Una sentencia pionera reconoce las secuelas de la vacuna de AstraZeneca como accidente laboral
Un juez ama la demanda de un profesor de Barcelona que sufrió trombas tras recibir las dosis contra la cóvida

BarcelonaEntre las diversas reclamaciones de afectados por secuelas de la vacunación contra la cóvido, una ha desembocado en una sentencia pionera que se ha hecho pública este viernes. Un juzgado de Barcelona ha sido el primero en reconocer como accidente laboral los trombos que sufrió un profesor de instituto después de vacunarse con AstraZeneca. Unos efectos secundarios que, hace sólo un año, la misma farmacéutica admitía en el marco de un proceso judicial del Tribunal Supremo inglés.
La sentencia del juzgado de lo social 31 de Barcelona, que ha consultado al ARA, supone un precedente para futuras resoluciones judiciales que se puedan emitir ante demandas similares. En este caso, el juez estima la demanda que presentó el docente, Pedro García, que tenía 47 años cuando se vacunó porque formaba parte de uno de los colectivos profesionales que se priorizaron a la hora de administrar las primeras dosis disponibles contra el coronavirus de la compañía AstraZeneca. El profesor, asesorado por el abogado Francesc Feliu, alegó que se vacunó a consecuencia de una instrucción empresarial, después de que los responsables del centro, de acuerdo con la dirección del departamento de Educación, le indicaran en un correo electrónico que pidiera día y hora para vacunarse.
Pese a que tanto la administración como la mutua Asepeyo argumentaron que no se fijó ninguna obligación de vacunarse y que el docente lo hizo voluntariamente, la sentencia tiene en cuenta que el trabajador no recibió ninguna información sobre las ventajas e inconvenientes de recibir la vacuna. La clave para que se considere un accidente laboral es que la vacuna se le administró por el grupo profesional al que pertenece, y no como un "ciudadano individualmente considerado".
Un mes ingresado y catorce de baja
Pese a que su baja se consideró consecuencia común, durante los catorce meses de incapacidad temporal García cobró su salario habitual completo gracias a su condición de funcionario. La sentencia de este viernes, por tanto, no comportará que reciba una indemnización económica. Ahora bien, según explica Feliu en declaraciones al ARA, el hecho de que su enfermedad se haya reconocido como accidente laboral lo blinda ante la posibilidad de que su salud empeore y necesite una incapacidad, e incluso de cara a que su familia sea indemnizada en caso de que él muriera a consecuencia de estas secuelas.
Los trombas que García sufrió a raíz de la vacunación le conllevaron una baja laboral que se prolongó desde el 18 de marzo del 2021 hasta el 14 de julio del 2022. El docente tuvo que estar casi un mes ingresado por una embolia pulmonar, que desde bien vacía.