Villarejo, absuelto de injurias al exjefe del CNI

Se trata de la primera sentencia sobre el comisario jubilado, en prisión preventiva desde 2017

ARA
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L'excomissari José Manuel Villarejo, declarante en el juicio

Después de casi tres años y medio en prisión preventiva en Soto del Real por hasta 25 causas abiertas en el marco de la operación Tándem, que salpican todas las altas instancias del Estado, el comisario jubilado José Manuel Villarejo ya tiene entre las manos la primera sentencia judicial. Y, para sorpresa del aparato del Estado, es una absolución. El magistrado del juzgado penal número 8 de Madrid ha comunicado este lunes la absolución de Villarejo de los delitos de injurias y denuncia falsa contra el ex director del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) Félix Sanz Roldán por haber dicho en el programa Salvados de la Sexta en 2017 que el entonces jefe de los servicios secretos españoles había amenazado a la ex amante del rey emérito Corinna Larsen. Se trata de un juicio menor celebrado hace solo diez días en un juzgado de primera instancia madrileño y no en la Audiencia Nacional, donde se investiga la presunta red de corrupción parapolicial que creó Villarejo. Pero el juicio le dio la oportunidad de hablar públicamente por primera vez desde que entró en prisión, en un encuentro en el que se enfrentaron las llamadas cloacas del Estado: Villarejo contra Roldán, que en este caso contaba con el apoyo de la Abogacía del Estado.

En la sentencia, el juez considera que Villarejo no cometió ninguno de los delitos por los que se enfrentaba a un máximo de tres años de prisión -la Fiscalía retiró la acusación por injurias durante el juicio pero la Abogacía del Estado la mantuvo. En cuanto a las injurias, el magistrado concluye que los servicios secretos, como organismo público, no tienen el derecho del honor que supuestamente se vulneró en el programa Salvados. También dice que el CNI no forma parte del ejército español ni de las fuerzas de seguridad del Estado, que sí tienen este derecho, porque "no tiene naturaleza militar" y sus funciones son "completamente diferentes". En el caso del segundo delito, el de denuncia falsa, el juez cree que la denuncia que presentó Villarejo contra Sanz Roldán no puede considerarse delictiva. Y apunta que, con la que presentó en la Audiencia Nacional, Villarejo no actuó "con conciencia de imputar hechos falsos, ni tampoco incurrió en un temerario desprecio a la verdad, porque no parece del todo absurdo, descartable o fruto de la particular ideación del acusado el relato de los hechos que expuso en la denuncia".

En concreto, Villarejo había acusado el ex director del CNI de haber facilitado a un periodista una imagen en la que se le veía a él con otro comisario bajando de un avión en el aeropuerto de Melilla. En una denuncia en la Audiencia Nacional, el ex comisario acusó a Sanz Roldán de un delito de colaboración con organización terrorista y otro de revelación de secretos oficiales porque afirmaba que estaba en plena operación secreta como agente encubierto. Durante el juicio, Villarejo acusó al CNI de haber orquestado una campaña de desprestigio contra su figura.

Pero la sentencia no recoge uno de los momentos más mediáticos del juicio, que duró dos días. Fue la declaración de Corinna por videoconferencia, en la que testificó para dar validez a las manifestaciones de Villarejo y dijo que se había sentido amenazada por la inteligencia española con "episodios aterradores". Además, apuntó que el rey emérito, Juan Carlos I, estaba detrás de las amenazas del CNI. A raíz de aquel testimonio la Fiscalía retiró las acusaciones. Sanz Roldán admitió que había ido a Londres, donde se habría reunido con el ex amante del rey, pero se acogió al derecho como espía de no explicar los motivos del viaje.

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