El catalán en las aulas

El TSJC admite que ahora ya no puede aplicar la sentencia del 25% y lo quiere llevar al Constitucional

El decreto ley y la ley para blindar el catalán comportan “serias dudas sobre su validez”, avisa el tribunal

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Seis niños jugando en el patio de la escuela Hace falta Maiol de Barcelona, en una imagen de archivo.

BarcelonaEl nuevo curso escolar empezará con la sentencia del 25% de castellano en las aulas congelada. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) quiere ir al Tribunal Constitucional (TC) porque admite que ahora ve una “imposibilidad” aplicar la sentencia con el nuevo marco legal, después de que las últimas cinco semanas el Govern haya aprobado un decreto ley y el Parlament una ley para blindar el catalán en las escuelas y en los institutos. Las dos normas comportan “serias dudas sobre su validez por vicios de inconstitucionalidad”, avisa el TSJC, que dice que también implican “una situación que impide de forma sobrevenida la ejecución de la sentencia” del 25% de castellano. Por eso, los jueces del alto tribunal catalán piden a las partes y a la Fiscalía que se posicionen en un plazo de 10 días sobre la propuesta de plantear una cuestión de inconstitucionalidad al TC.

La sección quinta de la sala contenciosa administrativa del TSJC, que es la que ha asumido las sentencias del castellano en las aulas, dictó el viernes la providencia que se ha conocido este lunes. Los jueces consideran que el nuevo marco legal que han validado el Govern y el Parlament para garantizar el catalán “define un modelo lingüístico en el ámbito escolar que resulta incompatible” con el 25% de castellano. Aun así, encuentran “dudas de inconstitucionalidad” con el decreto ley y la ley del catalán: unas normas de las cuales “depende”, según los magistrados, “la continuidad” o “la imposibilidad” de aplicar la sentencia del 25%, hecho que motiva recurrir al TC. Los jueces recuerdan que la sentencia del 25% se basa en un modelo de conjunción lingüística, mientras que la nueva normativa aprobada por el Govern y el Parlament definen un modelo basado en una "correlación entre ambas lenguas oficial": los dos modelos, dicen los magistrados, son "incompatibles", y por eso antes de decidir si la sentencia del 25% se tiene que ejecutar se tiene que saber si el nuevo marco legal se ajusta o no a la Constitución.

La valoración del tribunal catalán se ha recibido como una “primera victoria”, ha asegurado el conseller de Educación, Josep Gonzàlez-Cambray, que ha “celebrado” que los jueces “admitan y constaten la imposibilidad de aplicar porcentajes a las lenguas”. A pesar de que el TSJC propone que sea el TC quien tome una decisión, Cambray no se ha mostrado preocupado por el recorrido judicial y ha recordado que el nuevo marco legal está avalado por el Consejo de Garantías Estatutarias, que no lo ve inconstitucional. El conseller ha agradecido la tarea del Govern con el decreto ley, la de los grupos parlamentarios -ERC, Junts, el PSC y los comuns- con la ley, la de las entidades y la pedagógica. Cambray ha defendido el “máximo consenso político, social y pedagógico para reafirmar el modelo de escuela catalana”. Según el conseller, la situación actual “es el primer paso para que en ninguna aula se aplique el 25%”.

El 31 de mayo la Generalitat, amparándose en el decreto ley que acababa de aprobar para blindar el catalán, pidió que se declarara “la imposibilidad legal” de ejecutar la sentencia del castellano en las aulas y que se ordenara a los centros educativos afectados que acordaran los proyectos lingüísticos. Una petición a la cual se opuso la Asamblea por una Escuela Bilingüe, que con Hablamos Español y un padre que quiere más castellano forman parte de esta causa judicial. El TSJC ha excluido del caso a Òmnium Cultural, el sindicato de maestros USTEC, Plataforma per la Llengua, la Federació Nacional d'Estudiants de Catalunya (FNEC), una AMPA y Convivencia Cívica Catalana. La Abogacía del Estado reconoció que el nuevo marco legal había “alterado” el vigente y ahora el TSJC ha anunciado que detiene “la inejecución y la ejecución forzosa” de la sentencia del 25% de castellano en las aulas.

Ni proporciones ni porcentajes

El TSJC describe el decreto ley del Govern como una norma que “regula el uso de las lenguas oficiales en la enseñanza, remitiendo la concreción a los proyectos lingüísticos aprobados por los centros” en los que no se aplican “parámetros numéricos, proporciones o porcentajes”. En cuanto a la ley del Parlament, dice que “determina que el catalán es la lengua normalmente utilizada como lengua vehicular y de aprendizaje del sistema educativo, y también la de uso normal en la acogida de los alumnos”, exponen los jueces, que añaden que “el uso del castellano quedará determinado por los centros educativos en sus respectivos proyectos lingüísticos”. Los magistrados constatan “la incompatibilidad” de la sentencia del 25% con “el nuevo marco jurídico” y como el porcentaje de castellano se basa en la jurisprudencia constitucional, “la primera cuestión que se plantea es el ajuste” en la Constitución del decreto ley y la ley para proteger el catalán.

El alto tribunal argumenta que si una norma aplicable al caso puede ser contraria a la Constitución se tiene que llevar al TC, y por eso pide a las partes y a la Fiscalía que se pronuncien antes de 10 días. El TSJC detecta una “eventual inconstitucionalidad” en el decreto ley y la ley por dos motivos: por un lado, por la sentencia del año 2010 del TC sobre el Estatuto, que definió que el castellano era lengua vehicular en la escuela con el catalán, y, en cambio, en la ley aprobada por el Parlament dice que el catalán es la lengua vehicular y que el castellano es "curricular". Por otro lado, porque los jueces cuestionan que los usos lingüísticos se hayan regulado con un decreto ley, una herramienta prevista para casos extraordinarios y urgentes.

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