El Supremo descarta llevar a la justicia europea la regularización de inmigrantes
El tribunal rechaza suspender el decreto del gobierno español, tal como habían pedido la Generalitat Valenciana y Aragón
BarcelonaEl Tribunal Supremo no llevará la regularización de inmigrantes a la justicia europea. Según ha explicado el alto tribunal, no planteará una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el decreto aprobado por el gobierno español para regularizar la situación de 1,2 millones de inmigrantes. En la misma línea, la sala tercera del Supremo descarta también aplicar la medida cautelar que le habían solicitado los gobiernos de la Generalitat Valenciana y Aragón y que implicaba suspender la regularización hasta que no se pronunciara la justicia europea. En resumen, el Supremo seguirá estudiando los recursos sin recurrir a la justicia europea.
Después de que el gobierno español aprobara la regularización, el Tribunal Supremo expresó dudas sobre el encaje legal del decreto en el derecho europeo. De hecho, planteó a las partes formular ante el TJUE "una cuestión prejudicial interpretativa en relación con una serie de extremos del real decreto que en su caso podrían entrar en conflicto con el derecho de la Unión Europea". La abogacía del Estado se opuso a recurrir a la justicia europea, pero, en cambio, el País Valenciano y Aragón sí que avalaron esta opción. De hecho, son estas dos comunidades las que impugnaron la regularización.
Cuando el Supremo planteó sus dudas legales sobre la regularización, ponía el foco en si el decreto entraba en contradicción con las normas que implementan el Pacto de Migración y Asilo de la Unión Europea (UE) que entró en vigor el 12 de junio. Además, el tribunal también se planteaba si podía topar con la directiva de retorno de la UE y ponía en duda que a las personas inmigrantes en situación irregular se les reconociera el derecho de residencia temporal sin someterlos a una orden de retorno teniendo en cuenta las excepciones que marca la norma comunitaria.
El Supremo también cuestionaba que el reglamento de la UE permitiera que un estado adopte y aplique un proceso de regularización mediante una norma de rango "infralegal". Finalmente, alertaba de un eventual choque con el código de fronteras Schengen. El tribunal recordaba que el migrante que obtiene la autorización de residencia temporal de un año adquiere el derecho a "circular libremente por el espacio Schengen" durante 90 días en periodos de 180 y dudaba que lo pudiera hacer sin que conste ninguna coordinación previa con el resto de estados de la UE.