Tribunales

En manos del Supremo: los precedentes que pueden ralentizar la amnistía a Puigdemont y Junqueras

La situación de los líderes independentistas podría quedar en el limbo

El juez del Tribunal Supremo Manuel Marchena durante el juicio del Procés.

El 16 de julio hace semanas que está tachado en rojo en el calendario como una fecha clave para la amnistía de los líderes del 1-O. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunciará sobre si la ley afecta o no a los intereses financieros de la UE, a petición de una cuestión prejudicial del Tribunal de Cuentas. Ahora bien, los efectos de esta sentencia irán más allá. El pronunciamiento es un requisito previo que se ha autoimpuesto el Tribunal Constitucional para resolver los recursos de amparo que presentaron Carles Puigdemont, Oriol Junqueras y el resto de exconsejeros, a la espera de que Europa dé un cojín argumental para justificar que se les deje libres de responsabilidades penales y se les aplique también la ley. Pero el camino hasta llegar aquí no será fácil: aunque se espera un pronunciamiento favorable del Constitucional en otoño –en junio del año pasado avaló el encaje de la norma en la carta magna–, la pelota volverá a caer en el tejado del Tribunal Supremo, que tendrá la última palabra. Ahora bien, hay ejemplos muy recientes que evidencian una lentitud que podría repetirse con la aplicación de la amnistía.En el Supremo son crípticos sobre la estrategia que seguirán, aunque fuentes consultadas por el ARA remarcan que si hay unas resoluciones muy claras de Europa y del Constitucional, las seguirán y habrá extinción de la responsabilidad penal. Ahora bien, hay un precedente inmediato en el cual el Supremo no ha actuado con celeridad. Hace dos años, el alto tribunal elevó una cuestión de inconstitucionalidad al TC sobre el caso de un manifestante de Girona investigado por desórdenes públicos a raíz de las protestas de octubre de 2019. El 8 de octubre de 2025, es decir, hace nueve meses, el Constitucional desestimó el recurso y dio vía libre al Supremo para que pusiera fin a la causa penal. A pesar de ello, a estas alturas, todavía no ha habido ningún movimiento. Tampoco el TC ha movido ficha para hacer cumplir su resolución, ya que, según las fuentes consultadas, la defensa del chico no ha presentado ningún incidente de ejecución. Fuentes oficiales del Supremo aseguran no tener información del caso.El precedente de las Canarias 

Más allá del caso de Cataluña, existe un ejemplo que pone de manifiesto la odisea en que puede convertirse hacer cumplir una sentencia del Constitucional. Tenemos que viajar hasta La Laguna, un municipio en la isla de Tenerife. En abril de 2020, un juzgado de Santa Cruz de Tenerife anuló el artículo de los estatutos de la asociación Pontificia, Real y Venerable Esclavitud del Santísimo Cristo de La Laguna, que impedía que las mujeres pudieran hacerse socias alegando que vulnera el derecho a la igualdad. La mujer que lo propició fue Teresa Laborda.En enero de 2022, sin embargo, el Supremo tumbó la sentencia y avaló la exclusión de las mujeres de la asociación, que se define como una “asociación religiosa de caballeros”. Laborda llevó el caso al Constitucional, que en noviembre de 2024 le dio la razón. Ahora bien, ha pasado un año y medio y no ha habido ningún cambio, a pesar de que el juzgado haya barrado el paso a los múltiples intentos de la asociación y del obispado de Tenerife de impedir que se aplique. Vista la inoperancia, Laborda ha presentado dos incidentes de ejecución al TC, pero ambos se han desestimado por prematuros.La reforma de Rajoy

La cuestión radica en qué poderes tiene el Constitucional para hacer cumplir sus sentencias. ¿Qué dice la ley? El gobierno de Mariano Rajoy, en vista del Procés, hizo una reforma en 2015 para dar capacidad de ejecución al TC. Durante 2016 y 2017, la Moncloa presentaba incidentes de ejecución ante el TC porque la mesa del Parlament admitía iniciativas que desplegaban el proceso de independencia –que se interpretaba como un incumplimiento de una sentencia previa–, y el Constitucional pasaba los hechos a la Fiscalía, que interpuso numerosas querellas por desobediencia hasta la macrocausa del Procés por sedición.La ley va más allá y también da poderes al TC para que actúe de oficio: puede imponer multas coercitivas de 3.000 a 30.000 euros –se aplicó contra la sindicatura electoral del 1-O– o suspender a las autoridades que incumplan las resoluciones. Por lo tanto, el Constitucional tiene herramientas legales, pero fuentes jurídicas conocedoras aseguran que los magistrados del TC acostumbran a ser poco beligerantes con otros jueces. ¿Se enfrentará abiertamente Cándido Conde-Pumpido al Supremo para hacer cumplir la amnistía?Evitar el choque

Hasta ahora, el TC ha querido evitar un choque directo con el Supremo. La prueba es que ha rechazado aplicar medidas cautelares como retirar la orden de prisión a Puigdemont, lo que habría permitido al expresidente volver a Cataluña mientras continúa abierto el procedimiento sobre el recurso de amparo y la causa en el Supremo. Hacerlo habría implicado una batalla inédita entre el Supremo y el TC que Conde-Pumpido ha esquivado. Eso sí, el presidente del Constitucional ha avisado públicamente que "todos los poderes públicos están obligados al cumplimiento" de lo que resuelva el TC.Políticamente, este escenario, según diversas fuentes consultadas, se abordó en la mesa de negociación entre el PSOE y Junts antes del punto de quiebre, pero no llegó a ninguna parte. Y aquí radica también el distanciamiento entre Puigdemont y José Luis Rodríguez Zapatero, ya que fuentes conocedoras apuntan que el expresidente español siempre transmitía un optimismo elevado sobre el cumplimiento de los acuerdos PSOE-Junts que después no se correspondía a la realidad.La otra posibilidad: acudir a Europa

La otra carta que puede jugar el Supremo es acudir al TJUE después de la sentencia del Constitucional. Un movimiento inédito que hasta ahora solo ha hecho un tribunal: la Audiencia de Sevilla en el caso de los ERE. Después de ser revisado por el TC, elevó una prejudicial a Luxemburgo porque consideró que la anulación de las penas de Manuel Chaves y José Antonio Griñán implicaba “riesgo sistémico de impunidad”.El Supremo podría repetir un movimiento similar en el caso de los líderes independentistas. ¿Con qué argumento? Lo que hará el tribunal de Luxemburgo la semana que viene es sentenciar si el 1-O afectó los intereses financieros de la UE, pero el Supremo tiene otro argumento sobre el cual Europa todavía no se habrá pronunciado: sostiene que hay malversación porque los líderes del Procés se ahorraron pagar el referéndum de su bolsillo. "Una interpretación que estimase que el delito de malversación es amnistiable nos obligaría en el futuro a suscitar la cuestión prejudicial", avisó el Supremo hace casi dos años en una de sus resoluciones.

En definitiva, después de la sentencia del TJUE y el posterior pronunciamiento del Constitucional, el Supremo tiene sobre la mesa tres escenarios: aplicar deprisa la amnistía, guardarla en un cajón abocando el TC al choque o volver a acudir a Europa. En todos los casos es el Supremo quien tiene el control del calendario con una decisión de impacto electoral: las elecciones españolas serán el año que viene y las catalanas se celebrarán como máximo el 2028.

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