El Supremo tumba los proyectos lingüísticos de dos escuelas mientras espera la decisión del TC sobre el 25%
El ministerio de Educación insiste que las sentencias se tienen que cumplir
BarcelonaLos tribunales continúan engordando la lista de escuelas catalanas que tendrán que modificar sus proyectos lingüísticos a raíz de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que obligaba a aplicar el 25% de castellano en las aulas. Esta sentencia continúa siendo firme, a pesar de que el TSJC tuvo que consultar al Tribunal Constitucional cómo aplicarla después del decreto y la ley aprobados por el Govern y el Parlament para salvar la inmersión lingüística. Por eso, mientras llega este pronunciamiento, el Tribunal Supremo ha tumbado los planes lingüísticos de dos escuelas públicas de Barcelona y Abrera.
El alto tribunal rechaza el recurso de la Generalitat contra las dos sentencias del TSJC por falta de argumentos. Los magistrados no entran en las dos cuestiones de fondo que había planteado el departamento de Educación: por un lado, los abogados de la Generalitat cuestionaban la "legitimidad" de la Asamblea por una Escuela Bilingüe para llevar a los tribunales los dos proyectos lingüísticos, y por otro aseguraban que dejar los documentos en papel mojado era una decisión "gravemente dañina para los intereses generales".
El Supremo reprocha a la Generalitat que use argumentos tan superficiales y asegura que no puede "proyectar de manera generalizada" los efectos de anular los proyectos de dos centros sobre "todo el sistema lingüístico".
Después de conocer el pronunciamiento del Supremo, fuentes del ministerio de Educación han insistido en la necesidad de respetar y hacer cumplir todas las sentencias judiciales. Por su parte, la presidenta de la Asamblea por una Escuela Bilingüe, Ana Losada, ha recordado en declaraciones a la agencia Efe que los pronunciamientos del Supremo "demuestran que independientemente de que estemos bloqueados por el 25%, los centros tienen que programar asignaturas en castellano".
Proporción razonable
Las dos sentencias del TSJC anulando los proyectos lingüísticos de estas escuelas –que datan de marzo del 2021– reconocían el derecho de las familias demandantes a que los alumnos tuvieran acceso a "una enseñanza que incluya el castellano como lengua vehicular en una proporción razonable". Según aquel primer pronunciamiento, esta proporción tenía que ser de un mínimo de un 25%. En cambio, los magistrados rechazaron la posibilidad de equiparar las dos lenguas.