Feminismos

11 claves de la ley del 'sí es sí' que el Congreso aprueba hoy

La norma recoge las reivindicaciones feministas para situar el consentimiento en el centro de las relaciones sexuales

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Manifestación de apoyo a la víctima de la Mandada en Madrid.

BarcelonaDespués de un año de debate y trámites parlamentarios, la ley del sí es sí se aprueba definitivamente este jueves en el Congreso. La norma, que recibe el nombre de ley de garantía integral de libertad sexual, supone un cambio de paradigma en el tratamiento de la violencia sexual, puesto que consagra el consentimiento de la víctima a la hora de mantener relaciones sexuales, sin que se tenga que valorar si se ha resistido poco o mucho o si se ha producido violencia.

El cambio se gestó a raíz de la benévola sentencia contra la Manada de Pamplona, a quien el tribunal condenó por agresión sexual pero no por violación en grupo durante los Sanfermines, y que provocó un fuerte movimiento de respuesta en toda España al grito de "Hermana, yo sí te creo" y "Solo sí es sí". Fue entonces cuando el ministerio de Igualdad y Feminismos de Irene Montero presentó el primer borrador de la polémica ley, criticada por la derecha y extrema derecha, pero también por sus socios de gobierno, el PSOE, que presentó una enmienda para abolir la prostitución. La última traba para esta norma se vivió en julio, cuando el PP y Junts per Catalunya consiguieron parar la tramitación en el Senado al obligar a modificar una palabra del preámbulo —forzosas por forzosos— y enviar el texto, de nuevo, al Congreso para la votación final.

Poco antes de la votación, la ministra Montero se ha mostrado "muy orgullosa" porque España será pionera en poner en el Código Penal que "el consentimiento es lo que tiene que estar en el centro de las relaciones sexuales", hecho que permitirá que ninguna mujer tenga que demostrar ante un tribunal si sufrió violencia o intimidación. "El grito feminista del solo sí es sí y hermana, yo sí te creo se convierte en ley", ha enfatizado.

Estos son los principales puntos de la ley.

1.

Consentimiento libre

En el Código Penal desaparece el abuso sexual y cualquier acto sexual sin consentimiento pasa a ser calificado de agresión. Es el gran cambio de la ley, que pone en el centro del debate el consentimiento —el solo sí es sí—. Esto supondrá que en un juicio no se entrará a valorar si la víctima de una agresión se resistió poco o mucho o no fue lo suficientemente explícita a la hora de negarse a mantener o continuar la relación. La ley en este punto es clara al señalar que hay consentimiento “cuando se haya manifestado libremente mediante actos que expresen de manera clara la voluntad de la persona”.

2.

Sumisión química

En un momento en que aumentan las denuncias por las misteriosas punzadas a mujeres en discotecas, uno de las agravantes que se introducen en la norma es la sumisión química. Esto quiere decir que se penalizará cuando el agresor haya usado drogas, medicamentos o cualquier otra sustancia para anular la voluntad de la víctima.

3.

El parentesco como agravante

La otra novedad es que se considera una agravante el hecho de que el agresor sea pareja o expareja. Es una reivindicación también de los movimientos feministas, que ven como a menudo las agresiones en estas relaciones quedan impunes o, incluso, las mismas mujeres no tienen suficiente conciencia que, independientemente del parentesco, son objeto de un delito.

4.

Acoso en la calle

Por primera vez el acoso en la calle se tipifica como delito leve y se prevé que el agresor sea condenado a estar localizado o a hacer trabajos para la comunidad.

5.

Violencia digital

La ley entra en el siglo XXI con el reconocimiento de la violencia que se hace a través de las redes y los dispositivos tecnológicos que están por todas partes. Se quiere castigar así el envío de imágenes y vídeos de contenido sexual sin el consentimiento de la víctima o la extorsión sexual.

6.

Centros de crisis

Para facilitar la vida a las víctimas, la ley impulsa la creación en cada provincia de centros de crisis, abiertos las 24 horas del día y los 365 días del año, donde se dará asistencia jurídica, psicológica y social a las mujeres de más de 16 años o a sus familiares que busquen información o consejos. En este caso, no se requerirá que se haya interpuesto denuncia, puesto que las estadísticas estiman que la mayoría de la violencia queda impune por diferentes motivos, como por ejemplo que las mujeres no se sienten suficientemente acompañadas cuando van a denunciar o no disponen de alternativa económica o de vivienda y se tienen que quedar conviviendo con el agresor.

7.

Cursos para los agresores

Cuando se trata de agresores menores de edad, la ley establece que tengan que pasar obligatoriamente por cursos de formación para que tomen conciencia de su actuación y se responsabilicen del mal causado.

8.

Reparación de los daños

Con la nueva ley, la conciliación entre el agresor y la víctima estará condicionada al hecho de que esta la solicite expresamente y, en caso contrario, el tribunal no podrá iniciar un proceso de conciliación o mediación.

9.

Contra la publicidad de la prostitución

La prostitución es una de las materias que enfrentan los dos socios del gobierno español y ha sido una de las piedras en el camino de la tramitación de esta ley. Socialistas y Podemos han encontrado un punto medio: por un lado, la norma renuncia a prohibir la prostitución, pero sí que castiga cualquier publicidad que promueva la compra de sexo o que utilice estereotipos de género que reproducen las violencias sexuales.

10.

Ayudas económicas

En caso de que una víctima gane menos del salario mínimo, recibirá una compensación de seis meses equivalente al subsidio de desocupación.

11.

La violencia vicaria

Más allá de la violencia sexual, el texto reconoce a las madres de menores asesinados por violencia vicaria, que pasan a ser reconocidas como víctimas de violencia de género.

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