Si vives en España y sólo hablas el catalán, no tienes derecho a la nacionalidad española. Le ha pasado a una mujer de origen africano que lleva casi treinta años viviendo en Sant Margalida, en Mallorca, que se entiende con los vecinos en catalán y nunca ha salido de Baleares.
El juez de la Audiencia Nacional le ha hecho un “qué pondría a tu DNI” de manual. Le ha restregado a la mujer la obligación de saber castellano, porque como todo el mundo sabe, desde que Juan Carlos de Borbón nos ilustró en 2001, "nunca a nadie se le obligó a hablar en castellano". La mujer hizo un cursillo de castellano a su llegada, pero no lo utiliza. Ahora bien, lo más cínico de la sentencia es cuando afirma que la mujer no habrá conseguido “el grado de integración suficiente” porque “no parece que pueda lograrlo satisfactoriamente quien no conoce el medio de expresión utilizado por los miembros de la sociedad ”. O sea que los miembros de la sociedad en la que vive la mujer charlan en mallorquín y ella también, pero se ve que no está satisfactoriamente integrada en España. En cambio, los jueces que vienen destinados a Catalunya o Baleares y que no entienden ni quieren entender el medio de expresión utilizado por los miembros de la sociedad, éstos se ve que sí están satisfactoriamente integrados, donde vas a parar.
Ve que, quizá, el hecho de ser una mujer africana y no un inversor chino o de los Emiratos no haya tenido que ver en denegarle la nacionalidad. Lo cierto es que ahora una mujer perfectamente integrada no tendrá el pasaporte español porque solo habla el catalán. Pero que nadie se preocupe, que todos los progresistas españoles saldrán en tromba a defenderla porque es conocido que son unos grandes partidarios de la España plurilingüística y viven entregados a abrazar las causas justas (sobre todo si son del Tíbet para arriba) .