Comienzan los trámites presenciales para la regularización de inmigrantes
Las solicitudes se pueden hacer telemáticamente desde el jueves pasado
Nuevo paso para solicitar la regularización extraordinaria de inmigrantes. A partir de este lunes día 20 se abren las ventanillas para hacer los trámites de manera presencial. Será, pero, con cita previa obligatoria en las oficinas de la Seguridad Social y en Correos. Desde el jueves día 16, las solicitudes también se pueden hacer ya telemáticamente. Más de medio millón de personas que viven en Cataluña y España de manera irregular podrán acogerse a la nueva medida hasta el 30 de junio. Las citas presenciales se atenderán en más de 370 oficinas de Correos y más de 60 oficinas de la Seguridad Social de todo el Estado. Además, también hay cuatro comunidades que dispondrán de la opción de realizar los trámites en las oficinas de extranjería: será así en Madrid, Alicante, Valencia, Almería y Murcia. Para cada una de estas ventanillas se ha establecido un horario específico. Así, en Cataluña, las oficinas de Correos atenderán de 8.30 h de la mañana hasta las 17.30 h de la tarde y las ventanillas de la Seguridad Social estarán disponibles para estas solicitudes entre las 16 h y las 19 h.Posible colapso
La federación de Entidades Catalanas de Acción Social (ECAS), la Coordinadora Obrim Fronteres y el movimiento Regularización Ya alertan del riesgo de colapso de estas oficinas a partir del lunes. Pocos días antes de que se pusiera en marcha esta regularización extraordinaria ya advirtieron al gobierno español que hacían falta criterios claros y suficiente personal.
Para atender las más de 150.000 peticiones previstas (60.000 en Cataluña), las entidades reclaman dimensionar el dispositivo con una lógica de "anticipación, suficiencia y cobertura territorial" para garantizar el acceso al procedimiento. Por ello, apuestan por activar todos los registros oficiales y facilitar así la tramitación presencial, dar información multilingüe, y pedir a consulados y embajadas agilizar la obtención de pasaportes y antecedentes penales.
¿Quién puede pedir la regularización?
La regularización es un trámite que se dirige esencialmente a quien, o bien ha solicitado asilo desde antes del 1 de enero de 2026, o está en situación administrativa irregular y llegó a España antes de esa misma fecha. Además, quien la pida debe haber residido en el Estado al menos cinco meses antes de hacer la solicitud, no puede tener antecedentes penales y no puede ser una "amenaza para la seguridad pública".
¿Cuándo y dónde se deben hacer los trámites?
Si se cumplen estos requisitos, el interesado puede solicitar la regularización a cualquier hora del día mediante el portal telemático desde el jueves pasado. A partir de este lunes 20 de abril, también se puede pedir cita para tramitarlo de manera presencial en una de las oficinas de la Seguridad Social, Correos u oficinas de extranjería hasta el 30 de junio.
¿Qué documentos hacen falta?
Para solicitar la regularización hay que rellenar y presentar el modelo disponible en la web habilitada –un trámite que se puede hacer de manera autónoma o con asesoramiento especializado–, y también es necesaria una copia del pasaporte, cédula de inscripción o título de viaje. Además, el interesado también deberá acreditar que vive en España desde antes del 1 de enero de 2026 y presentar el certificado de antecedentes penales.
¿Cómo se acredita la estancia en España?
Para acreditar que se vive en el Estado desde antes de la fecha señalada, tanto los solicitantes de asilo como las personas en situación irregular podrán presentar documentos públicos o privados que contengan datos que los identifiquen y que estén fechados. Además, las personas en situación irregular también deberán acreditar una de las siguientes situaciones: haber trabajado con contrato legal en España, tener hijos menores a cargo o convivir con personas dependientes, o acreditar que están en situación de vulnerabilidad.
Certificar la situación de vulnerabilidad
Si el interesado está en situación irregular y de vulnerabilidad, deberá descargarse un certificado en la web del ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. El documento deberá estar acreditado por entidades inscritas en el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería (RECEX), como Cruz Roja y Cáritas, o por los servicios sociales.
El certificado de antecedentes penales
Para tramitar la regularización también hay que presentar el certificado de antecedentes penales, o un documento equivalente, expedido por las autoridades del país de origen o de los países donde haya residido la persona los cinco años anteriores a haber llegado a España. En caso de que se demuestre que no se han podido obtener los antecedentes penales en el plazo de un mes, y acreditándolo mediante una declaración responsable, la persona también podrá pedir un plazo ampliado, de como máximo tres meses, para conseguir el documento por vía diplomática.