El TC hará el primer debate sobre la amnistía a los líderes del Procés el 22 de septiembre

El recurso de amparo de Jordi Turull abrirá las deliberaciones

Tribunal Constitucional

MadridEl Tribunal Constitucional (TC) hará el primer debate sobre la amnistía a los líderes del 'Procés' el próximo 22 de septiembre, según ha podido saber el ARA. Será en el marco del recurso de amparo presentado por el exconseller y ahora secretario general de Junts, Jordi Turull, cuyo ponente es el magistrado José María Macías. Con esta primera discusión, el Constitucional iniciará las deliberaciones que tanto el gobierno español como el independentismo esperan que acaben con resoluciones favorables a la amnistía para el expresidente Carles Puigdemont; el líder de ERC, Oriol Junqueras, y el resto de exconsellers condenados o procesados. De hecho, es el paso que ya se preveía en otoño, después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) haya concluido que los gastos relacionados con el 1-O no afectan los intereses financieros de la Unión Europea. Esta semana también había pleno del Constitucional, pero han considerado que no tenían suficiente tiempo para abordar el tema antes de vacaciones.

¿Qué implicará este primer debate el día 22 de septiembre? De entrada será la primera vez, después de haber avalado la constitucionalidad de la amnistía, que el TC discute sobre la decisión del Tribunal Supremo de no aplicar la ley a los líderes del 'Procés'. El alto tribunal utilizó básicamente dos argumentos para no hacerlo: por un lado, el hecho de que el intento de secesión de Catalunya podía afectar las finanzas europeas y reducir la aportación de España a la UE –una justificación que ha desmontado el TJUE–; y, por otro, que el delito de malversación del 1-O implicó un beneficio personal para los encausados: aunque no se pusieron dinero en el bolsillo, interpretan que el hecho de que no pagaran el referéndum con sus propios fondos hizo que se ahorraran dinero; ergo se enriquecieron.

Habiendo hecho esta interpretación de la malversación, el Supremo se agarró al redactado de la ley de amnistía para excluir a los impulsores del 1-O: la norma expone que quedan amnistiados los actos destinados a convocar el referéndum, también el delito de malversación, pero "siempre que no haya existido el propósito de enriquecimiento". Para excluir a Puigdemont y al resto de exconsellers presos del amparo de la norma, el Supremo argumentó (a través de la justificación anteriormente citada) que sí que se habían enriquecido personalmente. Ahora lo que hará el Constitucional será pronunciarse sobre si esta interpretación que ha hecho el Supremo ha vulnerado los derechos fundamentales de los líderes del 'Procés'.

Las fases del debate

La discusión que comenzará el próximo 22 de septiembre procederá de la siguiente manera: primero será José María Macías, el ponente del recurso de amparo de Jordi Turull, quien presentará al resto de miembros del Constitucional un borrador de la sentencia con su parecer. Seguidamente se discutirá en la sala y, si resulta que la opinión de Macías no reúne la mayoría del tribunal, se entregará la ponencia a un magistrado que sí vaya en sintonía con la mayor parte de miembros del TC.

Según cálculos de fuentes conocedoras consultadas, el Constitucional podría resolver como máximo en el segundo pleno de octubre, hacia finales de mes, y ya resolvería en una especie de paquete los recursos de amparo del resto de líderes. Es decir, la discusión sobre el caso Turull serviría de molde para el resto. Si el TC da la razón a los independentistas, la pelota volvería al tejado del Tribunal Supremo, que teóricamente debería poner en práctica la resolución del TC. Este lunes precisamente ha sido el turno del Tribunal de Cuentas: después del TJUE, ha decidido que no aplicará inmediatamente la amnistía y que dará un periodo de diez días a todas las partes para pronunciarse sobre el origen de los recursos para hacer el 1-O antes de decidir.

Los derechos vulnerados

La clave es la letra pequeña de la resolución que hará el Constitucional, ya que per se el TC teóricamente tiene límites a la hora de intervenir en la interpretación que hace el Supremo de la legislación ordinaria. Es decir, normalmente el Constitucional evalúa a través de un control externo si ha habido una vulneración de derechos fundamentales, mientras que al Supremo le corresponde establecer la doctrina sobre la aplicación de las leyes. Ahora bien, las fuentes jurídicas consultadas admiten que se trata de una división del trabajo más o menos sobre el papel, y que en la práctica las fronteras están poco claras y producen choques entre las jurisdicciones.

En el caso de los líderes del Procés, han alegado básicamente la vulneración de dos derechos fundamentales al Constitucional: el de principio de legalidad penal y el de la tutela judicial efectiva. A grandes rasgos, Puigdemont y el resto argumentan que la justificación del Supremo para no aplicarles la amnistía es una interpretación "extravagante, imprevisible y analógica". Instan al TC a corregirlo para garantizar que no hay discriminación ante la ley y que los líderes independentistas no son castigados con una interpretación del delito de malversación que no estaba previamente prevista.

Además, en el caso de Puigdemont y los exiliados se avisa de que hay también una vulneración del derecho a la libertad de movimiento por la existencia todavía de la orden de prisión en el Estado; y en el caso de los expresos ya condenados, como Junqueras, se especifica en los recursos de amparo que hay una vulneración del derecho de participación política porque no se pueden presentar a las elecciones. Habrá que ver, pues, si el TC les da la razón o no y, sobre todo, en qué términos lo hace sobre la vulneración de esta lista de derechos.

Las mayorías dentro del Constitucional

Hasta ahora el TC ha avalado la constitucionalidad de la amnistía en todos los recursos que le han llegado. Lo han hecho una mayoría de seis magistrados, considerados del sector progresista, y cuatro miembros encuadrados en el conservador han estado en contra. Ahora bien, en estas discusiones no han participado ni José María Macías ni Juan Carlos Campo. El primero fue recusado y apartado del debate porque en 2024 había sido vocal del Consejo General del Poder Judicial, que había emitido opiniones contrarias a la constitucionalidad de la amnistía; mientras que Campo, exministro de Justicia con el PSOE en 2021, firmó los expedientes de los indultos a los presos políticos y declaró que la vía de la amnistía era inconstitucional.

Ahora, en cambio, en el debate sobre los recursos de amparo de los líderes del Procés participarán tanto Campo como Macías, así que sumarán hasta doce magistrados. ¿Por qué ahora sí que podrán pronunciarse? El pleno del TC rechazó en esta ocasión las recusaciones porque consideró que el objeto de debate es diferente. No es ya sobre la constitucionalidad de la amnistía, sino sobre la interpretación que hace el Supremo sobre la malversación.

¿Puede cambiar la mayoría del tribunal el hecho de que ahora voten los doce magistrados? Las fuentes consultadas opinan que no, ya que cuentan que el exministro se sumaría al bloque de los progresistas y que Macías se sumaría al bloque conservador; por tanto, se mantendría la distancia de dos votos de diferencia a favor de la aplicación de la amnistía. Una previsión que solo se desmontaría si Campo se sumase al bloque conservador y abocase al presidente del tribunal, Cándido Conde Pumpido, a utilizar su voto de calidad a favor de la amnistía si quisiera dar la razón a los líderes del Procés.

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