Fiscalidad

Catalunya no recibirá ni un euro de la multa a Shakira por fraude fiscal

La ley de cesión de tributos a las comunidades autónomas no incluye las sanciones judiciales

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Shakira en la salida de la Audiencia de Baercelona.

BarcelonaLa causa por fraude fiscal de Shakira ha abierto el melón sobre la cesión de tributos a las comunidades autónomas. La cantante colombiana alcanzó un acuerdo con la Fiscalía para evitar la cárcel tras admitir haber defraudado 14,5 millones de euros en impuestos en España entre los años 2012 y 2014, cuando pasó aquí más de la mitad de cada año y, por tanto, estaba obligada a pagar. El acuerdo de la cantante con la Fiscalía incluye, además del retorno de la cantidad impositiva no pagada –con intereses–, una multa de 7,3 millones de euros más 432.000 euros por evitar la cárcel, 400 por cada día que debería pasar entre rejas.

Teniendo en cuenta que, según la ley de cesión de tributos del Estado, el IRPF está cedido al 50% y el Impuesto de Patrimonio al 100%, la Generalitat es la gran damnificada en este caso de fraude fiscal. Especialmente porque la propia ley no prevé las sanciones en la cesión, lo que deja ciertas dudas sobre cómo se hace la recaudación final. Así pues, después de la resolución del juez y el acuerdo alcanzado por las partes, ¿qué se queda y qué pierde Catalunya?

Cerca de 9 millones recuperados

Según la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, Shakira Isabel Mebarak Ripoll ha sido condenada por seis delitos contra la hacienda pública, por fraude en el IRPF y el impuesto de patrimonio en los años 2012, 2013 y 2014. Concretamente, la cantante dejó de pagar un total de 14,6 millones de euros en este período de tres años, de los que 7,18 millones pertenecen al Estado en concepto de IRPF y 7,48 millones serían para la Generalitat, teniendo en cuenta la parte de IRPF –unos 5,32 millones de euros– más el total del patrimonio defraudado –que asciende a 2,16 millones.

Una vez hechos los cálculos de acuerdo con los importes que presenta la misma sentencia, y teniendo en cuenta los intereses de la deuda –que cambian cada año dependiendo de lo que marca la Agencia Tributaria–, el total que Shakira ha tenido que pagar en concepto de devolución en 2023 ha sido de unos 17,5 millones, es decir, otros 3 millones del defraudado en concepto de intereses. De estos tres millones de intereses, cerca de 1,5 millones serían en concepto del IRPF para el Estado y el resto, por el patrimonio y la otra parte de la renta, para la Generalitat.

Así pues, Catalunya habrá ingresado, diez años más tarde, unos 9 millones: los 7,48 millones que Shakira había dejado de pagar a la comunidad autónoma y un millón y medio más en concepto de intereses.

La sanción, para el Estado

Pero, por otra parte, existe la sanción. La multa que la cantante y la Fiscalía acordaron, al declararse ella culpable de los delitos que se le imputaban, asciende a 7,3 millones de euros. Según la sentencia, esta cifra es el resultado del 50% de cada una de las seis cuotas principales defraudadas: 2.907.781,76 euros (IRPF 2012), 1.536.224,08 euros (IRPF 2013), 1.805.773,99 euros (IRPF 2014), 505.515,30 euros (IP 2012), 263.263,40 euros (IP 2013) y 311.431,53 euros (IP 2014).

Aquí entra la duda: ¿quién se queda ese importe, el Estado o la Estado comunidad autónoma? Según el ministerio de Hacienda, "depende de cada caso específico y lo decide el juez". La sentencia no lo apunta. Según el asesor fiscal, socio de RSM Tax & Legal y profesor del máster de fiscalidad en la BSM-UPF, Albert Sagués, "la ley de cesión de tributos no especifica nada de las sanciones y, por tanto, se entiende que se lo queda todo el Estado".

Con todo, la fiscalista Blanca Usón, socia del bufete Roca Junyent, especifica que el detalle de las sanciones es "muy complicado y depende de cada caso". "Lo que cambia, cuando se trata de un expediente penal, es la forma de solucionarlo: si se trata de una multa impuesta por el juez, el importe sale de la sanción derivada del impuesto dejado de ingresar y sí tiene una recaudación solo estatal".

Así pues, es clave la naturaleza de la sanción: si es en aplicación del Código Penal o del régimen sancionador tributario. En el caso de la cantante, en el que se ha transaccionado en el juzgado –se ha llegado a un acuerdo–, es una sanción por vía penal, por lo que lo gestiona directamente el Estado. Efectivamente, Catalunya no recibirá ni un euro de los 7,4 millones de sanción a Shakira, pese a ser también damnificada. Si la multa saliera del régimen sancionador tributario, sí estaría sujeta a las reglas de la cesión de tributos entre comunidades y una parte habría sido para Catalunya.

Sagués detalla que el hecho de que la multa vaya completamente a las arcas estatales "puede tener sentido si se tiene en cuenta que quien hace la persecución por fraude es el Estado, pero, por otra parte, la comunidad autónoma es también parte damnificada; existe un debate", considera el fiscalista.

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