El Supremo no aplicará la amnistía a nadie hasta que hable el TC
La cuestión de inconstitucionalidad planteada por el caso de un activista de Girona sirve para suspender el resto de causas
MadridEl Tribunal Supremo no aplicará la amnistía a ningún encausado por cuestiones relacionadas con el Proceso a corto plazo. No sólo los impulsores del 1-O condenados o acusados por malversación –Carles Puigdemont y Oriol Junqueras, entre otros– han visto cómo Manuel Marchena y Pablo Llarena les negaban beneficiarse de la norma, sino que también correrán esa suerte otros afectados por delitos menores como pueden ser el de desobediencia, desórdenes públicos, lesiones y atentado contra la autoridad. Es incontrovertible que la amnistía es aplicable en estos supuestos, pero el Supremo planteó una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional contra el conjunto de la norma por el caso de un activista de Girona condenado por las protestas postsentencia y que servirá para todas las carpetas que vaya abriendo.
Quienes ya se han encontrado con este impedimento son los condenados por el 1-O que, con el indulto y la eliminación de la sedición del Código Penal, vieron extinguidas sus penas: Joaquim Forn, Josep Rull , Carme Forcadell, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart. Tal y como ha avanzado El Nacional y ha confirmado el ARA, Marchena ha rechazado su petición de eliminarles los antecedentes penales con la aplicación de la amnistía, dejando la decisión en standby a la espera de que el Constitucional se pronuncie sobre el encaje legal de la ley. Una resolución, la del órgano de garantías, que no llegará hasta dentro de medio año al menos, cuando el pleno dicte sentencia sobre el recurso del PP, que es el primero que se abordará y que marcará el destino de el resto de decisiones. "La norma cuestionada ante el TC resulta determinante en relación con el acuerdo que se pueda adoptar respecto a la eliminación de antecedentes penales derivados de la condena", dice la resolución sobre el ex conseller de Territori y ahora presidente del Parlament.
Más causas abiertas
Fuentes del Supremo consultadas por el ARA confirman que éste será el modus operandi en todos los casos en los que se constate que la ley es claramente aplicable. El alto tribunal tiene sobre la mesa diversos recursos de casación vinculados al Proceso, como el de la exconsejera Meritxell Serret, que fue condenada por desobediencia; la mesa de Roger Torrent absuelta, o los de los miembros de la mesa del Parlamento del 1-O, también condenados por desobediencia. Uno de ellos, la también exconsejera Anna Simó, presentó una petición de recusación de algunos de los miembros del tribunal que debe resolver el expediente, como Marchena, Andrés Martínez Arrieta y Carmen Lamela, porque ya tomaron parte directamente de la debido al 1-O. Los dos primeros, en el juicio en el Supremo, y Lamela porque inició la instrucción en la Audiencia Nacional. Por tanto, primero habrá que resolver esto y las fuentes consultadas por el ARA apuntan a que probablemente estos tres magistrados se apartarán, si bien los nuevos jueces que tengan que posicionarse también optarán por paralizar la causa. Además, existen otros procedimientos como el del exalcalde de Sabadell Matíes Serracant y de activistas condenados por las protestas postsentencia.
El Supremo defiende que es la ley orgánica del Tribunal Constitucional la que deja claro que las causas penales quedarán suspendidas mientras no se resuelva la cuestión de inconstitucionalidad que haya presentado un juez. Además, en el alto tribunal sostienen que no es necesario presentar una para cada caso, teniendo en cuenta que la ley de amnistía que es aplicable en todos ellos es la misma. Sin embargo, las defensas de los condenados por el 1-O se quejaban de que no pudieron presentar alegaciones en relación con la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el caso del activista de Girona y que ahora les afecta.
En un plano diferente se sitúan otras causas en las que la aplicabilidad de la amnistía genera controversia. Por ejemplo, en el caso de Puigdemont y Junqueras, el Supremo decidió directamente que el delito de malversación estaba excluido. Por el de desobediencia se reservaba la carta de plantear una cuestión de inconstitucionalidad. Ya no será necesario porque existe el recurso del PP presentado y también sirve la que Marchena elevó por la activista de Girona. Cuando resuelva el TC, si dice que todos los preceptos de la norma son legales, el Supremo deberá mover ficha con relación a las medidas cautelares, como la orden de prisión, que afectan a Puigdemont y Toni Comín. En principio debería retirarlas y el expresidente podría volver, si bien esto no quiere decir que decayera la causa entera.
Además, Puigdemont tiene otro frente abierto. El juez Joaquín Aguirre elevó una exposición razonada al Supremo para que le imputara por el delito de traición y malversación por la trama rusa, aunque todavía está pendiente de resolverse la aplicación de la amnistía en la Audiencia de Barcelona. No será hasta que esto se aclare que el alto tribunal estudiará si asume su investigación. En caso de que así lo solicitaran las partes, el Supremo también podrá mojarse sobre si la amnistía es aplicable a esta causa. Cuando esto ocurra Marchena ya no será presidente de la sala penal del Supremo, ya que termina su mandato y debe renovarse la presidencia de la sala por parte del nuevo Consejo General del Poder Judicial. Continuará, en todo caso, como magistrado en la sala segunda.