LABORAL

La ‘ley rider’ se encalla y renuncia a revelar los algoritmos de las apps

Las negociaciones entre Trabajo, patronales y sindicatos se paran después de aguar la propuesta inicial

Paula Solanas Alfaro / Núria Rius Montaner
4 min
Un repartidor en moto circulant pels carrers de Barcelona.

Barcelona / MadridHace casi un mes el ministerio de Trabajo aceptaba como contrapropuesta de los sindicatos un documento de cuatro páginas -con algunos cambios muy remarcados en rojo- para cerrar uno de los objetivos de legislatura de Yolanda Díaz. En este intervalo de tiempo, sin embargo, el texto de la llamada ley rider para acabar con los falsos autónomos ha quedado reducida a ocupar poco más de una página. “Las cosas han ido evolucionando. Bien, digamos que no muy bien...”, confesaba sobre la marcha de las negociaciones una de las partes implicadas.

Antes de que las conversaciones se encallaran del todo la semana pasada, la regulación del trabajo de plataforma era uno de los decretos que el ministerio de Trabajo esperaba aprobar antes de entrar en el 2021. El margen temporal lo complica una vez más. La siguiente reunión de la mesa de diálogo social está programada para el 17 de diciembre y el último consejo de ministros del año será el 22. “Cuando las cosas se dilatan tanto, no tiene buen pinta”, apuntaban fuentes de la CEOE. Pero, ¿qué puntos están alargando tanto el entendimiento entre el gobierno español, las patronales y los sindicatos?

¿Qué es un trabajador?

Los agentes sociales chocan por la definición de relación laboral

Con la redacción de una ley, el objetivo de Trabajo era dotar de un marco legal un debate que hasta ahora se había convertido en un marcador de sentencias a favor y en contra en los tribunales. A finales de septiembre, la balanza se decantó más claramente después de que el Tribunal Supremo concluyó que los riders de Glovo son falsos autónomos, puesto que mantienen una relación laboral con la aplicación catalana. A la espera que se pronuncie sobre otra sentencia que afecta a Deliveroo, esta interpretración puede crear doctrina muy pronto.

¿Cómo metería baza el decreto de la ministra Yolanda Díaz? En la última versión del borrador todavía se mantiene una modificación del Estatuto de los Trabajadores para blindar como empleados por cuenta ajena aquellos que trabajen para empresas que ejercen “organización, dirección o control” sobre sus condiciones laborales. “Esto implica distorsionar el artículo 1 y tendría implicaciones en otras empresas y en la subcontratación”, critica una voz de las organizaciones empresariales que participan en la discusión.

En cambio, la profesora de derecho del trabajo de Esade Anna Ginés no comparte esta interpretación. En su opinión, la definición actual del artículo 1 ya es correcta y “bastante resiliente” para englobar diferentes tipos de relaciones laborales. “No cuestiono el efecto que puede tener la norma, pero jurídicamente no es necesaria”, dice. Para Ginés, no cabe duda de que los repartidores de Glovo, Deliveroo o Stuart son asalariados y, en todo caso, considera que la regulación del Estado se tendría que centrar al reforzar la presunción de laboralidad.

Derecho a conocer el algoritmo

El texto introducía que se informe los empleados de la toma de decisiones

La regulación del trabajo de plataforma ha sido un campo adobado para las tensiones entre las dos partes, pero el enfrentamiento subió de tono después de que Trabajo incorporara un registro para las aplicaciones. “La representación legal de las personas trabajadoras tendrá derecho a toda la información relativa a los parámetros y reglas de toma de decisión en los cuales se basan los algoritmos utilizados por la empresa que puedan incidir directamente o indirectamente en las condiciones de trabajo y de acceso y mantenimiento del trabajo”, decía el borrador.

Es decir, las plataformas tendrían que dar explicaciones sobre el comportamiento de sus algoritmos, a menudo los responsables de que, por ejemplo, un empleado autónomo pueda acceder a trabajar más o menos horas a la semana. La información, planteaba el texto, se tendría que entregar trimestralmente con un redactado “claro y exhaustivo”. No obstante, el registro encendió todas las alarmas a las patronales, que recibieron la propuesta como un ataque contra el secreto comercial y la libre competencia.

“Ha sido un triple salto mortal de los sindicatos”, asegura una fuente del sector tecnológico. Las mismas voces aseguran que incluso tuvieron que intervenir otros ministerios del ejecutivo como Economía e Industria, que no veían con buenos ojos la medida de Díaz. El debate se ha cerrado con la eliminación de este punto en el nuevo borrador. “El gobierno ya no ve bien el tema del registro, dicen que estudiándolo bien es muy complicado porque se enfrentan a problemas legales”, añade una fuente sindical.

Ginés avisa, sin embargo, que tarde o temprano los algoritmos tendrán que entrar de alguna manera en la regulación laboral. “El trabajador tiene que tener información sobre la lógica que hay detrás de las decisiones automatizadas que tienen consecuencias en su trabajo”, apunta la académica. Además, recuerda que este debate afectará al mundo laboral más allá de la galaxia de las plataformas digitales.

Una norma sectorial

La nueva propuesta menciona los repartidores pero no otros gremios

Desde las primeras conversaciones, la regulación se bautizó informalmente como la ley rider, pero este apellido no ha gustado nunca ni siquiera al mismo colectivo. Entidades como RidersXDerechos reclamaban ampliar la normativa a otros muchos gremios, como el de la limpieza o las reparaciones, que operan como autónomos de manera similar a la mensajería. Como respuesta a la demanda, el redactado amplió la definición a cualquier trabajador de plataforma, pero la última versión del texto vuelve a poner el foco tan solo en los riders. “España tiene la oportunidad de convertirse en un ejemplo de regulación y lo tenemos que aprovechar”, alertaban.

Disparidad legislativa en Europa

Lo era digital nos ha acostumbrado a la irrupción de empresas que llegan al mercado antes de que haya ninguna ley que valide su modelo. Esta situación ha provocado una disparidad de debates legislativos en todo Europa, a la espera que la Comisión Europea los convierta en directiva. Italia todavía está inmersa en las negociaciones para aprobar una ley de protección que ofrezca garantías a los trabajadores en caso, por ejemplo, de sufrir un accidente. En Francia, la pandemia ha acelerado la discusión sobre como proteger a unos trabajadores que a estas alturas son “invisibles”, pero el gobierno todavía no ha sido capaz de encontrar una manera de regular su estatus. En cambio, en California la fuerza de los lobbies de Uber y Lyft han conseguido que sus conductores queden exentos de una ley que les obligaba a protegerlos.

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