Abusos sexuales

El TSJC corrige al tribunal que no se creyó los abusos sexuales a una niña de 12 años

La Audiencia de Girona tendrá que volver a juzgar el caso

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Albert Llimós
3 min
El monitor fue condenado por concertación de un encuentro de carácter sexual a una pena de 12 meses de multa.

BarcelonaSe tiene que volver a juzgar. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya anuló una sentencia de la sección tercera de la Audiència Provincial de Girona en la que tres magistrados descartaron el abuso sexual con penetración de un chico de 21 años (M.G.) a una niña de 12 años y condenaron al acusado con la mínima pena posible –doce meses de multa– por un delito de concertación de un encuentro de carácter sexual con una menor. Ahora el TSJC insta a la Audiencia a dictar una nueva sentencia valorando con "detenimiento" algunas de las pruebas relevantes que se pasaron por alto y el testigo de la menor, que los jueces no se creyeron porque no superaba, según ellos, el "test de credibilidad".

En su resolución, el TSJC considera "ilógico" el resultado de la valoración efectuada por parte de los magistrados, puesto que se apartaron "injustificadamente de los conocimientos científicos". También considera que el relato de la chica que cuestionaron los jueces –verbalizado ante el tribunal tres años después de los hechos, que sucedieron en una cala de Sant Antoni de Calonge– no tenía grandes contradicciones, sino discordancias "no esenciales" que no afectan "el núcleo de la versión de la menor". Además, se constata que "hubo omisión" a la hora de tener en consideración "pruebas relevantes", como los mensajes de Instagram y WhatsApp que el acusado y la niña se enviaron, que corroboraban la declaración de la menor y que, en cambio, sí que fueron tenidos en cuenta por los jueces a la hora de condenar M.G. solo por la concertación de la cita.

"Abuso sexual muy probable"

En la sentencia del año pasado, se descartaban los informes periciales tanto de la UFAM de Sant Joan de Déu como de los psicólogos del Equipo de Asesoramiento Técnico Penal (EATP) porque se habían emitido con una sola entrevista con la menor. Por este motivo el tribunal los tildaba de erróneos: “Sin dudar el tribunal de la competencia de los respectivos profesionales, entendemos que sus conclusiones sobre la credibilidad del relato de la menor son erróneas, simplemente por falta de datos suficientes con las cuales establecer una comparación”. Ahora el TSJC corrige a la Audiencia de Girona y asevera que esta "premisa no es correcta", puesto que se hicieron diferentes entrevistas y visitas, tal como ya se había acreditado desde el principio, que permitieron concluir que había habido un "abuso sexual muy probable".

La Fiscalía, que pedía 11 años de prisión para el acusado inicialmente, comunicó al ARA que no recurriría la sentencia de la Audiencia Provincial. Finalmente, sin embargo, después de que el caso trascendiera a la opinión pública, el ministerio fiscal se adhirió al recurso de la familia de la niña y, además, solicitó la revocación de la sentencia por otra de condenatoria por delito de abuso sexual a una menor de 16 años, un hecho que rechaza el TSJC, puesto que no puede condenar una persona encausada absuelta en primera instancia, y tiene que devolver el caso a la Audiencia para que dicte nueva sentencia.

Uno de los elementos centrales del procedimiento judicial fue que el acusado ofreció un pacto antes del juicio. Hasta dos veces. “Minutos antes del juicio se declaraba culpable y aceptaba una pena de 5 años de prisión. La primera propuesta había sido de 8 años. Yo no quería el acuerdo, pero era reparador. Y la Fiscalía lo tumbó, nos dijo que no lo aceptáramos”, explicó el padre, A.T., al ARA. Y minutos después de renunciar al acuerdo arrancaba el juicio en que el chico, monitor de un casal, acabó sin condena.

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