Aportaciones a planes de pensiones: no hay ahorro fiscal real
A final de año normalmente pensamos cómo podemos ahorrar en el IRPF. Empecemos, sin embargo, con una mala noticia: en Cataluña –en comparación con otras comunidades autónomas– las posibilidades son bastante limitadas. Mientras que en otros territorios se pueden desgravar gastos tan cotidianos como el gimnasio, aquí las deducciones existentes son a menudo difíciles de aplicar para la mayoría de los contribuyentes, como la compra de un vehículo eléctrico, las reformas de viviendas con mejoras de eficiencia energética o la compensación por pérdidas en acciones.
Una de las pocas opciones realmente habituales es la reducción de la base imponible por aportaciones a planes de pensiones privados. Hace unos años, este instrumento era mucho más atractivo, pero actualmente la reducción está limitada a un máximo de 1.500 euros anuales para aportaciones individuales, o hasta 10.000 euros en total si la empresa también contribuye a ello. Es decir, por mucho que una persona aporte, por ejemplo, 20.000 euros a su plan de pensiones de forma individual, en la declaración de la renta sólo podrá reducirse su base en 1.500 euros.
Aunque este mecanismo ofrece un beneficio fiscal inmediato, a largo plazo presenta más inconvenientes que ventajas. Por un lado, el dinero queda bloqueado y sólo se puede rescatar en determinadas circunstancias previstas por la ley. Lo positivo es que es un instrumento financiero que acaba dando un resultado positivo en la mayoría de ocasiones dado su largo plazo temporal. Por otra parte, cuando se recuperan, tributan íntegramente como rendimientos del trabajo, aplicando el IRPF vigente en ese momento.
A menudo, además, el tipo impositivo futuro es superior al que teníamos cuando generamos la renta. Por tanto, no se trata de un ahorro fiscal real –el Estado nunca renuncia a cobrar– sino simplemente de un aplazamiento del pago del impuesto.