticas. El Código Penal prevé varios atenuantes que, si se consideran de aplicación en el caso concreto, tienen el efecto de rebajar la horquilla de penas en la que el tribunal debe fijar la condena. En este caso la defensa del futbolista había solicitado que se aplicaran tres, y finalmente el tribunal ha rechazado los otros dos.

La misma sentencia argumenta, por un lado, que el daño que causa una agresión sexual es irreparable completamente, al menos en términos económicos, y por otro considera que hay que tener en cuenta la capacidad económica del ahora condenado y el esfuerzo que le supone a él en concreto el pago de esa indemnización de 150.000 €. Pese a estas conclusiones, el tribunal considera que se cumplen las condiciones para rebajar la pena impuesta.

Por un lado, surge una cuestión: si eres rico, ¿puedes comprar una rebaja de la pena? Lo cierto es que los tribunales tienen en cuenta también el esfuerzo o las posibilidades de cada uno, apreciándose el atenuante en casos de que no se ha pagado la indemnización entera, pero se acredita que no ha sido posible y que el esfuerzo realizado por hacerlo es elevado. Por otra parte, se plantea un debate seguramente más interesante: ¿el daño y la afectación causada por un delito se reparan solo con dinero? Parece evidente que la respuesta es que no y que será necesario que la justicia se adapte, una vez más, a las demandas y la sensibilidad de la sociedad actual.

El daño a las víctimas, y especialmente en casos con tanta repercusión pública como este, rebasa el ámbito judicial. El enfoque y tratamiento que ha tenido el caso en algunos medios o espacios mediáticos, el cuestionamiento constante a la víctima incorporando todos los mitos y estereotipos patriarcales, sometiéndola a ella a un juicio previo, la nefasta entrevista al Alves encarcelado y tantos otros ejemplos sin duda han incrementado el daño causado, no solo a la mujer agredida, sino seguramente a otras mujeres que estaban planteándose denunciar o estaban inmersas en procedimientos judiciales similares. Habrá que empezar a hablar de reparación social o comunitaria. Quienes se posicionaban junto a Alves, apelando a una camaradería de género disfrazada de presunción de inocencia, ¿saldrán a hacer declaraciones? Los periodistas que deslegitimaron y cuestionaron a la víctima de forma insistente, extralimitándose de la labor informativa, ¿rectificarán públicamente su discurso? Una vez más, vemos que el abordaje de la violencia sexual no debe realizarse exclusivamente desde el ámbito judicial, tampoco cuando hablamos de reparación.

"Por fin me han creído", dijo la víctima tras conocer el resultado de la sentencia. Catorce meses después de los hechos, llenos de obstáculos y cuestionamientos sociales, esperamos que la denunciante pueda ahora, finalmente, poner en el centro su recuperación emocional.

stats