¿Se puede renunciar a ser miembro de una mesa electoral el 14-F?

Guía sobre las condiciones que afectan a los ciudadanos designados presidentes, vocales o suplentes

M.t.
5 min
El president de taula fa l'obertura d'una mesa electoral a la localitat biscaïna de Durango, amb totes les mesures de seguretat davant la pandèmia del coronavirus

BarcelonaDespués de que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) decidiera mantener de manera cautelar la fecha de las elecciones catalanas el 14 de febrero, los ayuntamientos de todo el país tuvieron que correr para convocar plenos extraordinarios, juntas de gobierno y servicios técnicos de los consistorios. El objetivo: cumplir con el plazo marcado por la Junta Electoral Central (JEC) para designar los 82.053 miembros -titulares y suplentes- de las 9.117 mesas electorales previstas para los comicios. La fecha tope para hacer los sorteos acababa este miércoles, a pesar de que en la demarcación de Barcelona el órgano electoral provincial dio a los municipios un día más de margen. Los ciudadanos escogidos, con todo, ya han empezado a recibir las notificaciones conforme tienen que formar parte de las mesas del 14-F. El mismo Govern prevé más dificultades de las habituales para constituir las mesas esta vez. La pandemia genera "miedo", admiten desde el ejecutivo. Pero, ¿qué margen tienen los ciudadanos para renunciar a formar parte de una mesa? Estas son las condiciones y excepciones al respeto fijadas en la ley electoral española (Loreg) y los protocolos del Govern para votar en tiempo de pandemia.

¿Quién puede formar parte de una mesa electoral?

A excepción de aquellos que se presenten como candidatos a las elecciones, todos los ciudadanos incluidos en la lista de electores de una mesa menores de setenta años y que sepan leer y escribir pueden ser designados presidentes, vocales o suplentes. En el primer caso, además, hará falta que dispongan de un título de bachillerato, de formación profesional o, como mínimo, el graduado escolar.

¿Se puede renunciar a ser miembro de una mesa?

Los cargos de presidente y vocal de las mesas son obligatorios, si bien las personas de más de 65 años pueden renunciar en un plazo de siete días desde que reciben la notificación. En caso de que la notificación se les entregue en manos un funcionario del ayuntamiento, también pueden renunciar en aquel mismo momento. El resto de personas designadas tienen el mismo plazo para hacer alegaciones a la Junta Electoral de Zona si tienen una "causa justificada y documentada" que los impida aceptar el cargo, que serán resueltas en un plazo de cinco días. Si el plazo de alegaciones ha acabado, los escogidos que se encontraran con la "imposibilidad" de acudir a su mesa tienen que comunicarlo a la Junta de Zona con un mínimo de 72 horas de margen y aportando las "justificaciones pertinentes". "Si el impedimento aparece después de este plazo, el aviso a la Junta se tendría que hacer de manera inmediata y, en todo caso, antes de la hora de constitución de la mesa", añade la Loreg.

¿Qué pasa si la renuncia es masiva?

La Generalitat asume en uno de sus últimos informes sobre las elecciones que el contexto de pandemia "puede acabar comportando comportamientos de insumisión respecto al deber de participar en el proceso electoral". Incluso se apunta a la posibilidad de que los miembros o suplentes de las mesas no se presenten a los colegios por el miedo de contagiarse. Según la Loreg, la Junta de Zona podría llegar entonces a designar a alguno de los electores que se encontraran en el local de votación en aquel momento. En caso de que la situación no se hubiera resuelto una hora después de la prevista para la constitución de las mesas, sin embargo, la votación se aplazaría en aquel punto y se tendría que celebrar en un plazo de dos días, motivo por el cual se designarían nuevos miembros para la mesa.

¿Las personas que desobedezcan pueden ser sancionadas?

"Las personas que no comparezcan a la mesa electoral designada se exponen a ser sancionadas si la incomparecencia se hace sin justificación. Incluso se puede dar notificación a la Fiscalía", alertaba esta semana en una entrevista al ARA el abogado Marc Marsal, miembro de la Comisión Jurídica Asesora del Govern. Y es que, según establece la ley electoral, el presidente y los vocales de las mesas, así como sus respectivos suplentes, que no se presenten a los colegios o abandonen sus funciones a lo largo de la jornada electoral "sin causa legitima" pueden incurrir en una "pena de prisión de tres meses a un año o una multa de seis a veinticuatro meses".

¿Qué pasa con las personas contagiadas o con síntomas?

A los miembros de la mesa electoral se les tomará la temperatura, que siempre tiene que ser inferior a 37,5 grados. En caso contrario, y según recoge en un hilo en Twitter el director general de procesos electorales, Ismael Peña-López, se enviará a la persona en cuestión al centro de atención primaria y, de allá, a su casa. En caso de que hiciera falta, añade, se le hará un test de antígenos antes de constituir la mesa para averiguar si está infectado. Peña-López admite que se puede dar el caso de que el resultado de la prueba sea un falso negativo. Pero añade: "Quiere decir que no tiene suficiente carga viral para contagiar a nadie". Si los miembros de la mesa tienen síntomas el día de las elecciones tendrán que consultar al centro de atención urgente correspondiente (CUAP) o al 061, que hará la valoración correspondiente antes de que se dirija al colegio electoral.

¿Qué medidas de protección habrá a las meses?

Según el protocolo establecido por el Govern, a los miembros de la mesa se les facilitarán cuatro mascarillas para irlas renovando a lo largo del día, una pantalla facial, una mascarilla extra FFP2, guantes desechables para el momento del recuento y gel hidroalcohólico suficiente para un uso frecuente a lo largo del día. Además, en la última franja horaria de votación -prevista para personas contagiadas, contactos estrechos y personas sospechosas de estar infectadas-, los miembros de la mesa utilizarán equipos de protección individual (EPI) integrales de alta seguridad. Estos equipos constarán de ropa protectora, guantes, mascarilla FPP2 y gafas protectoras y los miembros de las mesas se los tendrán que ir poniendo por turnos entre las 18.40 y las 19 h. Cada mesa estará a dos metros de la siguiente y los miembros tendrán que mantener una distancia mínima de 1,5 metros entre ellos durante todo el día. El protocolo prevé que se haga limpieza y desinfección constante de las mesas de votación y otros puntos de contacto.

¿Qué protocolo se tendrá que seguir de cara a los votantes?

Los presidentes y vocales de las meses no tendrán que tocar en ningún momento ni la documentación ni los sobres de votación de los electores. Los votantes exhibirán su documento oficial de identificación de forma que los miembros de la mesa puedan ver los datos necesarios y, si es necesario, indicarán a la persona que emite el voto que muestre el sobre para comprobar que hay uno solo. Los votantes no se quitarán la mascarilla en ningún momento a no ser que la mesa lo requiera de forma momentánea para facilitar la identificación, según el protocolo de la Generalitat. Solo podrá haber una persona votando en cada mesa, a menos que el votante necesite asistencia.

¿Qué afectación tiene la designación en el ámbito laboral?

Los trabajadores por cuenta ajena o funcionarios nombrados miembros de las meses tienen derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de las elecciones si cayera en día laborable (no es el caso del 14-F, que caerá en domingo) y, en todo caso, pueden pedir una reducción de la jornada laboral de trabajo de cinco horas en el día inmediatamente posterior a la votación. Además, por el hecho de ser miembro de la mesa recibirán una indemnización de 65 euros, con un incremento de entre 10 y 25 euros en el caso de los presidentes.

stats