El TSJC anula la tasa Amazon de Barcelona
El tribunal acepta un recurso de la patronal y dice que en realidad es "un impuesto"
BarcelonaMás de 90.000 paquetes entregados a diario y 33 millones de operaciones de comercio electrónico en un año en la ciudad de Barcelona. Estas cifras de 2020 animaron al Ayuntamiento a aprobar la tasa Amazon, una herramienta fiscal para grabar el uso intensivo que las empresas de reparto a domicilio hacen del espacio público, especialmente de los aparcamientos de carga y descarga, y la congestión que provocan. Ahora, a petición de la patronal de este sector, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado la ordenanza que el pleno de Barcelona aprobó en febrero de 2023.
Los magistrados han aceptado un recurso de la Organización Empresarial de Logística y Transporte (UNO), que reclamaba anular la tasa –que grava el 1,25% del ingreso bruto de cada empresa– por infringir el principio de libre circulación de mercancías. Los jueces le han dado la razón y consideran que, más que una tasa, se trata de un impuesto, porque se basa en la facturación anual de las empresas y sólo se aplica a las que facturan más de un millón en el año. "Más que una verdadera tasa, es un auténtico impuesto que gravaría los potenciales o previsibles rendimientos de las empresas distribuidoras", critican en la sentencia los jueces que han anulado la ordenanza. También dan la razón a la patronal al considerar que en realidad se trata de un "impuesto regulado bajo la denominación de tasa, lo que genera inseguridad y carencia de la preceptiva cobertura legal".
En concreto, en la sentencia señalan que la ordenanza no concreta el uso de espacio y tiempo que realizan estas empresas en las zonas de carga y descarga. También apuntan a que se graba el comercio electrónico, pero no, por ejemplo, otros envíos comerciales que no sean de tiendas online. Por ello, concluyen que la tasa no grava la ocupación del espacio público de los principales operadores postales como Amazon, DHL y Seur, sino que está diseñada de modo que "en realidad viene a grabar una actividad, en concreto, la operador que hace la última entrega".
En este sentido, los magistrados plantean que, si la justificación de la ordenanza es evitar la carga y descarga en la calle para envíos puntuales, debería afectar a cualquier vehículo que pueda hacer este uso, y no "exclusivamente" los operadores postales que reparten productos del comercio online. Para la patronal que ha impulsado el procedimiento judicial contra la tasa, el hecho de que la recaudación se dedicara al comercio local supera una restricción a la libre circulación de mercancías porque, a su juicio, se convertía en "una ayuda de estado legal".
El Ayuntamiento valora un recurso y rehará la regulación
Al conocer la sentencia, el Ayuntamiento ha mostrado su respeto hacia toda decisión judicial pese a su "disconformidad". También recordó que la sentencia todavía no es firme, y avanzó que los servicios jurídicos municipales estudian la posibilidad de presentar un recurso para "seguir defendiendo los intereses del Ayuntamiento y la tasa".
Por otra parte, el consistorio afirma que trabaja para "propiciar los cambios legislativos necesarios para poder asegurar el poder tributario municipal en esta materia". Para el gobierno municipal, es necesario gestionar estas actividades "a través de regular el uso intensivo del espacio público" que realizan las empresas de reparto de comercio electrónico en la ciudad. "La economía y la sociedad avanzan hacia nuevos modelos económicos, y las administraciones públicas necesitan poder tener las herramientas legales necesarias para regular estos nuevos modelos y gestionar el uso privativo que hacen del espacio público", han valorado fuentes municipales , que también han recordado que con esta medida se pretende "proteger al comercio de proximidad y al pequeño comercio ante la amenaza que suponen las grandes plataformas".
Por la tarde, la primera teniente de alcaldía, Laia Bonet, ha reiterado que estudian los argumentos para un recurso. Sobre la tasa ahora anulada, ha añadido: "Es una medida que sabíamos que era pionera e innovadora, pero que teníamos que asumir porque lo hacíamos desde la conciencia del impacto que está generando la economía de plataformas, no sólo por el uso intensivo del espacio público sino también por el impacto en el pequeño comercio”.
Una juez justifica la tasa
Durante el procedimiento, el Ayuntamiento ya respondió al recurso defendiendo que la ordenanza responde a un interés público y que la tasa está justificada por el uso intensivo del espacio público que realizan estos operadores postales debido al comercio online. El consistorio argumentó también que el procedimiento para aprobar la ordenanza siguió todos los trámites de consulta pública, memoria justificativa e informe económico.
La sentencia incluye el voto particular de una magistrada que no comparte la opinión de sus compañeros. Se trata de la magistrada Isabel Hernández, que discrepa del posicionamiento de la sentencia y no ve un problema en que la tasa se aplique o no en función de la facturación anual de la empresa. Por el contrario, cree que está justificado excluir a las que facturan menos de un millón anual porque "no hacen un aprovechamiento intensivo, o al menos no igual", que el resto de las plazas de aparcamiento. Tampoco cree que esta tasa discrimine a estas empresas de reparto ni favorezca al resto, ni tampoco que suponga una discriminación en favor del comercio tradicional.