Cómo votar por correo en las elecciones catalanas del 12-M

Hasta el 2 de mayo se puede solicitar el voto y puede entregarse hasta el 8 de mayo

Joan Abel Yuste
2 min
Llegada votos por correos

BarcelonaLa convocatoria electoral del 12 de mayo hace que muchas personas piensen en votar por correo para evitar acudir a los colegios el domingo de la votación. En los últimos comicios celebrados en Cataluña, las elecciones generales del pasado julio, el voto por correo fue la opción de 251.324 catalanes, un 4,4% del censo electoral. En las últimas elecciones al Parlament, en el 2021 y con restricciones por la pandemia, se recibieron 284.706 solicitudes, cifra récord. Te explicamos cómo ejercer el derecho de voto por correo y cómo funciona todo el proceso paso a paso.

1.

Pide en cualquier oficina de Correos el impreso de solicitud

Es necesario presentar el original del DNI, el pasaporte o el carné de conducir

Desde el 19 de marzo, los ciudadanos que opten por votar por correo en los comicios pueden pedir a cualquier sucursal de Correos el impreso de solicitud para certificar que ejercerán esta modalidad de voto. Para realizar la solicitud en persona, es necesario presentar en la oficina el original del DNI, el pasaporte o el carné de conducir. Sólo en caso de enfermedad o incapacidad, acreditadas mediante certificado médico oficial, una tercera persona puede solicitar la solicitud. Hacerlo telemáticamente también es una opción, desde la página web de Correos, pero es necesario disponer de firma electrónica. El plazo para pedir el voto por correo se cierra diez días antes de las elecciones, el 2 de mayo.

2.

Indica dónde quieres recibir la documentación electoral

Es necesario rellenar tus datos en el impreso de solicitud

En el impreso de solicitud para poder ejercer el derecho de voto por correo se pide que se indique la dirección postal donde se desea recibir toda la documentación electoral. Puede indicarse el domicilio habitual, pero también el lugar de trabajo o cualquier otra dirección.

3.

¿Qué recibirás en casa y cuándo?

Es necesario recoger el sobre certificado en persona, en casa o en Correos

Cuando hayas cumplimentado la solicitud en Correos recibirás, donde hayas indicado, un sobre certificado que deberás recoger en persona. Si en ese momento no estás, tendrás que ir a la oficina de Correos a recogerlo. Incluirá toda la información electoral, es decir: el certificado de inscripción en el censo, todas las papeletas con las candidaturas que se presentan en los comicios de tu demarcación y los sobres donde depositar el voto. Según la ley, la Oficina del Censo Electoral remitirá esta información a lo sumo el 5 de mayo.

4.

Remite el sobre con la papeleta correspondiente a una oficina de Correos

El plazo termina el 8 de mayo

Una vez confirmadas las candidaturas y recibida toda la información, para votar deberás llevar el sobre con la papeleta en una oficina de Correos. Es necesario enseñar el DNI cuando se deposite el voto y, en caso de que delegues este paso a otra persona, deberá tener una autorización firmada con una fotocopia de tu documento de identidad. Los votos que se dejen en los buzones de Correos, es decir, sin que pueda verificarse la identidad de quien los deposita, no serán válidos. Para ello hay tiempo del 22 de abril al 8 de mayo, cuatro días antes de que se celebren los comicios. Si has hecho la solicitud, pero no has remitido el sobre a Correos en el plazo o no has recibido la documentación, no podrás votar presencialmente.

5.

¿Cómo llega tu voto a la urna?

Los funcionarios de Correos trasladarán las papeletas durante la jornada electoral

Correos conservará hasta el día de la votación toda la correspondencia y la trasladará a las mesas electorales correspondientes como máximo a las ocho de la tarde, cuando cierran las urnas. Cuando termine la votación presencial, los votos por correo recibidos en la mesa electoral se introducirán en la urna correspondiente. A partir de ahí, empezará el escrutinio.

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