Ley de amnistía

¿El Constitucional puede obligar al Supremo a amnistiar a Puigdemont?

Los expertos consultados por el ARA consideran que el TC no puede hacer aplicar directamente la ley, pero sí forzar al alto tribunal a modificar su interpretación

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Oriol Junqueras y Carles Puigdemont en una imagen de archivo

BarcelonaEl pronunciamiento del Tribunal Supremo en contra de la amnistía a los líderes del 1-O, entre ellos el expresidente Carles Puigdemont, abre paso a un nuevo actor: el Tribunal Constitucional. No sólo porque la sala presidida por Manuel Marchena –más allá de considerar que no se puede amnistiar la malversación– presenta una cuestión de inconstitucionalidad, sino porque ahora se convierte en la esperanza blanca de los encausados, que acudirán a través de uno recurso de amparo. Ahora bien, ¿puede el Tribunal Constitucional obligar al Supremo a amnistiar a Puigdemont y al exvicepresidente Oriol Junqueras? Los expertos consultados por el ARA admiten que la respuesta no es sencilla.

El catedrático de derecho constitucional Xavier Arbós considera que teóricamente no puede porque el Constitucional se limita a actuar cuando se vulneran derechos fundamentales, pero añade que en la práctica sí, ya que puede obligarle a cambiar de criterio. Es decir, el Constitucional no puede amnistiar directamente a los líderes del 1-O, pero sí puede dictaminar a favor de los afectados para que el Supremo dé marcha atrás en la decisión de este lunes y deba tomar una nueva resolución con las nuevas coordenadas que le dé el TC. Por tanto, más allá del Supremo, es clave el que acaben dictaminando los miembros del Constitucional sobre los casos concretos de Carles Puigdemont y Oriol Junqueras. ¿Con qué calendario? Esto es otra cuestión, porque el TC domina sus tiempos –dice Arbós–, pero resalta que los casos de amparo tienen preferencia sobre los recursos de inconstitucionalidad, que han presentado ya varias autonomías gobernadas por el PP.

En el caso del expresidente son claves tanto el contenido como el tempo de la resolución del TC, en el contexto del retorno o no con el riesgo de ser detenido para una eventual investidura en el Parlament, sea suya o de Salvador Isla (PSC).

Tutela judicial efectiva

Esta distribución de funciones entre el TC y el Supremo no siempre es clara ni pacífica y, de hecho, la profesora de derecho constitucional Montserrat Nebrera recuerda que ya han protagonizado encontronazos en casos que no son tan mediáticos. Una fuente del tribunal opina, en este sentido, que el Constitucional no podría obligar al Supremo a aplicar la amnistía, sino simplemente considerar que ha habido una "motivación irrazonable de su argumentación y que debe volver a analizarlo", informa Ot Serra. ¿Qué diría el Supremo de nuevo? Debería seguir, en cualquier caso, coinciden los expertos, la doctrina del TC.

Así, Nebrera dice que a pesar de que al Constitucional, sobre el papel, no le está permitido entrar en la valoración de las pruebas de un juicio, indirectamente lo acaba haciendo si dictamina sobre el respeto de los derechos en el procedimiento y dicta al Supremo revertir la sentencia. Por tanto, resuelve, como Arbós, que el Constitucional puede limitar y mucho el margen de interpretación del Tribunal Supremo sobre la ley y forzarle a revisar la decisión de no aplicar la amnistía a la malversación del 1-O.

¿Qué derechos podrían alegar los encausados? Arbós opina que tanto Puigdemont como también el resto de miembros del Gobierno de 2017 podrían apelar al artículo 24 de la Constitución sobre el derecho a la tutela judicial efectiva, argumentando que el Supremo no es que esté interpretando la ley, sino que está inaplicando una norma. Una justificación que Nebrera admite que roza la acusación de prevaricación. El catedrático de derecho procesal Jordi Nieva también apunta que los recursos de amparo podrían ir en la misma línea y se muestra convencido de que el Constitucional sí tiene la capacidad de cambiar la interpretación del Supremo. Cita la efectiva tutela judicial, pero también los derechos a la presunción de inocencia y el derecho a la legalidad penal. De hecho, si el Constitucional no les diera la razón, los miembros del gobierno del 1-O todavía podrían ir a Estrasburgo.

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