Vivienda

Cataluña rebaja el umbral para ser gran tenedor: bastará con tener cinco pisos en propiedad

El Gobierno espera el aval "inminente" del Estado para regular los alquileres en los 140 municipios "tensos"

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La ley de regulación de los alquileres entrará en vigor mañana.

BarcelonaEl Govern anunciaba a finales de junio su intención de limitar los precios de alquiler en 140 municipios considerados "zonas tensadas" por los grandes esfuerzos económicos que debe hacer la población para acceder a una vivienda. Ahora, y una vez resueltas la cuarentena de alegaciones recibidas por parte de los ayuntamientos, las asociaciones del sector inmobiliario y las entidades sociales, la consellera de Territorio, Ester Capella, ha anunciado que se mantienen los planes –no se añade ningún municipio ni desaparece ninguno del listado–, pero se introducen dos cambios en los criterios que deberían garantizar la contención de los precios de arrendamiento en estas zonas. A partir de ahora, en el mercado del alquiler catalán, se considerará gran tenedor a aquel propietario que tenga cinco o más pisos, y no 10, como hasta ahora. Por el contrario, los promotores de pisos destinados al alquiler social serán excluidos de esta categoría.

La Generalitat ya consideraba implementar un cambio en la definición de gran tenedor en las zonas con más problemas con el alquiler. Es una posibilidad prevista en la ley estatal de vivienda siempre que las comunidades autónomas lo soliciten explícitamente y justifiquen que influye en la tensión de la zona. La normativa estatal también fija que todos los pisos deben ubicarse en la misma zona declarada como tensada para que un propietario con al menos cinco viviendas pueda considerarse gran tenedor. Sin embargo, fuentes gubernamentales explican al ARA que en la memoria catalana se considera gran tenedor cualquier propietario de al menos cinco pisos independientemente de si estos inmuebles están en una o varias zonas tensadas. "En Catalunya ponemos el acelerador para garantizar el derecho a la vivienda porque estamos en una situación de emergencia", aseguró Capella. En este punto, el Estado tendrá la última palabra, dependiendo de si considera la petición motivada y justificada.

La titular de las competencias en vivienda ha explicado que la Generalitat ha aprobado la memoria para los topes al alquiler con este cambio de definición. El documento será publicado en el DOGC y enviado al gobierno de Pedro Sánchez, ahora en funciones, para que lo avale. El objetivo: acelerar la aplicación, de una vez por todas, de la limitación de precios prevista en la nueva ley estatal de la vivienda, en vigor desde finales del mes de mayo. Con esta medida, ha defendido Capella, habrá más viviendas en el mercado de alquiler asequible de los municipios en los que se concentra el 80% de la población de Catalunya.

La consellera se ha mostrado confiada en que el Estado dará el visto bueno de forma "inminente" para permitir la regulación de los alquileres en estos territorios, hasta el punto de que el ministerio de Transportes podría darle luz verde antes de que acabe el mes de agosto. Sin embargo, también ha anticipado que es muy posible que las entidades representativas del sector de la promoción, la intermediación y la administración de las viviendas lleve la normativa a los tribunales. "Espero que los tribunales ponderen los derechos que están en juego y prime el derecho a la vivienda", ha dicho.

Defensa de la ley catalana

El ejecutivo español está trabajando en un índice propio aplicable a todas las comunidades autónomas, pero Capella ha querido subrayar que la mejor forma de regular los pisos en Catalunya sería la aplicación del índice catalán, incluido en la normativa catalana de la vivienda que fue descabezada por el Tribunal Constitucional (TC) porque suponía "una invasión de la comunidad autónoma en las competencias del Estado". "Catalunya tenía una ley propia [de regulación del precio de alquiler] más completa y sin lagunas para que algunos avispados eludiran la norma por la vía de los contratos temporales que la que debemos aplicar ahora [la española]. Nosotros ya habíamos elaborado un índice que respondía a los criterios para determinar el precio máximo y mínimo en determinadas zonas", aseveró.

