Una juez se desmarca del Supremo y amnistía la malversación de Francesc Homs

Considera que no hubo enriquecimiento personal en los gastos por promover el Proceso en el exterior

ARA
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El exconseller de Presidencia Francesc Homs cuando era portavoz del Govern.

BarcelonaUna juez de Barcelona ha amnistiado al exconseller Francesc Homs por el delito de malversación en la causa que tenía abierta por los gastos en la promoción exterior del Proceso. La magistrada del juzgado de instrucción número 18 de Barcelona Carmen García se desmarca, de este modo, de la posición que adoptó el Tribunal Supremo respecto a los consejeros imputados por el mismo delito en la causa del 1-O. Según el auto, al que ha tenido acceso la agencia Efe, la jueza sostiene que las directivas europeas en vigor no impiden amnistiar el delito de malversación en el caso de Francesc Homs.

La magistrada considera que los gastos que el exconseller autorizó como secretario general de Presidencia entre 2011 y 2012 no supusieron enriquecimiento personal ni afectaron a fondos europeos, el mismo criterio que defiende la Fiscalía. La juez amnistía también el entonces secretario de Asuntos Exteriores y de la Unión Europea, Senén Florensa, investigado también en la causa. Ambos fueron denunciados por el Tribunal de Cuentas por aprobar entre 2011 y 2012 gastos para promover el Proceso en el exterior. La magistrada Carmen García cree que no ha existido enriquecimiento personal en la malversación porque los gastos se destinaron a sufragar viajes y actividades de terceros, vinculadas a la promoción de la independencia de Catalunya, mediante organizaciones catalanas que operaban internacionalmente.

También descarta que el caso quede excluido de la ley de amnistía por afectar a fondos de la Unión Europea porque ni de la instrucción ni del informe del Tribunal de Cuentas se desprende que el desvío de fondos perjudicara a los intereses financieros comunitarios. En cambio, el Tribunal Supremo se agarró a las excepciones que la ley de amnistía plantea para la malversación por descartar amnistiar a los consejeros del 1-O por este delito. Las excepciones que incluye la norma pasan porque debía existir un beneficio personal de carácter patrimonial y que la desviación de fondos afecte a los intereses financieros de la Unión Europea.

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