Los bancos cobrarán antes que el Palau en el concurso de acreedores de CDC

La jueza mercantil, que había clasificado el decomiso de 6,6 M como deuda subordinada, gana el pulso al Supremo ante la Audiencia Provincial

La Guardia Civil durante el cacheo de la antigua sede de CDC por el caso 3% a la calle Córcega el septiembre del año 2015.
03/09/2021
3 min

BarcelonaLas 22 sedes embargadas de CDC por el caso Palau y que tenían que servir para afrontar la multa de 6,6 millones de euros por la financiación irregular quedarán, finalmente, en manos de la jueza del concurso de acreedores: lo ha resuelto el Tribunal Supremo en una resolución a la que ha tenido acceso el ARA. ¿Qué quiere decir esto? Que estos inmuebles se integrarán dentro de la masa total de activos de Convergència y que, por lo tanto, irán destinados a pagar todos los actores con quienes el partido tiene una deuda y no el decomiso de la sentencia del caso Palau, como se preveía en un primer momento.

Siguiendo el plan que marcó la administración concursal, los primeros en cobrar serán los bancos con préstamos hipotecarios; después la Seguridad Social, Hacienda, los extrabajadores (a quienes se deben indemnizaciones) y los proveedores; y finalmente se satisfará la multa de 6,6 millones, porque la jueza la clasificó como "deuda subordinada", la menos prioritaria. Esto deja en el aire el pago efectivo de este dinero, el destinatario de los cuales es el Palau de la Música, porque Convergència se encuentra en una situación de insolvencia financiera. Es decir, las entidades bancarias cobrarán antes que la institución cultural.

El Tribunal Supremo asume los argumentos de la jueza mercantil, que en su escrito del 3 de marzo defendía que tenía competencia "exclusiva y excluyente" para conocer "toda la ejecución" de los bienes de CDC y de liquidarlos según el plan del administrador concursal. "Declarado el concurso [la primavera de 2020], las ejecuciones que estén en trámite quedarán en suspenso", defendía en alusión a la sentencia de Palau.

El Supremo se suma a esta misma interpretación, después de que la Fiscalía también se haya alineado. ¿Con qué argumentos? El tribunal avala que la jueza mercantil pueda discutir en la Audiencia Provincial el control de las 22 fincas embargadas, a pesar de que normalmente la jurisdicción penal es intocable. El motivo está en la naturaleza del decomiso impuesto a Convergència por el delito de tráfico de influencias y que la Audiencia Provincial decidió que fuera destinado al Palau de la Música y a otras entidades perjudicadas de la causa. El Supremo considera que con esta decisión la Audiencia cambió el trasfondo de la multa, convirtiéndola en una deuda hacia las "víctimas" de la causa (el Palau y las entidades que fueron expoliadas), que no tienen privilegio ante otros acreedores –argumenta el alto tribunal–. Otra cosa sería, añade, si se tratara de una pena recogida en el Código Penal como tal.

En conclusión, el tribunal considera que las sedes de CDC que están embargadas desde 2015 se tienen que desembargar para destinarlas a cubrir todas las deudas contabilizadas en el concurso de acreedores. Admite que su decisión puede ser "perjudicial" para las fundaciones y asociaciones personadas en el procedimiento penal de Palau, pero remarca que cuando la juez del concurso hizo la clasificación de los créditos –estableciendo los 6,6 millones como deuda subordinada– no se impugnó.

¿Efectos en la sucesión?

A la práctica, esto hace que el Palau difícilmente pueda cobrar aquello que le debe de Convergència. Hasta ahora solo estaba garantizado que se podrían satisfacer los 3,4 millones de euros con que estaban valoradas las sedes embargadas, pero ahora ya ni esto: dependerá de lo que CDC deba a los demás acreedores y todo apunta a que no tendrá suficiente patrimonio para llegar. Actualmente tiene unos activos valorados en 8,5 millones de euros, frente a un pasivo de 11,9.

Aun así, todavía queda por resolver una última pieza de este rompecabezas judicial y que podría modificar las cosas: la Audiencia Provincial tiene pendiente dirimir si el PDECat o JxCat son sucesores de Convergència y si les reclama, en consecuencia, los 6,6 millones de euros. Lo pidió el Palau de la Música para asegurarse cobrar, pero los dos partidos se oponen. El Partit Demòcrata y Junts recuerdan que no existían cuando se produjeron los hechos del Palau ni fueron personados durante el procedimiento, de forma que niegan ser continuadores de su actividad jurídica y tener que asumir sus responsabilidades penales. Pero la decisión está ahora en manos de los tribunales.

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