La consellera ha detallado que las alegaciones que se han tramitado en la memoria para los topes a los precios de alquiler se articulaban sobre tres ejes comunes: la compensación económica a los propietarios, que ha sido desestimada, así como la consideración de los promotores sociales como grandes tenedores y el cambio de definición de los grandes tenedores. Los topes en el arrendamiento incluyen los criterios que justifican la delimitación de 140 municipios como zonas tensadas son, por ejemplo, que el alquiler no puede representar más del 30% de los ingresos que tienen las familias o que el incremento de precios del alquiler en los últimos cinco años sea superior a 3 puntos porcentuales a la evolución del IPC.

Reacción del sindicato

También el Sindicato de Inquilinos de Catalunya ha pedido este miércoles al Estado la publicación inmediata del listado de áreas tensas para que pueda aplicarse la regulación de los alquileres. "Ahora la pelota está en el tejado del ministerio y cada día que pase sin aplicar la regulación los alquileres seguirán subiendo. En ciudades como Barcelona ya apenas quedan pisos por debajo de los 800 euros y en Catalunya los precios medios son más altos que nunca", afirman los activistas. En este sentido, ha celebrado que la definición de gran tenedor incluya a los propietarios que tienen cinco o más inmuebles, porque, con esta medida, "serán aún más los casos en los que haya bajadas obligatorias del precio del alquiler".

Listado de los 140 municipios que el Govern considera zonas tensadas en el mercado de la vivienda

En: Abrera, Alella, Amposta, Arenys de Mar, Arenys de Munt, Argentona

B: Badalona, Bahía del Vallés, Balaguer, Banyoles, Barberá del Vallés, Barcelona, Berga, La Bisbal d'Empordà, Blanes

C: Cabrera de Mar, Cabrils, Caldes de Montbui, Caldes de Estrac, Calella, Calldetenes, Cambrils, Canet de Mar, La Canonja, Canovelles, Cardedeu, Castellar del Vallès, Castellbisbal, Castelldefels, Cerdanyola del Vallès, Cervelló, Cervera, Corbera de Llobregat, Cornellá de Llobregat, Cubelles

E: Esparreguera, Esplugues de Llobregat

F: Falset, Figueres, Franqueses del Vallès

G: La Garriga, Gavà, Gerona, Granollers, Guissona

H: L'Hospitalet de Llobregat

I: Igualada

LL: La Llagosta, Lérida, Llinars del Vallès, Lloret de Mar

M: Malgrat de Mar, Manlleu, Manresa, Masnou, Matadepera, Mataró, Molinos de Rey, Mollerussa, Mollet del Vallès, Montcada i Reixac, Montgat, Montmeló, Montornés del Vallès, Móra la Nova

O: Olesa de Montserrat, Olot

P: Palafolls, Palafrugell, Palamós, Palau-solità y Plegamans, el Papiol, Parets del Vallès, Pineda de Mar, Polinyà, Porqueres, El Prat de Llobregat, Premià de Dalt, Premià de Mar, Puigcerdà

R: Reus, Ripoll, Ripollet, Roca del Vallés, Roquetes, Rubí

S: Sabadell, Salou, Salt, San Adrián de Besòs, San Andrés de Llavaneres, San Boi de Llobregat, San Celoni, San Clemente de Llobregat, San Cugat del Vallés, San Esteban Sesrovires, San Feliu de Guíxols, San Feliu de Llobregat, San Fost de Campsentelles, San Frutoso de Bages, San Juan Despí, San Justo Desvern, San Pedro de Ribes, San Polo de Mar, San Quirze del Vallés, San Sadurní de Anoia, San Vicente de Montalt, San Vicente de los Huertos, Santa Paloma de Cervelló, Santa Paloma de Farners, Santa Paloma de Gramanet, Santa Margarita de Montbui, Santa Perpetua de Mogoda, Santa Susana, Sarrià de Ter, Seo de Urgel, Sitges, Solsona, Sort

T: Tarragona, Tàrrega, Teià, Terrassa, Tiana, Tona, Torelló, Torredembarra, Torrelles de Llobregat, Tortosa, Tremp

V: Vallirana, Valls, Vendrell, Vic, Viladecans, Vilafranca del Penedès, Vilanova del Camí, Vilanova y la Geltrú, Vilassar de Dalt, Vilassar de Mar

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