La condena del PP y su candidato al TC debilitan Casado

El bufete del catedrático Enrique Arnaldo facturó casi un millón de euros por asesoramiento a gobiernos populares

Pablo Casado este martes en Barcelona
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MadridEl Partido Popular tenía una caja B. La sentencia sobre la contabilidad B del PP, los papeles de Bárcenas, y la obra de reforma de la sede central de la madrileña calle de Génova, notificada ayer, vuelven a acreditar lo que la Audiencia Nacional, primero, y el Tribunal Supremo más tarde ya habían dictaminado en el caso Gürtel. La sentencia ha sido firmada en un momento especialmente difícil para el PP a raíz del estallido del caso Arnaldo o las contrataciones realizadas por administraciones del PP a Enrique Arnaldo, el candidato de Pablo Casado a incorporarse al Tribunal Constitucional. 

Pero en esta nueva sentencia de la Audiencia Nacional, el protagonista ya no es Francisco Correa: los principales actores son el gerente y, más tarde, tesorero nacional del PP, Luis Bárcenas, y el PP, cuyo comité ejecutivo, según la sentencia, no ejerció control adecuado sobre el tesorero. Y el PP vuelve a ser condenado al estilo Capone, como responsable civil subsidiario, por 123.669 euros. ¿Será pura coincidencia que el presidente de ese comité ejecutivo, que según los jueces no controló a Bárcenas, fuese Mariano Rajoy, que a su vez ocupaba la planta séptima de Génova 13, cuya rehabilitación individualizada (505.000 euros) también se pagó como el resto con dinero negro? 

La Audiencia considera que los papeles de Bárcenas, aunque no puedan asimilarse a una contabilidad sistemática, sí recogen acontecimientos reales que resultaron corroborados en la instrucción sumarial por otras pruebas practicadas. Si Rajoy llegó a decir que los papeles “eran absolutamente falsos, salvo alguna cosa” en su comparecencia de febrero de 2013 junto a la canciller alemana Angela Merkel, el tribunal sostiene que no todo lo que aparece anotado responde a la realidad. Pero sí lo es en el caso del traspaso de las donaciones en negro a las cuentas de donativos oficiales, entregas de dinero a determinadas personas vinculadas con el PP o los pagos por la reforma de la sede.

Según la sentencia, Bárcenas gestionó entre 1990-2008 donaciones privadas “a través de una contabilidad paralela -contabilidad B- de cuyo ingreso y gasto no se dejó constancia en la contabilidad oficial ni por tanto fueron fiscalizadas por el Tribunal de Cuentas”. La sentencia hace buena aquella afirmación del abogado Mitchell McDeere en la novela La tapadera, interpretada en el cine por Tom Cruise. “Negar. Negar. Negar. Su teoría de la defensa penal consistía simplemente en: ¡Negar! No admitir nunca ningún hecho ni ninguna prueba o indicio de culpabilidad”. Porque solo da como probados los llamados sobresueldos  de los papeles de Bárcenas de las cinco personas que admitieron en el juicio oral haberlos percibido. 

Bárcenas señalaba en su escrito de defensa del 2 de julio de 2015 que los pagos en negro y los sobresueldos eran un "sistema institucionalizado al margen de la legalidad" conocido por presidentes y secretarios generales del PP. De aquí que, precisamente, la sentencia de la primera etapa de la Gürtel hable de un "auténtico sistema de corrupción institucional". Todo el resto, los que negaron haber recibido sobresueldos, quedan fuera. Una sentencia que los hubiera incluido, sin embargo, tampoco tendría consecuencias porque las cantidades estaban por debajo del delito fiscal y porque, además, el único año sin prescribir sería el 2008. Y, de hecho, en la línea de la Fiscalía y la Abogacía del Estado, la sentencia tampoco considera que se cometiera delito fiscal en el ejercicio de ese año.

La doctrina Botín

Una de las razones que ofrece es la doctrina Botín, a saber, si la Fiscalía y la Abogacía no acusan por delito fiscal, las acusaciones populares no pueden hacerlo. Pero va más allá y dice que incluso enjuiciando los hechos no existe el delito fiscal porque las donaciones en negro fueron incorporadas a la contabilidad oficial del PP y señala que se usaron para pagar distintas actividades, entre ellas la reforma de la sede de Génova 13. Por tanto, estaban exentas. Todo un espaldarazo, pues, a la economía sumergida.

En este contexto, según ha informado la cadena SER, un informe de la Agencia Tributaria, aportado en el caso Palma Arena en 2010 a petición del juez instructor José Castro, cifra en 979.540 euros los contratos de gobiernos del PP en solitario o en coalición, entre 2003 y 2008, con la firma Estudios Jurídicos y Procesales, bufete propiedad de Arnaldo, candidato por el PP a incorporarse al Tribunal Constitucional. Arnaldo ya había aparecido en una grabación del caso Lezo, en conversación con el expresidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, en la que explicaba su trabajo de influencias para lograr un sustituto adecuado a la fiscal general del Estado saliente, Consuelo Madrigal. 

Fuentes jurídicas señalan que en el PP hubo objeciones a la propuesta de Casado de proponer a Arnaldo precisamente por considerarlo “un hombre con techo de cristal”. 

Con todo, un replanteamiento del nombre de Arnaldo no es solamente un problema para el PP. El acuerdo alcanzado entre el PP y PSOE no se limita al TC, sino que incluye al Defensor del Pueblo, el Tribunal de Cuentas y dentro de poco tiempo el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Ambos partidos se han comprometido a no cuestionar respectivamente a sus candidatos. Por tanto, a Arnaldo le espera un verdadero calvario cuando comparezca en el Congreso de los Diputados. 

 

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